Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE FEBRERO DEL AÑO 2021 (14/02/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 42

TEXTO PAGINA: 42

42 NORMAS LEGALES Domingo 14 de febrero de 2021 / El Peruano deben ser compendiados y sistematizados en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA), aprobados para cada entidad, en el cual no se pueden crear procedimientos ni establecer nuevos requisitos, salvo lo relativo a la determinación de los derechos de tramitación que sean aplicables de acuerdo a la normatividad vigente”. Por su parte, el numeral 43.1) del artículo 43º de la norma precitada, indica que “Todas las entidades elaboran y aprueban o gestionan la aprobación, según el caso, de su Texto Único de Procedimientos Administrativos, el cual comprende: 1. Todos los procedimientos de iniciativa de parte requeridos por los administrados para satisfacer sus intereses o derechos mediante el pronunciamiento de cualquier órgano de la entidad, siempre que esa exigencia cuente con respaldo legal, el cual deberá consignarse expresamente en el TUPA con indicación de la fecha de publicación en el Diario O fi cial. 2. La descripción clara y taxativa de todos los requisitos exigidos para la realización completa de cada procedimiento, los cuales deben ser establecidos conforme a lo previsto en el numeral anterior. 3. La cali fi cación de cada procedimiento según corresponda entre procedimientos de evaluación previa o de aprobación automática. 4. En el caso de procedimientos de evaluación previa si el silencio administrativo aplicable es negativo o positivo. 5. Los supuestos en que procede el pago de derechos de tramitación, con indicación de su monto y forma de pago. El monto de los derechos se expresa publicándose en la entidad en moneda de curso legal. 6. Las vías de recepción adecuadas para acceder a los procedimientos contenidos en los TUPA, de acuerdo a lo dispuesto por los artículos 127 y siguientes. 7. La autoridad competente para resolver en cada instancia del procedimiento y los recursos a interponerse para acceder a ellas. 8. Los formularios que sean empleados durante la tramitación del respectivo procedimiento administrativo, no debiendo emplearse para la exigencia de requisitos adicionales”; concordante con el artículo 44º del mismo cuerpo normativo, señala que: “El Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) es aprobado por Decreto Supremo del sector, por Ordenanza Regional, por Ordenanza Municipal, o por Resolución del Titular de organismo constitucionalmente autónomo, según el nivel de gobierno respectivo”. (Énfasis y subrayado agregado); Que, para la elaboración del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) materia de aprobación se han tomado en consideración las disposiciones establecidas en la Resolución de Secretaría General de Gestión Pública Nº 005-2018-PCM-SGP que aprueba Lineamientos para la Elaboración y Aprobación del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA), que especí fi camente en el artículo 17º señala que: “En el caso de los proyectos de TUPA correspondiente a los Gobiernos Regionales y Locales, previamente a su aprobación por el Consejo Regional o Concejo Municipal, deben contar con la conformidad de la Gerencia Regional o Gerencia Municipal respectiva”, numeral 17.2.2 “Para dicho efecto, la Gerencia de Planeamiento o la que haga sus veces, presenta a la Gerencia General Regional o Gerencia Municipal el expediente del proyecto de TUPA o su modi fi catoria, conteniendo la siguiente documentación: i. Proyecto de norma que aprueba el TUPA, exposición de motivos, el TUPA, tablas ASME-VM y resumen de costos, debidamente visados. ii. Formato de informe resumen para la aprobación o modi fi cación del TUPA (Formato A), suscrito por la O fi cina de Planeamiento o la que haga sus veces, en que señale la necesidad de crear y/o modi fi car el TUPA y destaque los cambios contenidos en el proyecto, los avances en la simpli fi cación administrativa de los procedimientos administrativos (tales como reducción de plazos de atención, requisitos o costos entre otros). iii. Formatos de sustentación legal y técnica (Formato B) de los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad visados por los órganos que intervienen en la elaboración del TUPA. iv. Informe técnico de la O fi cina de Administración o la que haga sus veces, con el sustento de la determinación de los costos que sustentan los derechos de tramitación”. Finalmente, en el numeral 17.2.3 señala que: “Una vez que el expediente cuente con la conformidad de la Gerencia General Regional o Gerencia Municipal, cumple con trasladar el expediente al Consejo Regional o Concejo Municipal para proseguir el trámite de aprobación correspondiente”. (Énfasis y subrayado agregado); Que, en virtud de lo descrito, mediante Informe Nº 017-2020-MPE-GPPI-GBS de fecha 13/11/2020 el Gerente de Planeamiento, Presupuesto e Inversiones, presente a la Gerencia Municipal el proyecto del Texto Único de Procedimientos Administrativos TUPA de la Municipalidad Provincial de Espinar para su revisión y aprobación correspondiente, la misma que contiene entre otros: el proyecto de norma que aprueba el TUPA, exposición de motivos entre otros, formato-A suscrito por la Gerente de Planeamiento, Presupuesto e Inversiones, formato-B de los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad visados por los órganos que intervienen en la elaboración del TUPA y el Informe técnico de la Gerencia de Administración y Finanzas con el sustento de la determinación de los costos que sustentan los derechos de tramitación; en ese entender mediante el Informe legal Nº 779-2020-GM/OAJ-MPE/C de fecha 30/11/2020 el Jefe de la O fi cina de Asesoría Jurídica, concluye que habiendo revisado las normas legales es preciso aprobar el Texto Único de Procedimientos Administrativos TUPA de la Municipalidad Provincial de Espinar; mediante Memorándum Nº 875-2020-GM-MPE de fecha 02/12/2020 el Gerente Municipal otorga el Informe de conformidad para que siga con el trámite de aprobación por el Concejo Municipal; y fi nalmente mediante el Dictamen de Comisión Nº 03- 2020 de fecha 04/12/2020 la Comisión de Planeamiento, Presupuesto e Inversiones, por unanimidad propone al Concejo Municipal para la aprobación de la propuesta del Texto Único de Procedimientos Administrativos TUPA de la Municipalidad Provincial de Espinar; Que, en Sesión Ordinaria de Concejo Municipal Nº 023- 2020 de fecha 10 de diciembre de 2020, habiéndose puesto como tema de agenda la aprobación del Texto Único de Procedimientos Administrativos TUPA de la Municipalidad Provincial de Espinar; previamente el Presidente del Concejo Municipal dispone se de lectura a todos los antecedentes, concluido la lectura y sustentación del Gerente de Planeamiento, Presupuesto e Inversiones, luego puesto a consideración del Pleno del Concejo Municipal, instancia que decide aprobar la referida Ordenanza; Que, estando a lo expuesto y al amparo del inciso 8) del artículo 9º e inciso 5) del artículo 20º, y artículo 40º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, y normas complementarias, el Pleno del Concejo Municipal por UNANIMIDAD aprobó la siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA EL TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS (TUPA) DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE ESPINAR Artículo Primero.- APROBAR el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad Provincial de Espinar, que contiene doscientos dieciocho (218) procedimientos; el mismo que como anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- DISPONER el cumplimiento de la presente, según su competencia a la Gerencia Municipal, Gerencia de Planeamiento, Presupuesto e Inversiones y unidades orgánicas que realizan los procedimientos administrativos de su competencia. Artículo Tercero.- DEROGAR la Ordenanza Municipal Nº 38-2017-CM-MPE-E/C de fecha 14 de marzo de 2017 en el que se aprueba el TUPA 2017-2018 de la Municipalidad Provincial de Espinar, y toda norma que se oponga a la presente Ordenanza. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la O fi cina de Tecnologías de la Información la publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad Provincial de Espinar (www.muniespinar.gob.pe); y a la O fi cina de Relaciones Publicas, su difusión en los paneles de la sede administrativa de la Municipalidad. Artículo Quinto.- DISPONER que presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial el Peruano, conforme establece el artículo 44º del TUO de la Ley Nº 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General. POR TANTO:Mando se registre, comunique y publique.LOLO ARENAS ARMENDARIZ Alcalde Provincial * El TUPA se publica en la página WEB del Diario O fi cial El Peruano, sección Normas Legales. 1927591-1