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79 NORMAS LEGALES Viernes 16 de julio de 2021 El Peruano / lo establecido en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 y otras normas pertinentes. Cuarta.- Encargar el cumplimiento de la presente Ordenanza Municipal a todas las unidades orgánicas competentes de la Municipalidad Distrital de Ventanilla. Quinta. - Invocar a las autoridades del Ministerio Público y Policía Nacional del Perú, para que dentro de sus competencias, presten el apoyo necesario para el cumplimiento de la presente Ordenanza. Sexta.- Facultar al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones complementarias para la aplicación de lo dispuesto en la presente Ordenanza Municipal. Séptima.- Encargar a la Secretaría General, disponga la publicación de la presente norma en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y cúmplase.PEDRO SPADARO PHILIPPS Alcalde 1973413-1 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE UCAYALI Designan Ejecutor Coactivo de la Municipalidad Provincial de Ucayali – Contamana RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 201-2021-MPU-ALC. Contamana, 9 de junio de 2021.VISTO:El Acta, de fecha 07 de Junio de 2021, de la Comisión Encargada del Concurso Publico Nº 002 para la contratación del Ejecutor Coactivo de la Municipalidad Provincial de Ucayali - Contamana, declarando ganador del concurso al Abg. MICHAEL JUNIOR MARILL PEREA; CONSIDERANDO:Que, de conformidad con lo establecido en el Artículo 194º de la Constitución Política del Estado, modi ficado por el Artículo Único de la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972, las Municipalidades Provinciales y los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Estado le otorga a las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, mediante el Acta, de fecha 07 de Junio de 2021, Concurso Público Nº 002 para la Contratación del Ejecutor Coactivo de la Municipalidad Provincial de Ucayali- Contamana, la comisión dictamina ganador del concurso al Abg. Michael Junior Marill Perea, para ocupar el cargo de Ejecutor Coactivo; Que, el Decreto Supremo Nº 018-2008-JUS de fecha 05 de diciembre de 2008, que aprueba el Texto Único Ordenando de la Ley Nº 26979 – Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva, indica en el Artículo 7º numeral 7.1) que: “La designación del Ejecutor como la del Auxiliar se efectuará mediante concurso público de méritos.” Asimismo, el numeral 7.2) estipula que: “Tanto el Ejecutor como el Auxiliar ingresarán como funcionarios de la Entidad a la cual representan y ejercerán su cargo a tiempo completo y dedicación exclusiva”; Que, el artículo 1º de la Ley Nº 27204, Ley que precisa que el cargo de Ejecutor y Auxiliar Coactivo no es cargo de con fianza, establece que el Ejecutor y Auxiliar Coactivo son funcionarios nombrados o contratados, según el régimen laboral de la Entidad a la cual representan, y su designación, en los términos señalados en el artículo 7º de la Ley Nº 26979, no implica que dichos cargos sean de con fianza; Que, a mérito del contenido del Acta, de fecha 07 de Junio de 2021, da cuenta que en virtud al Concurso Público Nº 002 para la Contratación de un (01) personal Ejecutor Coactivo, por lo que la comisión dictamina ganador del concurso al Abg. Michael Junior Marill Perea, como Ejecutor Coactivo de la Municipalidad Provincial de Ucayali - Contamana, correspondiendo emitir la resolución de designación, a partir del 09 de Junio de 2021; Que, el artículo 1º del Decreto Legislativo 1057, modi ficado por Decreto Supremo 065-2011-PCM, establece que “El contrato administrativo de servicios es un régimen especial de contratación laboral para el sector público, que vincula a una entidad pública con una persona natural que presta servicios de manera subordinada. Se rige por normas especiales y con fiere a las partes únicamente los bene ficios y las obligaciones inherentes al régimen especial”; Que, el Numeral 17) del Artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, en concordancia con el Artículo 77º del Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, establece que la designación consiste en el desempeño de un cargo de responsabilidad directiva o de con fianza por decisión de la autoridad competente en la misma o diferente entidad de origen y del consentimiento del servidor; Que, el Artículo 37º de la Ley Nº 27972- Ley Orgánica de Municipalidades señala que los funcionarios y empleados de las municipalidades se sujetan al régimen laboral general aplicable a la administración pública conforme a Ley; Por estas consideraciones y contando con las visaciones de Gerencia Municipal, Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Organización, Gerencia de Administración y Finanzas y la O ficina de Asesoría Legal; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DESIGNAR, a partir del 09 de Junio de 2021 al Abg. MICHAEL JUNIOR MARILL PEREA, en el cargo de EJECUTOR COACTIVO de la Municipalidad Provincial de Ucayali – Contamana, quien ejercerá sus funciones de acuerdo a las facultades que le otorga la Ley especí fica de la materia, bajo la modalidad de Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios - CAS Directivo. Artículo Segundo.- DEJAR SIN EFECTO, cualquier otro Acto Resolutivo que se oponga a la presente Resolución. Artículo Tercero.- Precisar que la resolución de designación deberá ser publicada en el diario o ficial “El Peruano” a efectos de hacerla oponible a las entidades públicas y privadas con las cuales el citado servidor habrá de interactuar en el ejercicio de sus competencias; Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administración Tributaria, Gerencia de Administración y Finanzas y al Área de Recursos Humanos el cumplimiento de la presente resolución en cuanto sea de su competencia. Artículo Quinto.- ENCARGAR a la O ficina de Informática y Estadística de la Municipalidad Provincial de Ucayali, publicar en la página web de la institución la presente resolución. Artículo Sexto.- ENCARGAR a la O ficina de Secretaría General y Archivo de la Municipalidad Provincial de Ucayali, la difusión de la presente resolución, a las diferentes unidades orgánicas e interesados, para su conocimiento y fines de pertinentes. Regístrese, comuníquese y archívese.HECTOR SOTO GARCIA Alcalde 1969147-1