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71 NORMAS LEGALES Viernes 16 de julio de 2021 El Peruano / Comuníquese al señor Gobernador del Gobierno Regional de Ucayali, para su promulgación. En Pucallpa, a los diecinueve días del mes de marzo del año dos mil veinte y uno. ERIK RAMOS TELLO Consejero DelegadoConsejo Regional POR TANTO:Mando se publique y cumpla.Dado en la Sede del Gobierno Regional de Ucayali, a los 26 días del mes de marzo de 2021 FRANCISCO A. PEZO TORRES Gobernador Regional 1973113-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE ATE FE DE ERRATAS ORDENANZA Nº 556-MDA Mediante O fi cio Nº 417-2021-MDA/SG, la Municipalidad Distrital de Ate solicita se publique Fe de Erratas de la Ordenanza Nº 556-MDA, publicada en la edición del día sábado de 10 de julio del 2021. En el Artículo Segundo:DICE:“... según el siguiente cuadro: AñoCondonación % de Arbitrios MunicipalesCondonación de 100% Intereses Moratorios, Reajustes, Costas y Gastos …… … 2006 al 199 95% 100% DEBE DECIR: “... según el siguiente cuadro: Año Condonación % de Arbitrios MunicipalesCondonación de 100% Intereses Moratorios, Reajustes, Costas y Gastos …… … 2006 a 1999 95% 100% 1972811-1 MUNICIPALIDAD DE LINCE Aprueban las Bases del Sorteo “La Municipalidad de Lince Premia Tu Puntualidad en Fiestas Patrias” DECRETO DE ALCALDÍA Nº 09-2021-MDL Lince, 13 de julio de 2021EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LINCE VISTO:El informe 178-2021-MDL/GAT/SRROC y 198- 2021-MDL/GAT/SRROC de fecha 23 de junio de 2021 y 07 de julio de 2021 respectivamente, elaborado por la Subgerencia de Registro, Recaudación y Orientación al Contribuyente, el Memorándum N° 166-2021-MDL/GAT, de fecha 08 de julio de 2021, emitido por la Gerencia de Administración Tributaria, el Acta de Instalación de la Comisión para la Organización de Bene fi cios a Otorgarse en el Programa de Incentivos del Vecino Linceño regulado mediante Ordenanza Municipal N° 307-MDL de fecha 11 de noviembre de 2019 y el Informe N° 0288-2021-MDL/GAJ de fecha 12 de julio de 2021, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica. CONSIDERANDO:Que, el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por la Ley de Reforma Constitucional N° 28607 establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de gobierno local, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, radicando esta facultad de ejercer actos de gobierno, administrativo y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; Que, mediante Ley N° 29332, se crea el Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal (PI), el cual es una herramienta de incentivos presupuestarios diseñada en el marco del Presupuesto por Resultados (PpR) a cargo del Ministerio de Economía y Finanzas, con la fi nalidad de promover la mejora de la calidad de los servicios públicos provistos por las municipalidades a nivel nacional; Que, mediante Decreto Supremo N° 397-2020- EF publicado en el Diario O fi cial El Peruano el 21 de diciembre de 2020, se aprueban los procedimientos para el cumplimiento de las metas y la asignación de recursos del Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal del año 2021; Que, mediante Resolución Directoral N° 0001-2021- EF/50.01 del MEF publicada en el Diario O fi cial El Peruano el 21 de diciembre de 2020, se aprueban los cuadros de actividades para el cumplimiento de las metas del Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal establecidas al 31 de diciembre de 2021; Que, el artículo 20° de la Ley de Tributación Municipal, aprobado mediante Decreto Legislativo N° 776 y modi fi cado por Decreto Legislativo N° 952 establece que el Rendimiento del Impuesto Predial, constituye renta de la Municipal Distrital respectiva en cuya jurisdicción se encuentran ubicados los predios materia del impuesto, estando a su cargo la administración del mismo. El 5% (cinco por ciento) del rendimiento del impuesto se destina exclusivamente a fi nanciar el desarrollo y mantenimiento del catastro digital, así como a las acciones que realice la administración tributaria, destinadas a reforzar su gestión y mejorar la recaudación; Que, asimismo mediante Ordenanza N° 429-2019-MDL se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Distrital de Lince, que en su artículo 64° establece como una de las funciones de la Gerencia de Administración Tributaria, lo siguiente: a) Formular y proponer políticas, normas, planes y programas que permitan generar rentas para la Municipalidad; así como en su artículo 67° establece entre otras funciones de la Subgerencia de Registro, Recaudación y Orientación al Contribuyente lo siguiente: i) Diseñar, dirigir, controlar y ejecutar estrategias de cobranza de las obligaciones tributarias (…). Que, la Municipalidad Distrital de Lince, cuenta con la Ordenanza N° 307-MDL “Ordenanza que aprueba el Programa de Incentivos del Vecino Linceño Preferente” de fecha 25 de febrero de 2012 en la que establece que el programa de incentivos del vecino Linceño preferente, se encontrara constituido por los siguientes bene fi cios: 1) Tarjeta Vecino Linceño Preferente, 2) Sorteo de Bienes Muebles, 3) Servicio de Seguro Puntual Linceño y 4) Otros que puedan implementarse en el tiempo que coadyuven al proceso de pago oportuno de las obligaciones tributarias en Lince. Que, con Informe N° 178-2021-MDL/GAT/SRROC de fecha 23 de junio de 2021, la Subgerencia de