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77 NORMAS LEGALES Viernes 16 de julio de 2021 El Peruano / norma que aprobó el Reglamento de la Junta de Delegados Vecinales Comunales en el Distrito de La Perla, señala que el Comité Electoral señala sobre el Comité Electoral, es el encargado del proceso electoral, sus fallos son inapelables y es un órgano conformado por un total de cinco (05) miembros, entre ellos tres (03) titulares que ejercerán las funciones de Presidente, Secretario y Vocal, y dos (02) accesitarios. Los miembros son designados por el Alcalde mediante Decreto de Alcaldía, a propuesta de la Sub Gerencia de Participación Vecinal, donde se usará un Sistema mixto (integrado por vecinos del Distrito y Funcionarios Municipales). El Comité Electoral podrá solicitar asesoría técnica a la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) y la participación del Jurado Nacional de Elecciones (JNE); Que, mediante Informe Nº 068-2021-SGPV-GDS/ MDLP emitido por la Sub Gerencia de Participación Vecinal con fecha 17 de junio de 2021, presenta ante la Gerencia de Desarrollo Social, el Proyecto de Alcaldía de que convoca a Proceso Electoral para la Elección del Consejo Directivo de la Junta de Delegados Vecinales Comunales designa el Comité Electoral para el Periodo 2021-2022, solicitando se tenga en consideración la importancia del documento de gestión en el desarrollo de las Juntas Vecinales Comunales; Que, mediante el Memorándum Nº 266-2021-GDS/ MDLP emitido por la Gerencia de Desarrollo Social con fecha 21 de junio del 2021 remite a la Gerencia de Asesoría Legal el Informe Nº 068-2021-SGPV-GDS/ MDLP de la Sub Gerencia de Participación Vecinal, para que remita su opinión legal; Que, mediante el Informe Nº 512-2021-GAJ/MDLP emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica con fecha 23 de junio de 2021, cumplió con la revisión y corrección del Proyecto de Decreto de Alcaldía, emitiendo su opinión legal; Que, mediante el Informe Nº 058-2021-GDS/MDLP emitido por la Gerencia de Desarrollo Social con fecha 01 de julio de 2021, presenta a la Gerencia Municipal, la propuesta de Decreto de Alcaldía de presentado por la Sub Gerencia de Participación Vecinal con las observaciones de la Gerencia de Asesoría Legal, para que mediante el Decreto de Alcaldía, oficialice la convoca a Proceso Electoral para la Elección del Consejo Directivo de la Junta de Delegados Vecinales Comunales designa el Comité Electoral para el Periodo 2021-2022, conforme a lo dispuesto por la Ordenanza Municipal Nº 008-2020-MDLP, norma que aprueba el Reglamento de la Junta de Delegados Vecinales Comunales en el Distrito de La Perla; Que, mediante Memorándum Nº 538-2021-GM-MDLP emitido por la Gerencia Municipal con fecha 02 de julio de 2021 remite los actuados administrativos a la secretaría General para continuar con el trámite y emitir el acto resolutivo correspondiente; Que, estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el numeral 6) del artículo 20º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, con el visto bueno de la O fi cina de Participación Vecinal, la O fi cina de Asesoría Jurídica y la Gerencia Municipal; DECRETA: Artículo Primero.- CONVOCAR al Proceso Electoral para la Elección del Consejo Directivo de la Junta de Delegados Vecinales Comunales, para el periodo 2021- 2022, en el Distrito de La Perla, en acto de votación a realizarse el día 28 de agosto del 2021, de las 08:00 hasta las 16:00 horas. Artículo Segundo.- ESTABLECER para efectos de Zonificación Electoral, se considere las ocho (08) Zonas Censales aprobadas mediante la Resolución de Alcaldía Nº068-2021-ALC/MDLP de fecha 10 de marzo del 2021, debiéndose elegir en cada una de las zonas en forma simultanea mediante proceso electoral a los Delegados Vecinales Comunales que conformaran el Consejo Directivo para el periodo 2021-2022 Artículo Tercero.- DESIGNAR al Comité Electoral encargado de conducir el proceso electoral para la elección del Consejo Directivo de la Junta de Delegados Vecinales Comunales para el periodo 2021-2022, el cual estará conformado por: Amelia del Rosario Aguirre Escobar Presidenta Sub Gerente de Participación Vecinal Gabriela Erika Valladares Camargo Secretaria Sub Gerente de Registro Civil José Luis Ordinola Boggiano Vocal Sub Gerente de Promoción Social y CIAM Magdalena Bagazo Allende Accesitaria Presidenta Junta Vecinal “Parque Raymondi” Herminia Rosales Paredes Accesitaria Presidenta Junta Vecinal “Residentes Unidos de La Perla” Artículo Cuarto.- APROBAR el Cronograma del Proceso Electoral convocado, el cual será publicado y difundido en lugares visibles de la Municipalidad de La Perla y en el Portal Municipal, medio por el cual también se publicarán los actos que resulten del proceso electoral, los cuales forman parte del presente decreto. Artículo Quinto.- DISPONER se cumpla con noti fi car el presente Decreto de Alcaldía a los integrantes del Comité Electoral. Artículo Sexto.- ENCARGUESE a la Gerencia de Desarrollo Social y a la Sub Gerencia de Participación Vecinal el cumplimiento del proceso de elección de los representantes de las Junta Vecinales Comunales que se convoca. Artículo Séptimo.- ENCARGAR a SECRETARIA GENERAL la publicación del texto del presente Decreto de Alcaldía en el Diario O fi cial “El Peruano” y a la SUBGERENCIA DE TECNOLOGÍA DE LA INFORMACIÓN para su publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de La Perla (www.munilaperla.gob.pe), el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas (www.servicioalciudadano.gob.pe) y el Portal del Estado Peruano (www.peru.pob.pe). Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.ANIBAL NOVILO JARA AGUIRRE Alcalde 1972389-1 MUNICIPALIDAD DE MI PERU Disponen el embanderamiento general del distrito DECRETO DE ALCALDÍA Nº 003-2021-MDMP Mi Perú, 6 de julio del 2021 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MI PERÚ CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por la Ley Nº 30305, señala que las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local que tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, establece que la autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el artículo 42º de la ley antes glosada, señala que los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas,