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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE JULIO DEL AÑO 2021 (16/07/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 66

66 NORMAS LEGALES Viernes 16 de julio de 2021 El Peruano / aprobación, modi fi cación y derogación de las normas que regulan o reglamentan los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional. Por otro lado, el artículo 38º de la primera norma invocada, precisa que las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia; Por lo que, en uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modi fi catorias, Ley General del Ambiente Nº 28611; Ley Orgánica para el Aprovechamiento Sostenible de los Recursos Naturales Nº 26821; Ley Forestal y de Fauna Silvestre Nº 29763; Ley Marco sobre el Cambio Climático Nº 30754; y demás normas conexas; el Consejo Regional de Ayacucho, con el voto unánime de sus miembros, luego de la deliberación y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, aprueba la siguiente: ORDENANZA REGIONAL DE CONSERVACIÓN Y PROTECCIÓN DEL SUELO ORGÁNICO Y COBERTURA ECOLÓGICA VEGETAL DE LA ZONA CON APTITUD DE PRODUCCIÓN FORESTAL ASOCIADA A TIERRA PARA PASTOS DEL ECOSISTEMA DE PUNA EN EL ÁMBITO DE LA REGIÓN AYACUCHO. Artículo Primero.- CONSERVAR y PROTEGER el suelo orgánico y cobertura ecológica vegetal de la zona con aptitud de producción forestal, asociadas a tierras para pastos del Ecosistema Puna en el ámbito de la región Ayacucho. Artículo Segundo.- DEFINICIÓN Y ALCANCES DE LA CONSERVACIÓN Y PROTECCIÓN a) Suelo orgánico.- Es el recurso natural que se encuentra en la super fi cie de la tierra, sistema vivo y complejo, horizonte ‘’O’’, conformado por arcilla, limo y materia orgánica, considerado como reservorio del planeta; y es de vital importancia para la vida de las plantas y recarga hídrica que permite la producción de alimentos y sostenimiento de la biodiversidad. b) Cobertura ecológica vegetal.- Es la parte super fi cial del suelo compuesto por plantas vivas y muertas, protege al suelo de la erosión hídrica y las condiciones adversas ambientales en la cuenca hidrográ fi ca, y favorece la formación de la materia orgánica. c) Materia orgánica.- Es la descomposición de residuos de plantas muertas y tejidos animales por acción de microorganismos, y ayuda a darle una mayor actividad microbiana, una mejor estructura y una mayor capacidad de retención de humedad al suelo. d) Conservación del suelo.- Es la acción y efecto de cuidar un suelo de modo satisfactorio, mediante prácticas aplicadas de manejo, reduciendo la labranza excesiva para mantener el equilibrio de los organismos bené fi cos; y conservando ciclos y procesos ecológicos y de fragmentación. e) Protección del suelo orgánico.- Es la acción de limitar el daño físico - químico para la mejora de la disponibilidad de nutrientes, relación Carbono/Nitrógeno y la actividad biológica; y evita prácticas directas e indirectas de extracción, carga, transporte y comercialización. f) Ecosistema Puna.- También conocida con el nombre de gran planicie altoandina, comprende los territorios por encima de los 3,800 msnm, abarcando una amplia franja del continente sudamericano, extendiéndose a lo largo del Perú, Bolivia, Chile y Argentina. Su altitud varía, pues, llega a alcanzar las nieves perpetuas sobre los 5,000 msnm en promedio y disminuye progresivamente conforme nos acercamos al extremo austral. La ecorregión de la Puna limita por el norte y el este con la selva alta, y por el oeste con la serranía esteparia. Su clima es muy riguroso, caracterizado por el enrarecimiento de la atmósfera (escasez de oxigeno) y las grandes variaciones de temperatura (hasta 30º entre el día y la noche); y cuenta con una temporada de lluvias bien marcada, conocida con el nombre de “invierno” en la sierra, que se inicia en diciembre y se prolonga hasta marzo, aunque fuera de ella no son raros los aguaceros, los vientos, que pueden llegar a ser fuertes y casi permanentes, contribuyen a enfriar y secar el ambiente de esta región. En la ecorregión Puna, es posible diferenciar dos tipos de clima en función a la altitud, como el clima de tundra seca, presente en el transecto entre los 3,800 y los 5,000 msnm; y el clima de nieves perpetuas, por encima de los 5,000 msnm. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente del Gobierno Regional de Ayacucho y a la Dirección Forestal y Fauna Silvestre de la Dirección Regional Agraria de Ayacucho, la elaboración de medidas de control, vigilancia y registro de empresas dedicadas a la actividad extractiva de suelo orgánico, en estrecha coordinación con los organismos públicos locales, regionales y nacionales. Artículo Cuarto.- FACULTAR al Gobernador Regional de Ayacucho, a emitir mediante Decreto Regional, las medidas de implementación y ejecución técnica reglamentaria para el cumplimiento de la presente Ordenanza Regional, bajo responsabilidad. Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente del Gobierno Regional de Ayacucho, la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario O fi cial El Peruano, en el diario encargado de las publicaciones judiciales de la capital de la Región, y en el Portal Electrónico del Gobierno Regional de Ayacucho, conforme a Ley. Comuníquese al señor Gobernador del Gobierno Regional de Ayacucho para su respectiva promulgación. En la ciudad de Ayacucho, sede del Consejo Regional de Ayacucho, a los 22 días del mes de diciembre del año dos mil veinte. HEISER ALEJANDRO ANAYA ORIUNDO PresidenteConsejo Regional POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en Ayacucho, en la Sede del Gobierno Regional de Ayacucho, a los 29 días del mes de diciembre del año dos mil veinte. CARLOS ALBERTO RUA CARBAJAL Gobernador 1972882-1 GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD Asignan a servidor las funciones de la Elaboración y Actualización del Portal de Transparencia de la Gerencia Regional de Salud La Libertad (Se publican las siguientes resoluciones a solicitud del Gobierno Regional de La Libertad mediante O fi cio Nº 0292- 2021-GRLL-GRA/SGLSG, recibido el 15 de julio de 2021) RESOLUCIÓN GERENCIAL REGIONAL Nº 2608-2018-GRLL-GGR/GRSS Trujillo, 5 de diciembre de 2018VISTO:El expediente Nº 4086577, con registro Nº 4787871 que contiene el o fi cio Nº 00240-2018-GRLL-GGR/GRS/