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75 NORMAS LEGALES Viernes 16 de julio de 2021 El Peruano / o extranjera con la que se deseen estrechar lazos de amistad y confraternidad, que redunde en bene fi cio y provecho del Distrito. Artículo 10º.- Características La Llave de la Ciudad tendrá las siguientes características: a) Material de bronce, de forma antigua de 18 cm de largo. b) La llave tiene un cuerpo cilíndrico, una oreja en forma ovalada con la impresión del escudo de la Municipalidad Distrital de Pucusana. c) En la parte inferior llevará inscrito “Municipalidad Distrital de Pucusana”. Conjuntamente con la entrega de La Llave de la Ciudad, se entregará el Acuerdo de Concejo o Resolución de Alcaldía en original, según corresponda. CAPÍTULO III LA MEDALLA AL VALOR POR ACCIÓN DISTINGUIDA Artículo 11º.- De fi nición La Medalla al Valor por Acción Distinguida es una condecoración que otorga el Distrito de Pucusana a una persona natural, nacional y/o extranjera que haya participado y/o colaborado en acciones de cumplimento de sus funciones, arriesgando su propia integridad personal en defensa de los intereses institucionales y vecinales y/o en defensa de la integridad personal de algún ciudadano. Esta distinción se concede en los siguientes casos: a) AI personal de las áreas operativas de la Municipalidad Distrital de Pucusana que hayan participado en acciones de intervención y reacción rápida en situaciones de vigilancia en Seguridad Ciudadana, en acciones de cumplimiento de sus funciones, y en la que haya demostrado diligencia y valor más allá de sus responsabilidades, en bene fi cio de los intereses institucionales y vecinales, arriesgando su integridad física para el cumplimiento de su misión. b) AI personal de las áreas operativas que, durante operaciones de fi scalización y ejecución de Resoluciones emitidas por las diferentes áreas de la Municipalidad, sufran como consecuencia de su participación, daños a su integridad física, siempre y cuando hayan actuado dentro del marco de la Constitución y la Ley, y dentro de un plan operativo autorizado por la Municipalidad. c) Excepcionalmente, se otorgará a la persona natural que, en una intervención espontánea, participa en defensa de la integridad personal de un ciudadano en la circunscripción del Distrito de Pucusana; o que interviene para disuadir un delito o delitos en defensa de los intereses institucionales de la Municipalidad o del Distrito. d) A los profesionales, técnicos auxiliares, administrativos y demás personas que presten servicios bajo cualquier modalidad en la Municipalidad y que haya destacado por sus acciones de valor. Artículo 12º.- Otorgamiento La Medalla al Valor por Acción Distinguida será otorgada por el Concejo Distrital, a propuesta de el/la Alcalde/sa o de algún Regidor con expresión completa del mérito. Artículo 13º.- Características La Medalla al Valor por Acción Distinguida tendrá las siguientes características: a) Material de bronce, de forma ovalada, de medidas 7.5 cm por 5.5.cm. bañada en oro de 14 kilates. b) En el anverso estaré acuñado el escudo y nombre de la Municipalidad Distrital de Pucusana con la nomenclatura “Medalla al Valor por Acción Distinguida” en la parte inferior. c) AI reverso Llevará inscrito el nombre del condecorado y la fecha de acto de entrega.d) La medalla colgará de una cinta de seda de una pulgada de ancho de color azul marino. Conjuntamente con la entrega de La Medalla al Valor por Acción Distinguida, se entregará el Acuerdo de Concejo o Resolución de Alcaldía en original, según corresponda. CAPÍTULO IV RECONOCIMIENTOS Artículo 14º.- De fi nición Los Reconocimientos son distinciones que se otorgan, par decisión directa de el/la Alcalde/sa, a las personas naturales o jurídicas que hayan realizado alguna actividad a servicio o a favor de la comunidad pucusaneña en grado menor a los anteriormente mencionados. Esta distinción se concede como muestra de agradecimiento por la realización de una acción especí fi ca digna de resaltarse, en ceremonia que requiera de una felicitación expresa por parte de la Municipalidad Distrital de Pucusana. Artículo 15º.- Características Los reconocimientos tendrán las siguientes características: a) Una Placa o Medalla que será entregada a una persona natural o jurídica. Conjuntamente con la entrega del Reconocimiento, se entregará la Resolución de Alcaldía en original. TÍTULO III DE LAS SOLICITUDES PARA CONDECORACIONES O RECONOCIMIENTOS CAPÍTULO I TRÁMITE A SEGUIR Artículo 16º.- Las organizaciones sociales, públicas o privadas podrán presentar sus propuestas de condecoraciones o reconocimientos, con una anticipación no menor de diez (10) días hábiles, antes del Aniversario de Fiestas Patrias o Aniversario de la creación Política del Distrito de Pucusana, ante la Mesa de Partes de la Municipalidad. Artículo 17º.- La propuesta deberá contener la siguiente información: a) Datos personales. b) Información precisa sobre las obras, hechos, servicios o acciones que pudieren hacerlo acreedor de una Condecoración o Reconocimiento. c) Mostrar evidencias que sustenten la información remitida. CAPÍTULO II DEL TRÁMITE DE LA PROPUESTA DE CONDECORACIONES O RECONOCIMIENTOS Artículo 18º.- Los trámites de las solicitudes para el otorgamiento de las condecoraciones o reconocimientos seguirán el siguiente trámite: a) La propuesta de condecoración o reconocimiento, deberá ser remitida a la O fi cina de Secretaría General, la misma que, por disposición del Despacho de Alcaldía, se encargará de elevar la propuesta al Concejo Municipal para su consideración. b) El Concejo Municipal podrá aprobar el otorgamiento por unanimidad o mayoría, la desaprobación de la propuesta será sin expresión de causa, guardándose reserva de este hecho. La decisión de desaprobación es inapelable. Artículo 19º.- De manera excepcional, de existir la necesidad de condecorar, por la presencia de Personalidades en la ciudad y/o ciudadanos que merecen