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13 NORMAS LEGALES Jueves 22 de julio de 2021 El Peruano / partir del 28 de julio de 2021, con la finalidad de continuar con la ejecución de medidas y acciones de excepción, inmediatas y necesarias, de reducción del Muy Alto Riesgo existente, así como de respuesta y rehabilitación que correspondan. Artículo 2.- Acciones a ejecutarEl Gobierno Regional de Arequipa y los gobiernos locales comprendidos, con la coordinación técnica y seguimiento del Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI) y la participación del Ministerio de Salud, del Ministerio de Educación, del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, del Ministerio del Interior, del Ministerio de Defensa, del Ministerio de la Producción, del Ministerio del Ambiente, del Ministerio de Energía y Minas, y demás instituciones públicas y privadas involucradas; continuarán con la ejecución de medidas y acciones de excepción, inmediatas y necesarias, de reducción del Muy Alto Riesgo existente, así como de respuesta y rehabilitación que correspondan. Dichas acciones deberán tener nexo directo de causalidad entre las intervenciones y el evento, y podrán ser modificadas de acuerdo a las necesidades y elementos de seguridad que se vayan presentando durante su ejecución, sustentadas en los estudios técnicos de las entidades competentes. Artículo 3.- FinanciamientoLa implementación de las acciones previstas en el presente decreto supremo, se financia con cargo al presupuesto institucional de los pliegos involucrados, de conformidad con la normatividad vigente. Artículo 4.- RefrendoEl presente decreto supremo es refrendado por la Presidenta del Consejo de Ministros, el Ministro de Salud, el Ministro de Educación, el Ministro de Desarrollo Agrario y Riego, la Ministra de Vivienda, Construcción y Saneamiento, el Ministro del Interior, la Ministra de Defensa, el Ministro de la Producción, el Ministro del Ambiente y el Ministro de Energía y Minas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiún días del mes de julio del año dos mil veintiuno. FRANCISCO RAFAEL SAGASTI HOCHHAUSLERPresidente de la República VIOLETA BERMÚDEZ VALDIVIA Presidenta del Consejo de Ministros GABRIEL QUIJANDRÍA ACOSTA Ministro del Ambiente NURIA ESPARCH FERNÁNDEZ Ministra de Defensa FEDERICO TENORIO CALDERÓN Ministro de Desarrollo Agrario y Riego RICARDO DAVID CUENCA PAREJA Ministro de Educación JAIME GÁLVEZ DELGADO Ministro de Energía y Minas JOSÉ MANUEL ANTONIO ELICE NAVARRO Ministro del Interior JOSÉ LUIS CHICOMA LÚCAR Ministro de la Producción ÓSCAR UGARTE UBILLUZ Ministro de Salud SOLANGEL FERNÁNDEZ HUANQUI Ministra de Vivienda, Construcción y Saneamiento 1975439-1Decreto Supremo que prorroga el Estado de Emergencia en el distrito de Asunción de la provincia de Cajamarca; en los distritos de Celendín y Oxamarca de la provincia de Celendín; en el distrito de Santo Tomás de la provincia de Cutervo; en los distritos de Chirinos y Huarango de la provincia de San Ignacio; en el distrito de Niepos de la provincia de San Miguel; y, en el distrito de Pucará de la provincia de Jaén, del departamento de Cajamarca, por impacto de daños a consecuencia de intensas precipitaciones pluviales DECRETO SuPREMO N° 140-2021-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Supremo Nº 053-2021- PCM, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 25 de marzo de 2021, se declaró el Estado de Emergencia en varios distritos de algunas provincias del departamento de Cajamarca, por impacto de daños a consecuencia de intensas precipitaciones pluviales, que se encuentran detallados en el Anexo del citado decreto supremo, por el plazo de sesenta (60) días calendario, para la ejecución de medidas y acciones de excepción, inmediatas y necesarias, de respuesta y rehabilitación que correspondan; Que, por el Decreto Supremo Nº 099-2021-PCM se prorrogó el Estado de Emergencia en el distrito de Asunción de la provincia de Cajamarca; en el distrito de Cajabamba de la provincia de Cajabamba; en los distritos de Celendín, Jorge Chávez y Oxamarca de la provincia de Celendín; en el distrito de Cupisnique de la provincia de Contumazá; en el distrito de Santo Tomás de la provincia de Cutervo; en los distritos de Bellavista, Jaén y Pucará de la provincia de Jaén; en los distritos de Chirinos y Huarango de la provincia de San Ignacio; en el distrito de Ichocán de la provincia de San Marcos; en el distrito de Niepos de la provincia de San Miguel; y, en el distrito de La Esperanza de la provincia de Santa Cruz, del departamento de Cajamarca, por impacto de daños a consecuencia de intensas precipitaciones pluviales, declarados en Estado de Emergencia mediante el Decreto Supremo Nº 053-2021-PCM, a partir del 25 de mayo de 2021, con la finalidad de continuar con la ejecución de medidas y acciones de excepción necesarias, de rehabilitación que correspondan; Que, conforme a lo establecido en el artículo 69 del Reglamento de la Ley Nº 29664, Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD), aprobado por el Decreto Supremo Nº 048-2011-PCM, y en los artículos 6 y 15 de la “Norma Complementaria sobre la Declaratoria de Estado de Emergencia por Desastre o Peligro Inminente, en el marco de la Ley Nº 29664, del Sistema Nacional de Gestión de Riesgo de Desastres - SINAGERD”, aprobada por el Decreto Supremo Nº 074- 2014-PCM; el Gobierno Regional presenta al Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI), la solicitud de prórroga del Estado de Emergencia, la que no deberá exceder de sesenta (60) días calendario, adjuntando los informes técnicos que fundamenten su solicitud, así como las medidas de carácter presupuestal necesarias; Que, mediante el Oficio Nº D000196-2021-GRC-GR, de fecha de 6 de julio de 2021, el Gobernador Regional del Gobierno Regional de Cajamarca solicita al INDECI, la prórroga del Estado de Emergencia en el distrito de Asunción de la provincia de Cajamarca; en los distritos de Celendín y Oxamarca de la provincia de Celendín; en el distrito de Santo Tomás de la provincia de Cutervo; en el distrito de Huarango de la provincia de San Ignacio; y, en el distrito de Niepos de la provincia de San Miguel, del departamento de Cajamarca, por impacto de daños a consecuencia de intensas precipitaciones pluviales;