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173 NORMAS LEGALES Sábado 24 de julio de 2021 El Peruano / Presidenta del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en un plazo no mayor a veinte días calendario, sobre la solicitud realizada mediante O fi cio Nº129-2021-P-CSJAY-PJ, respecto a lo siguiente: a) La prórroga de la ampliación de la competencia funcional del Juzgado de Trabajo Supraprovincial del Distrito de Ayacucho, Provincia de Huamanga, para que trámite con turno abierto los Procesos Contenciosos Administrativos Laborales y Previsionales (PCALP) b) La prórroga del cierre de turno del 1º, 2º y 3º Juzgados Civiles del Distrito de Ayacucho, Provincia de Huamanga y al Juzgado Mixto del Distrito y Provincia de Huanta, para el ingreso de expedientes de Procesos Contenciosos Administrativos Laborales y Previsionales (PCALP) c) La prórroga de la ampliación de la competencia funcional del Juzgado de Paz Letrado Laboral Supraprovincial del Distrito de Ayacucho, Provincia de Huamanga, para que tramite con turno abierto los procesos laborales del 1º, 2º, 3º y 6º Juzgados de Paz Letrados del Distrito de Andrés Avelino Cáceres, del Juzgado de Paz Letrado del Distrito de San Juan Bautista, en la Provincia de Huamanga, y del Juzgado de Paz Letrado del Distrito y Provincia de Huanta, de la misma Corte Superior de Justicia; así como del cierre de turno para el ingreso de expedientes laborales a los citados juzgados de paz letrados. Artículo Quinto.- Disponer que el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Ayacucho remita un informe a la presidenta de la Comisión Nacional de productividad Judicial, en un plazo no mayor a veinte días calendario, evaluando si es conveniente de que sea de fi nitiva la ampliación de la competencia funcional del Juzgado de Paz Letrado Laboral Supraprovincial del Distrito de Ayacucho, Provincia de Huamanga, para el trámite los procesos laborales con turno abierto del 1º, 2º, 3º y 6º Juzgados de Paz Letrados Mixtos del Distrito de Andrés Avelino Cáceres, del Juzgado de Paz Letrado del Distrito de San Juan Bautista y del Juzgado de Paz Letrado del Distrito de Huanta. Artículo Sexto.- Disponer que los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia de Ancash, Ayacucho, Cusco, Ica, Lambayeque y Puno informen a la presidenta de la Comisión Nacional de Productividad Judicial, en un plazo no mayor a veinte días calendario, las acciones adoptadas para mejorar el nivel resolutivo de los siguientes órganos jurisdiccionales: a) Juzgado de Trabajo Supraprovincial del Distrito de Ayacucho, Provincia de Huamanga. b) Juzgado Mixto del Distrito de Omate, Provincia General Sánchez Cerro. c) 1º, 2º y 3º Juzgados de Paz Letrado del Distrito y Provincia de Huaraz. d) Juzgado de Paz Letrado Supraprovincial del Distrito de Ayacucho, Provincia de Huamanga. e) Juzgado de Paz Letrado del Distrito de Chuschi, Provincia de Cangallo. f) 2º Juzgado de Paz Letrado del Distrito de Santiago, Provincia de Cusco. g) 2º Juzgado de Paz Letrado del Distrito de San Sebastián, Provincia de Cusco. h) Juzgado de Paz Letrado del Distrito de Santiago de Chocorvos, Provincia de Huaytará. i) Juzgado de Paz Letrado del Distrito de Pueblo Nuevo, Provincia de Chincha j) 3º Juzgados de Paz Letrados del Distrito y Provincia de Jaén. k) Juzgado Mixto y Juzgado de Paz Letrado del Distrito de Macusani, Provincia de Carabaya. Artículo Sétimo.- Disponer que la O fi cina de Productividad Judicial remita un informe a la Presidenta del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial sobre las acciones que podrían adoptar los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia del país, para evitar el incremento de la carga procesal en sus órganos jurisdiccionales. Artículo Octavo.- Disponer que la O fi cina Desconcentrada de Control de la Magistratura de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca informe a la presidenta de la Comisión Nacional de Productividad Judicial, en un plazo no mayor de veinte días calendario, sobre las razones de las elevadas improcedencias que registra el Juzgado Civil del Distrito y Provincia de Celendín, las cuales ascienden al 22% de su producción. Artículo Noveno.- Disponer que los gastos que se generen por la labor de itinerancia del Juzgado de Paz Letrado del Distrito de Chuschi, Provincia de Cangallo, hacia el Distrito de Morochucos, de la misma provincia, Corte Superior de Justicia de Ayacucho; del Juzgado Mixto del Distrito y Provincia de Bolívar hacia el Distrito y Provincia de Celendín, Corte Superior de Justicia de Cajamarca, Juzgado Mixto del Distrito de Omate, Provincia General Sánchez Cerro, hacia el Distrito de Ichuña, de la misma provincia, Corte Superior de Justicia de Moquegua; y del Juzgado de Paz Letrado del Distrito de Macusani, Provincia de Carabaya, hacia el Distrito de Crucero, de la misma provincia, Corte Superior de Justicia de Puno, serán fi nanciados en su totalidad con cargo a las partidas presupuestarias asignadas a sus respectivas Cortes Superiores de Justicia. Artículo Décimo.- Transcribir la presente resolución a la Ofi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Consejero Responsable del Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal de Trabajo, Ofi cina de Productividad Judicial, Cortes Superiores de Justicia del país; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.ELVIA BARRIOS ALVARADO Presidenta 1976110-2 Establecen que las Comisiones Distritales de Selección de Jueces Supernumerarios de las Cortes Superiores de Justicia del país, tienen vigencia por todo el año judicial Consejo Ejecutivo RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 000236-2021-CE-PJ Lima, 22 de julio del 2021VISTOS:Los O fi cios Nros. 285 y 321-2021-P-CSJLIMANORTE- PJ, cursados por la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte; y el O fi cio Nº 00478-2021-P-CSJMD-PJ, remitido por la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Madre de Dios. CONSIDERANDO: Primero. Que, la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte mediante O fi cio Nº 285-2021-P-CSJLIMANORTE-PJ, informa que en atención a lo dispuesto en la Resolución Administrativa Nº 399-2020-CE-PJ que aprobó temporalmente el “Reglamento Transitorio de Selección y Registro de Jueces Supernumerarios del Poder Judicial”, la citada Corte Superior mediante Resoluciones Administrativas Nros. 220 y 239-2021-PCSJLIMANORTE-PJ conformó la Comisión Distrital de Selección de Jueces Supernumerarios de la referida Corte Superior, la misma que actualmente se encuentra próxima a culminar el Concurso de Selección y Registro de Jueces Supernumerarios convocado para el año en curso (Convocatoria Nº 001-2021-CDSJS-CSJLIMANORTE-PJ). En tal sentido, solicita se precise si la Comisión Distrital de Selección de Jueces Supernumerarios conformada mediante las mencionadas resoluciones administrativas tiene vigencia durante todo el año, y consecuentemente sería la encargada de las convocatorias a Concursos de