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30 NORMAS LEGALES Martes 1 de junio de 2021 / El Peruano GG-P, la Subgerencia de Racionalización y la Gerencia de Plani fi cación emiten opinión técnica favorable respecto a la propuesta de diez (10) Cuadros para Asignación de Personal Provisional correspondientes a la Corte Suprema de Justicia, Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Gerencia General y a las Cortes Superiores de Justicia de Ancash, Arequipa, Callao, Lima, Lima Sur, Piura y Puente Piedra-Ventanillade presentada por la Gerencia de Recursos Humanos y Bienestar, manifestando que ha sido elaborado de acuerdo a lo que indica la Directiva N° 002-2015-SERVIR/GDSRH y sus modi fi catorias, y siendo el Poder Judicial un Poder del Estado, el Titular del Pliego, Presidente del Poder Judicial, está facultado para aprobar su CAP Provisional, previa opinión favorable de SERVIR. Que, mediante O fi cio N° 000129-2021-SERVIR-PE, la Presidenta Ejecutiva de la Autoridad Nacional del Servicio Civil remite el Informe Técnico N° 00051-2021-SERVIR/GDSRH, de la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos, mediante el cual se emite opinión favorable a las propuestas de CAP Provisional presentadas, en el que se mani fi esta que las referidas propuestas se han elaborado sobre la base de la estructuras orgánicas aprobadas en sus Reglamentos de Organización y Funciones y sus modi fi catorias, considerando los cargos estructurales establecidos en el Clasi fi cador de cargos aprobado mediante Resolución Administrativa Nº 236-2019-CE-PJ y sus modi fi catorias, guardando coherencia en la clasi fi cación y codi fi cación. Que, en mérito a las consideraciones expuestas, resulta necesario aprobar los diez (10) Cuadros para Asignación de Personal Provisional, de acuerdo a la propuesta efectuada por la Gerencia de Recursos Humanos y Bienestar, a través de resolución expedida por el Titular del Pliego. Que, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 76° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial modi fi cado por la Ley N° 27465, y contando con los vistos de la Gerencia de Recursos Humanos y Bienestar, la Gerencia de Plani fi cación, la Subgerencia de Racionalización y la O fi cina de Asesoría Legal de la Gerencia General; SE RESUELVE: Artículo Primero. - Aprobar el Cuadro para Asignación de Personal Provisional de la Corte Suprema de Justicia, Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Gerencia General y las Cortes Superiores de Justicia de Ancash, Arequipa, Callao, Lima, Lima Sur, Piura y Puente Piedra-Ventanilla, conforme a los diez (10) Anexos “CAP Provisional (4B, 4C, 4D)” que forman parte integrante de la presente Resolución Administrativa. Artículo Segundo. - Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano, y en la página web del Poder Judicial. Regístrese, comuníquese y cúmplase.ELVIA BARRIOS ALVARADO Presidenta 1958495-1 ORGANISMOS AUTONOMOS CONTRALORIA GENERAL FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 129-2021-CG Mediante O fi cio Nº 000005-2021-CG/GTI, la Gerencia de Tecnologías de la Información de la Contraloría General de la República solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución de Contraloría Nº 129-2021-CG, publicada en la edición del día 29 de mayo de 2021.DICE: “VISTOS: (…); y, las Hojas Informativas Nº 000199-2021-CG/ GJN y Nº 000210-2021-CG/GJN, de la Gerencia Jurídico Normativa de la Contraloría General de la República; (…)” DEBE DECIR: “VISTOS: (…); y, las Hojas Informativas Nº 000202-2021-CG/ GJN y Nº 000210-2021-CG/GJN, de la Gerencia Jurídico Normativa de la Contraloría General de la República; (…)” En el décimo considerando: DICE:“CONSIDERANDO: (…)Que, de acuerdo a las consideraciones expuestas, y estando a lo informado por la Gerencia Jurídico Normativa mediante Hojas Informativas Nº 000199-2021-CG/GJN y Nº 000210-2021-CG/GJN, (…); (…);” DEBE DECIR: “CONSIDERANDO: (…)Que, de acuerdo a las consideraciones expuestas, y estando a lo informado por la Gerencia Jurídico Normativa mediante Hojas Informativas Nº 000202-2021-CG/GJN y Nº 000210-2021-CG/GJN, (…); (…);” 1958520-1 JURADO NACIONAL DE ELECCIONES Declaran nulas las Resoluciones N° 00576-2021-JEE-PASC/JNE y N° 00239-2021-JEE-PASC/JNE, emitidas por el Jurado Electoral Especial de Pasco, que sancionó con multa a la organización política Alianza para el Progreso RESOLUCIÓN Nº 0529-2021-JNE Expediente Nº EG.2021047060 YANACANCHA - PASCO - PASCO JEE PASCO (EG.2021009002)ELECCIONES GENERALES 2021RECURSO DE APELACIÓN Lima, trece de mayo de dos mil veintiunoVISTO : en audiencia pública virtual del 11 de mayo de 2021, debatido y votado en la fecha el recurso de apelación interpuesto por don José Luis Echevarría Escribens, personero legal titular nacional de la organización política Alianza para el Progreso (en adelante, señor personero), en contra de la Resolución Nº 00576-2021-JEE-PASC/JNE, del 22 de abril de 2021, emitida por el Jurado Electoral Especial de Pasco (en adelante, JEE), que dispuso, entre otros, determinar sanción en contra de la referida organización política al no cumplir lo dispuesto en la Resolución Nº 00239-2021-JEE-PASC/JNE, del 28 de marzo de 2021, esto es, el retiro de la propaganda electoral difundida sin previa autorización en predio de dominio público, en el marco de las Elecciones Generales 2021.