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95 NORMAS LEGALES Sábado 5 de junio de 2021 El Peruano / Lima por UNANIMIDAD y con dispensa del trámite de aprobación del acta, aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE DECLARA DE INTERÉS METROPOLITANO EL DESARROLLO DE ACCIONES FRENTE AL CAMBIO CLIMÁTICO Y APRUEBA EL PLAN LOCAL DE CAMBIO CLIMÁTICO DE LA PROVINCIA DE LIMA 2021-2030 Artículo 1.- Declarar de Interés Metropolitano el desarrollo de acciones frente al cambio climático, conforme a las funciones y competencias de la Municipalidad Metropolitana de Lima, a través del trabajo articulado con otras entidades competentes para alcanzar las metas planteadas en el Plan Local de Cambio Climático de la provincia de Lima, frente a la crisis climática que se vive a nivel mundial, siendo el cambio climático uno de los retos más desa fi antes que afrontamos como ciudad. Artículo 2.- Aprobar el Plan Local de Cambio Climático - PLCC de la provincia de Lima 2021- 2030, cuyo contenido adjunto forma parte integrante de la presente ordenanza. Artículo 3.- Encargar al señor Alcalde Metropolitano de Lima, la convocatoria de una Sesión de Concejo Anual sobre Cambio Climático, en la cual se hará el seguimiento de la implementación del Plan Local de Cambio Climático de la provincia de Lima. Artículo 4.- Disponer que los órganos, unidades orgánicas, órganos desconcentrados, organismos descentralizados y empresas municipales de la Municipalidad Metropolitana de Lima, incorporen los enfoques para la gestión integral del cambio climático contenidos en el artículo 3 de la Ley Nº 30754 - Ley Marco sobre Cambio Climático, en la formulación, desarrollo e implementación de sus instrumentos de gestión, proyectos, iniciativas y demás actividades que correspondan a sus funciones. Artículo 5.- Encargar a la Gerencia de Servicios a la Ciudad y Gestión Ambiental, en un plazo no mayor de treinta (30) días hábiles, presentar ante la Alcaldía Metropolitana, la propuesta de conformación del “Grupo Técnico para la implementación y seguimiento del PLCC de la provincia de Lima” conformado por los órganos y unidades orgánicas competentes de la Municipalidad Metropolitana de Lima, el cual se encargará de brindar apoyo constante en la implementación del PLCC y de dar el seguimiento correspondiente al cumplimiento de sus metas planteadas. Artículo 6.- Facultar al señor Alcalde Metropolitano de Lima para que, mediante Resolución de Alcaldía, designe a los miembros del “Grupo Técnico para la implementación y seguimiento del PLCC de la provincia de Lima” y mediante Decreto de Alcaldía, dicte las disposiciones complementarias que fueran necesarias para la adecuada y mejor aplicación de lo dispuesto en la presente Ordenanza. Artículo 7.- Encargar a la Secretaría General del Concejo la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Oficial “El Peruano” y a la Subgerencia de Gobierno Digital e Innovación, su publicación conjuntamente con el Anexo, en el Portal Institucional de la Municipalidad Metropolitana de Lima (www.munlima.gob.pe). Artículo 8.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. DISPOSICIÓN FINAL DEROGATORIA Única.- Deróguese la Ordenanza N° 1836, Ordenanza que aprueba la Estrategia de Adaptación y Acciones de Mitigación de la Provincia de Lima al Cambio Climático – Estrategia C. Lima. POR TANTO:Regístrese, comuníquese y publíquese.JORGE MUÑOZ WELLS Alcalde 1960260-2MUNICIPALIDAD DE COMAS FE DE ERRATAS DECRETO DE ALCALDÍA Nº 10-2021-AL/MDC Mediante O fi cio Nº 099-2021-SG/MDC, la Municipalidad Distrital de Comas solicita se publique Fe de Erratas del Decreto de Alcaldía N° 10-2021-AL/MDC, publicada en la edición del día 27 de mayo de 2021. DICE:11. (...) (...), siendo el día 30 de abril del presente año (...). DEBE DECIR:11. (...) (...), siendo el día 31 de mayo del presente año (...). 1960386-1 MUNICIPALIDAD DE SAN MIGUEL Aprueban los Lineamientos para la autorización del uso temporal del frontis de los establecimientos comerciales con la finalidad de reactivar la economía en el distrito de San Miguel ORDENANZA Nº 435/MDSM San Miguel, 1 de junio de 2021EL ALCALDE DISTRITAL DE SAN MIGUEL;POR CUANTO:El Concejo Municipal, en sesión ordinaria celebrada el 27 de mayo de 2021; VISTOS, el memorando Nº 261-2021-GM/MDSM, emitido por la Gerencia Municipal, el informe Nº 187-2021-GAJ/MDSM, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica, el memorando Nº 150-2021-GDECI/MDSM, emitido por la Gerencia de Desarrollo Económico y Cooperación Interinstitucional y el Acta de Reunión de fecha 05 de mayo de 2021, y; CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú en su artículo 194º y sus modi fi catorias, Leyes de Reforma Constitucional, establece que los gobiernos locales son entidades, básicas de la organización territorial del Estado y canales inmediatos de participación vecinal en los asuntos públicos, que institucionalizan y gestionan con autonomía los intereses propios de las correspondientes colectividades; Que, el numeral 9.1) del artículo 9º de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización, prescribe que la autonomía política es la facultad de adoptar y concordar las políticas, planes, normas en los asuntos de su competencia, aprobar y expedir sus normas, decidir a través de sus órganos de gobierno y desarrollar las funciones que le son inherentes; Que, el artículo IV del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señala que los gobiernos locales representan al vecindario, promueven la adecuada prestación de los servicios públicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armónico de su circunscripción; Que, el artículo 36º de la citada Ley, establece que los gobiernos locales promueven el desarrollo económico de su circunscripción territorial y la actividad empresarial