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86 NORMAS LEGALES Sábado 5 de junio de 2021 / El Peruano 2. La salida y retorno de los expedientes de las sedes judiciales según la relación, será veri fi cada en las puertas de acceso por el personal de seguridad de la sede. 3. La información conteniendo la relación del personal autorizado, los expedientes a retirar por cada trabajador/a (consignando el número, las partes procesales, acompañados y folios), deberá ser remitido al correo electrónico: gadcsjlima@pj.gob.pe. Artículo Décimo .- DISPONER que, para su ingreso a las sedes judiciales, los magistrados/as y el personal deberán cumplir con el protocolo de control de temperatura corporal, la desinfección del calzado y de manos. Asimismo, obligatoriamente, deberán usar doble mascarilla. Durante su permanencia en las sedes judiciales, los magistrados/as, el administrador/a o el personal a cargo autorizado se dirigirán únicamente a los respectivos despachos, evitando interacciones personales y la utilización de equipos o mobiliario que no sea estrictamente necesario. Artículo Décimo Primero .- La negativa a la toma de temperatura y el uso de los equipos de protección personal son consideradas como faltas disciplinarias según la Resolución Administrativa N° 375-2020-CE-PJ. En caso de inobservancia, el personal de seguridad de todas las sedes judiciales impedirá el ingreso, y los administradores deberán reportar el hecho en el día a la Gerencia de Administración Distrital y/o a la O fi cina Desconcentrada de Control de la Magistratura, a fi n de que se adopten las acciones a que hubiera lugar. Artículo Décimo Segundo.- DISPONER que la recepción de documentos para todas las especialidades o materias (incluido penal) se seguirá realizando a través de la Mesa de Partes Electrónica (MPE) [https://casillas.pj.gob.pe/sinoe/login.xhtml]. Artículo Décimo Tercero.- DISPONER la habilitación de Mesas de Partes Físicas en las cuales se recibirá de manera excepcional, cuando no sea posible su recepción en forma virtual. La atención en estas Mesas de Partes se realizará mediante el aplicativo de citas electrónicas para Mesas de Partes (https://gestionsij.pj.gob.pe/citasMP/). El horario de atención será de 9:00 a. m. a 2:00 p. m. Artículo Décimo Cuarto.- DISPONER que la atención de las consultas y requerimientos de abogados, litigantes y público en general, formulados a los órganos jurisdiccionales de la Corte Superior de Justicia de Lima con relación a los procesos judiciales a su cargo, y a los órganos administrativos, en su caso, seguirá realizándose a través del aplicativo web «Módulo de atención al usuario – CSJLI (MAU)» [https://csjlima.pj.gob.pe/mau/], debiéndose seguir el Lineamiento Nº 004-2020-P-CSJLI-PJ denominado «Pautas para la atención de requerimientos y consultas en la Corte Superior de Justicia de Lima», aprobado por Resolución Administrativa Nº 000220-2020-P-CSJLI-PJ del 15 de julio de 2020. Artículo Décimo Quinto .- La interposición de la acción de habeas corpus podrá seguir realizándose a través del correo habeascorpuscsjlima@pj.gob.pe. Las denuncias por violencia contra la mujer e integrantes del grupo familiar podrán seguir ingresándose mediante el correo juzgfamilialima@pj.gob.pe y el número de WhatsApp 970807304. Artículo Décimo Sexto .- DISPONER que la Gerencia de Administración Distrital a cargo del gerente público Adrián Enrique Romero Ames, mediante las unidades organizacionales que correspondan y los/as administradores/as de sede o piso, deberán garantizar el cumplimiento de todas las medidas de salubridad pertinentes, así como de las medidas dispuestas por el CEPJ a través del «Plan de vigilancia, Prevención y Control del Covid-19 en el Poder Judicial (v.03)» 4 y ésta Presidencia de Corte mediante el “Plan para la Vigilancia, Prevención y Control de Covid-19 en el trabajo de la Corte Superior de Justicia de Lima” 5; a fi n de salvaguardar la salud de los magistrados/as, trabajadores/as y público usuario. Artículo Décimo Sétimo .- DISPONER que la Coordinación de Seguridad a cargo de la señora Janet Marleny Ludeña Mendoza, a través del personal de seguridad, se encargará del control del ingreso a las sedes de los trabajadores, bajo responsabilidad funcional.Artículo Décimo Octavo .- DISPONER que los administradores/as de sedes con la colaboración de Coordinación de Seguridad serán los responsables de supervisar el aforo y señalización en cada una de las instalaciones de esta Corte Superior de Justicia referente a la atención al público. Para tal efecto, deberán tener como referencia que el aforo no será mayor al 50% de capacidad del lugar y el distanciamiento social entre las personas es de 1.5 metros. Artículo Décimo Noveno .- DISPONER que la Unidad Administrativa y de Finanzas a cargo de la licenciada Liliana Gonzales Castillo, por medio de los administradores/as serán los responsables de la supervisión del estricto cumplimiento de lo dispuesto en la presente resolución, e informarán en el día a la Gerencia de Administración Distrital y/o a la O fi cina Desconcentrada de Control de la Magistratura, en caso de inobservancia de lo establecido a fi n de que se adopten las medidas a que hubiera lugar, bajo responsabilidad funcional. Artículo Vigésimo.- La O fi cina de Imagen institucional, Prensa y Protocolo, así como la Coordinación de Recursos Humanos y la Coordinación de Magistrados, efectuarán la difusión de la presente resolución por correo electrónico institucional y a través de mensajes de texto y redes sociales para conocimiento de los señores magistrados/as y trabajadores/as y del público usuario. Artículo Vigésimo Primero .- PÓNGASE la presente resolución en conocimiento del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la O fi cina de Control de la Magistratura, la O fi cina Desconcentrada de Control de la Magistratura de la Corte Superior de Justicia de Lima, la Dirección Nacional de Investigación Criminal, la Sétima Región Policial, la Gerencia de Administración Distrital, Unidad Administrativa y de Finanzas, la Unidad de Planeamiento y Desarrollo, la Unidad de Servicios Judiciales, la Coordinación de Recursos humanos, la Coordinación de Seguridad, la Coordinación de Logística, la Coordinación de Magistrados, la O fi cina de Imagen Institucional, Prensa y Protocolo, y la Secretaria General de esta Corte Superior de Justicia para la noti fi cación a todos los interesados, para los fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese.JUAN CARLOS VIDAL MORALES Presidente (e) 1 Prorrogado por Decreto Supremo N° 201-2020-PCM, Decreto Supremo N° 008-2021-PCM, Decreto Supremo N° 036-2021-PCM, Decreto Supremo N° 058-2021-PCM y Decreto Supremo N° 076-2021-PCM. 2 Modi fi cado con Decreto Supremo N° 092-2021-PCM. 3 Aprobado mediante Resolución Administrativa N° 000408-2020-CE-PJ. 4 Aprobado por Resolución Administrativa N° 375-2020-CE-PJ. 5 Aprobado por Resolución Administrativa N° 000055-2021-P-CSJLI-PJ. 1960334-1 ORGANISMOS AUTONOMOS INSTITUCIONES EDUCATIVAS Aprueban expedición de duplicado de diploma de Grado Académico de Bachiller en Ciencias con mención en Química a egresado de la Universidad Nacional de Ingeniería UNIVERSIDAD NACIONAL DE INGENIERÍA RESOLUCIÓN RECTORAL Nº 0443 Lima, 3 de mayo de 2021 Visto el Expediente STDUNI Nº 2021-19731 presentado por el señor JOSÉ AUGUSTO FLORES