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11 NORMAS LEGALES Miércoles 3 de marzo de 2021 El Peruano / ECONOMIA Y FINANZAS Autorizan Transferencia de Partidas a favor del Gobierno Regional del departamento de San Martín en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021 DECRETO SUPREMO Nº 033-2021-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el numeral 34.1 del artículo 34 de la Ley Nº 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, autoriza al Ministerio de Salud para efectuar modi fi caciones presupuestarias en el nivel institucional, hasta por la suma de S/ 336 387 284,00 (TRESCIENTOS TREINTA Y SEIS MILLONES TRESCIENTOS OCHENTA Y SIETE MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y CUATRO Y 00/100 SOLES), con cargo a los recursos de su presupuesto institucional y sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público, a favor de los Gobiernos Regionales, para fi nanciar durante el Año Fiscal 2021, la operación y mantenimiento de nuevos establecimientos de salud que entraron en funcionamiento a partir del segundo semestre del año 2020; disponiendo que dichos establecimientos deben implementar la programación de turnos y citas en un aplicativo informático dispuesto para ello; asimismo, el citado numeral establece que dichas modi fi caciones presupuestarias se aprueban mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y el Ministro de Salud, a propuesta de este último; previa validación por parte del Ministerio de Salud del Plan de Implementación Multianual del nuevo establecimiento de salud, aprobado por el Gobierno Regional que corresponda; Que, mediante los O fi cios Nºs 610 y 916-2021-SG/ MINSA, el Ministerio de Salud solicita una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, a favor del pliego Gobierno Regional del Departamento de San Martín, para fi nanciar la operación y mantenimiento del Hospital de Rioja; adjuntando los Informes Nºs 053 y 102-2021-OP-OGPPM/MINSA de la O fi cina de Presupuesto de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del citado Ministerio, con los respectivos sustentos; así como el Memorándum Nº 2896-2020-DGOS/MINSA de la Dirección General de Operaciones en Salud del citado Ministerio mediante el cual valida la fecha de entrada en funcionamiento del Hospital de Rioja; y los Memorándum Nºs 2725-2020 y, 173 y 462-2021-DGOS/MINSA de la Dirección General en mención que valida el Plan de Implementación Multianual – PIM 2020-2022 del Hospital de Rioja, aprobado por el Gobierno Regional del Departamento de San Martín, mediante Resolución Ejecutiva Regional Nº 227-2020-GRSM-GR; Que, a través del Memorando Nº 0155-2021-EF/53.04, la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos señala el costo estimado para la contratación de personal bajo el régimen del Decreto Legislativo Nº 1057, Decreto Legislativo que regula el régimen especial de contratación administrativa de servicios, solicitado por el Ministerio de Salud; Que, en consecuencia, corresponde autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, hasta por la suma de S/ 21 603 540,00 (VEINTIÚN MILLONES SEISCIENTOS TRES MIL QUINIENTOS CUARENTA Y 00/100 SOLES), del Ministerio de Salud a favor del Gobierno Regional del Departamento de San Martín, para fi nanciar la operación y mantenimiento del Hospital de Rioja, en el marco de lo dispuesto en el numeral 34.1 del artículo 34 de la Ley Nº 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021; De conformidad con lo establecido en el numeral 34.1 del artículo 34 de la Ley Nº 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021; DECRETA:Artículo 1. Objeto Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, hasta por la suma de S/ 21 603 540,00 (VEINTIÚN MILLONES SEISCIENTOS TRES MIL QUINIENTOS CUARENTA Y 00/100 SOLES), a favor del Gobierno Regional del Departamento de San Martín, para fi nanciar la operación y mantenimiento del Hospital de Rioja, de acuerdo al siguiente detalle: DE LA: En Soles SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 011 : Ministerio de SaludUNIDAD EJECUTORA 001 : Administración Central - MINSACATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9002 : Asignaciones presupuestarias que no resultan en productos ACTIVIDAD 5005467 : Mantenimiento para equipamiento e infraestructura hospitalaria FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.4 Donaciones y Transferencias 21 603 540,00 =========== TOTAL EGRESOS 21 603 540,00 =========== A LA: En SolesSECCIÓN SEGUNDA : Instancias Descentralizadas PLIEGO 459 : Gobierno Regional del Departamento de San Martín UNIDAD EJECUTORA 401 : Región San Martín-Salud Alto MayoCATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9002 : Asignaciones presupuestarias que no resultan en productos ACTIVIDAD 5005467 : Mantenimiento para equipamiento e infraestructura hospitalaria FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.3 Bienes y Servicios 21 560 621,00 GASTO DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos No Financieros 42 919,00 =========== TOTAL EGRESOS 21 603 540,00 =========== Artículo 2 . Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 El Titular del pliego habilitador y habilitado en la Transferencia de Partidas aprueban, mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1 del presente Decreto Supremo, a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución se remite dentro de los cinco (05) días calendario de aprobada a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público. 2.2 La O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados, solicita a la Dirección General de Presupuesto Público las codi fi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3 La O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados instruye a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes “Notas para Modi fi cación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 3 . Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que