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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE MARZO DEL AÑO 2021 (03/03/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 17

17 NORMAS LEGALES Miércoles 3 de marzo de 2021 El Peruano / desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica en el proyecto “Línea de Transmisión en 220 kV S.E. Punta Lomitas – S.E. Derivación e Interconexión 220 kV S.E. Derivación – Nuevas Estructuras T748A/T749A de la L.T. 220 kV S.E. Ica – S.E. Marcona (L-2211)”, presentada por Engie Energía Perú S.A.; Con el visto del Viceministerio de Electricidad, de la Dirección General de Electricidad y la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado con Decreto Supremo N° 031-2007-EM y sus modi fi catorias, el Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas y sus normas modi fi catorias, su Reglamento aprobado mediante el Decreto Supremo N° 009-93-EM, y el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Energía y Minas, aprobado con Decreto Supremo N° 038-2014-EM y sus modi fi catorias; SE RESUELVE:Artículo 1.- Otorgar a favor de Engie Energía Perú S.A. la concesión de fi nitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica en el proyecto “Línea de Transmisión en 220 kV S.E. Punta Lomitas – S.E. Derivación e Interconexión 220 kV S.E. Derivación – Nuevas Estructuras T748A/T749A de la L.T. 220 kV S.E. Ica – S.E. Marcona (L-2211)”, ubicada en los distrito de Santiago y Ocucaje, provincia y departamento de Ica, en los términos y condiciones de la presente Resolución Ministerial y los que se detallan en el Contrato de Concesión que se aprueba en el artículo 3 de la presente Resolución. Artículo 2.- Las características principales de los bienes indispensables para operar la concesión son las siguientes: Salida/Llegada de la Línea de TransmisiónTensión (kV)N° de TernasLongitud (m)Ancho de Faja de Servidumbre que corresponde (m) S.E. Punta Lomitas – S.E. Derivación Interconexión S.E. Derivación – T748A (de la L.T. 220 kV S.E. Ica – S.E. Marcona (L-2211)) Interconexión S.E. Derivación – T749A (de la L.T. 220 kV S.E. Ica – S.E. Marcona (L-2211))220 22022002 010160 169,6579 37,483336,878225 2525 Subestaciones Características técnicas S.E. Punta LomitasSerá una subestación nueva que contará, entre otros, con dos (02) bahías de línea/transformación hacia la S.E. Derivación, dos (02) transformadores de potencia de 150 MVA cada uno, sala de control, servicios auxiliares, sistema de cargador de baterías y equipos de control y protección. S.E. DerivaciónSerá una subestación nueva que contará, entre otros, con una (01) Bahía de línea hacia la S.E. Ica en 220 kV, una (01) bahía de línea hacia la S.E. Marcona en 220 kV, una (01) bahía de acoplamiento de barras, dos (02) bahías de línea hacia la S.E. Punta Lomitas, sala de control, servicios auxiliares, sistema de cargador de baterías y equipos de control y protección. Artículo 3.- Aprobar el Contrato de Concesión N° 562- 2021 a suscribirse entre el Ministerio de Energía y Minas y Engie Energía Perú S.A. el cual consta de 19 cláusulas y 4 anexos. Artículo 4.- Autorizar al Director General de Electricidad a suscribir en representación del Estado, el Contrato de Concesión N° 562-2021 aprobado en el artículo que antecede, así como la Escritura Pública correspondiente.Artículo 5.- Insertar el texto de la presente Resolución Ministerial en la Escritura Pública que dé origen al Contrato de Concesión N° 562-2021, referido en el artículo 3 de la presente Resolución, en cumplimiento del artículo 56 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado mediante Decreto Supremo N° 009-93-EM. Artículo 6.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial por una sola vez en el Diario O fi cial El Peruano, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a su expedición, por cuenta de Engie Energía Perú S.A. de acuerdo a lo previsto en el artículo 54 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado mediante Decreto Supremo N° 009-93-EM. Regístrese, comuníquese y publíquese.JAIME GALVEZ DELGADO Ministro de Energía y Minas 1931228-1 Aprueban el “Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del Ministerio de Energía y Minas para el año 2021” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 050-2021-MINEM/DM Lima, 26 de febrero de 2021 VISTOS: Los O fi cios Múltiples Nº D000019-2019- PCM/SD y Nº D0008-2021-PCM/SD de la Secretaría de Descentralización de la Presidencia del Consejo de Ministros; el Informe Nº 052-2021-MINEM/OGPP-ODICR de la O fi cina de Desarrollo Institucional y Coordinación Regional de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe Nº 124-2021-MINEM/OGAJ de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 188 de la Constitución Política del Perú establece que la descentralización es una forma de organización democrática y constituye una política permanente de Estado, de carácter obligatorio, que tiene como objetivo fundamental el desarrollo integral del país; se realiza por etapas, en forma progresiva y ordenada conforme a criterios que permitan una adecuada asignación de competencias y transferencia de recursos del Gobierno Nacional hacia los Gobiernos Regionales y Locales; Que, el artículo 3 de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización, establece que la descentralización tiene como fi nalidad el desarrollo integral, armónico y sostenible del país, mediante la separación de competencias y funciones, y el equilibrado ejercicio del poder por los tres niveles de gobierno, en bene fi cio de la población; Que, el proceso de transferencia de competencias sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales, de acuerdo con lo establecido en el artículo 83 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, se realiza a través de planes anuales de transferencia, los cuales son propuestos hasta el último día útil del mes de febrero de cada año; Que, con O fi cios Múltiples Nº D000019-2019- PCM/SD y Nº D0008-2021-PCM/SD, la Secretaría de Descentralización de la Presidencia del Consejo de Ministros solicita al Ministerio de Energía y Minas, en adelante MINEM, la elaboración del Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales para el año 2021, debiendo considerar para ello la “Guía de orientación para la formulación de los nuevos Planes Anuales de Transferencia Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales”; Que, por otra parte, el numeral 20.1 del artículo 20 del Decreto Supremo Nº 029-2018-PCM, que aprueba el