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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE MARZO DEL AÑO 2021 (03/03/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 23

23 NORMAS LEGALES Miércoles 3 de marzo de 2021 El Peruano / de administración de recursos con organizaciones internacionales, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 381-2015-EF; SE RESUELVE:Artículo 1.- Transferencia Financiera a favor del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo – PNUD Autorizar la Transferencia Financiera con cargo al Presupuesto Institucional del Pliego 038: Ministerio de la Producción, Unidad Ejecutora 001: Ministerio de la Producción, hasta por la suma de S/ 2 400 000,00 (DOS MILLONES CUATROCIENTOS MIL CON 00/100 SOLES) provenientes de la fuente de fi nanciamiento de Recursos Ordinarios por S/ 1 000 000,00 (UN MILLÓN CON 00/100 SOLES) y de la fuente de fi nanciamiento de Recursos Directamente Recaudados por S/ 1 400 000,00 (UN MILLÓN CUATROCIENTOS MIL CON 00/100 SOLES), a favor del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo – PNUD, destinado a fi nanciar la ejecución del Proyecto de Inversión “Mejoramiento del Servicio de Comercialización del Gran Mercado Belén - Iquitos, Provincia de Maynas, Departamento de Loreto” (Código 2274894), en el marco de lo dispuesto en la Sexagésima Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021. Artículo 2.- Financiamiento La transferencia fi nanciera autorizada en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, se atenderá con cargo al Presupuesto Institucional aprobado para el Año Fiscal 2021 del Pliego 038: Ministerio de la Producción, Unidad Ejecutora 001: Ministerio de la Producción, Fuente de Financiamiento 1. Recursos Ordinarios y 2. Recursos Directamente Recaudados, Categoría Presupuestal 9002: Asignaciones Presupuestarias que no resultan en Productos, Proyecto 2274894: Mejoramiento del Servicio de Comercialización del Gran Mercado de Belén - Iquitos, Provincia de Maynas, Departamento de Loreto, Genérica de Gasto 2.4 Donaciones y Transferencias, Especí fi ca de Gasto 2.4.2.2.1.99 A Otros Organismos Internacionales. Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la transferencia fi nanciera autorizada por el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Monitoreo, Seguimiento y Cumplimiento El Programa Nacional de Diversi fi cación Productiva, en el ámbito de su competencia, es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fi nes y metas para los cuales se realiza la Transferencia Financiera aprobada con la presente Resolución Ministerial. Artículo 5.- Publicación Dispóngase la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción (www.gob.pe/produce), el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ LUIS CHICOMA LÚCAR Ministro de la Producción 1931778-1 Designan Directora de la Dirección de Cambio Climático y Biodiversidad Pesquera y Acuícola RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 00069-2021-PRODUCE Lima, 1 de marzo de 2021CONSIDERANDO:Que, se encuentra vacante el cargo de Director/a de la Dirección de Cambio Climático y Biodiversidad Pesquera y Acuícola de la Dirección General de Asuntos Ambientales Pesqueros y Acuícolas del Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura del Ministerio de la Producción, siendo necesario designar a la persona que ejercerá el mismo; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Decreto Legislativo Nº 1047, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y modi fi catorias; y el Decreto Supremo Nº 002-2017-PRODUCE, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y modi fi catoria; SE RESUELVE:Artículo Único.- Designar a la señora SHARON DALE GONZALEZ en el cargo de Directora de la Dirección de Cambio Climático y Biodiversidad Pesquera y Acuícola de la Dirección General de Asuntos Ambientales Pesqueros y Acuícolas del Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura del Ministerio de la Producción. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ LUIS CHICOMA LÚCAR Ministro de la Producción 1931780-1 Disponen la publicación de proyecto de Directiva General para la gestión y desarrollo de PROCOMPITE en Gobiernos Regionales y Locales RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 00003-2021-PRODUCE/DGDE 2 de marzo de 2021 VISTOS: El Informe Nº 00000002-2021-PRODUCE/ DCI-jagreda y el Memorando Nº 00000224-2021-PRODUCE/DGDE de la Dirección General de Desarrollo Empresarial; el Memorando Nº 00000236-2021-PRODUCE/DVMYPE-I del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria; el Informe Nº 00000061-2021-PRODUCE/OPM y el Memorando Nº 00000215-2021-PRODUCE/OGPPM de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y el Informe Nº 00000110-2021-PRODUCE/OGAJ y el Memorando Nº 00000059-2021-PRODUCE/OGAJ de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo IV del Título Preliminar de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, referido al principio de participación y transparencia, señala que las personas tienen derecho a vigilar y participar en la gestión del Poder Ejecutivo, conforme a los procedimientos establecidos por la Ley. Para ello, las entidades del Poder Ejecutivo actúan de manera que las personas tengan acceso a la información, conforme a Ley; Que, el artículo 3 del Decreto Legislativo Nº 1047, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, establece que el Ministerio es competente, entre otras, en materia de pesquería, acuicultura, industria, micro y pequeña empresa, comercio interno, promoción y desarrollo de cooperativas; Que, los numerales 7.1 y 7.2 del artículo 7 del citado Decreto Legislativo, disponen que el Ministerio de la Producción, en el marco de sus competencias, cumple