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27 NORMAS LEGALES Miércoles 3 de marzo de 2021 El Peruano / exclusivamente a la adquisición, construcción en sitio propio o mejoramiento de una Vivienda de Interés Social (VIS); Que, asimismo, el artículo 2 de la citada Ley establece, entre otros, que los valores máximos de la VIS, se actualizan mediante Decreto Supremo refrendado por el/la Ministro/a de Vivienda, Construcción y Saneamiento y por el/la Ministro/a de Economía y Finanzas; Que, el artículo 2 del Decreto Supremo Nº 016-2017-VIVIENDA, señala que los valores de la VIS en la modalidad de aplicación de Adquisición de Vivienda Nueva (AVN), se actualizan por la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) de Lima Metropolitana anual, la cual se realiza en el siguiente año fi scal; dicha actualización es producto de la multiplicación de los valores de la vivienda del año anterior por la variación del IPC de Lima Metropolitana anual, con redondeo a la centena superior mediante Decreto Supremo refrendado por el/la Ministro/a de Vivienda, Construcción y Saneamiento y por el/la Ministro/a de Economía y Finanzas; Que, por Resolución Jefatural Nº 241-2020-INEI se aprueba, entre otros, el IPC de Lima Metropolitana correspondiente al mes de diciembre 2020, así como su variación porcentual mensual y acumulada; Que, de acuerdo al marco legal citado en los considerandos precedentes, la Dirección General de Programas y Proyectos en Vivienda y Urbanismo del MVCS propone y sustenta la actualización de los valores de la VIS en la modalidad de aplicación de AVN; De conformidad con lo establecido en el numeral 8) del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27829, Ley que crea el Bono Familiar Habitacional (BFH) y modi fi catorias; la Ley Nº 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por el Decreto Supremo Nº 010-2014-VIVIENDA modi fi cado por el Decreto Supremo Nº 006-2015-VIVIENDA; y, el Decreto Supremo Nº 016-2017-VIVIENDA, Actualización del valor máximo de la Vivienda de Interés Social, contenido en el artículo 2 de la Ley Nº 27829, Ley que crea el Bono Familiar Habitacional; DECRETA: Artículo 1.- Actualización de los valores máximos de la Vivienda de Interés Social Actualizar los valores máximos de la Vivienda de Interés Social (VIS) en la modalidad de aplicación de Adquisición de Vivienda Nueva, conforme al siguiente cuadro: Descripción de la VIS Valores máximos de la VIS (S/) Unifamiliar Hasta S/ 87,400Edifi cio Multifamiliar/ Conjunto Residencial/QuintaHasta S/ 109,200 Artículo 2.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y la Ministra de Vivienda, Construcción y Saneamiento. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima a los dos días del mes de marzo del año dos mil veintiuno. FRANCISCO RAFAEL SAGASTI HOCHHAUSLER Presidente de la República WALDO MENDOZA BELLIDO Ministro de Economía y Finanzas SOLANGEL FERNÁNDEZ HUANQUI Ministra de Vivienda, Construcción y Saneamiento 1931885-4ORGANISMOS EJECUTORES INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA CIVIL Designan Jefe de la Oficina General de Asesoría Jurídica del INDECI RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 049-2021-INDECI Lima, 2 de marzo de 2021 VISTOS: El Informe Nº 067-2021-INDECI/6.1, de fecha 02 de marzo de 2021, de la O fi cina General de Administración y la Hoja de Trámite Nº 04523-2021; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con la Ley Nº 29664, Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD), su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 048-2011-PCM y el Decreto Supremo Nº 002-2016-DE, el Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI), es un organismo público ejecutor, con calidad de pliego presupuestal, adscrito al Ministerio de Defensa, conformante del SINAGERD y responsable técnico de coordinar, facilitar y supervisar la formulación e implementación de la Política Nacional y el Plan Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres, en los procesos de preparación, respuesta y rehabilitación; Que, el artículo 3 de la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, establece que la designación de funcionarios en cargo de con fi anza distintos a los comprendidos en el Artículo 1 de esta Ley, se efectúa mediante Resolución Ministerial o del Titular de la Entidad correspondiente; Que, por Resolución Jefatural Nº 104-2017-INDECI de fecha 12 de junio de 2017, se cali fi caron los cargos de confi anza en el INDECI, correspondiendo tal cali fi cación al cargo de Jefe de la O fi cina General de Asesoría Jurídica del INDECI; Que, en consecuencia, al encontrarse vacante el cargo de Jefe de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, resulta pertinente designar al profesional que lo desempeñará; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27594 - Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, la Ley Nº 29664 - Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD) y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 048-2011-PCM; y el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI), aprobado por Decreto Supremo Nº 043-2013-PCM y su modi fi catoria; y con las visaciones del Secretario General y del Jefe de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar al señor EDGARDO ALDO ALVARADO CUETO, en el cargo de Jefe de la O fi cina General de Asesoría Jurídica del Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI, a partir de la fecha de publicación de la presente resolución. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano, así como la publicación en la página web e intranet del INDECI. Artículo 3.- Disponer que la Secretaría General registre la presente Resolución en el Archivo General Institucional y remita copia autenticada por fedatario al interesado, a la O fi cina de Recursos Humanos y a la O fi cina General de Tecnologías de la Información y Comunicaciones, para conocimiento y fi nes correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALFREDO ENRIQUE MURGUEYTIO ESPINOZA Jefe del Instituto Nacional de Defensa Civil 1931831-1