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108 NORMAS LEGALES Jueves 11 de marzo de 2021 / El Peruano literal c) del articulo 52º de la Ley Nº 30114 – Ley del Presupuesto del Sector Publico para el año 2014 y de las prohibiciones contenidas en la Ley Nº 28212. Conforme a lo establecido en la Primera Disposición Complementaria y Final del Decreto Supremo Nº 023-2014-EF, para determinar el ingreso de los funcionarios públicos de los gobiernos locales, el monto de Compensación Económica establecido en el Anexo del precitado Decreto Supremo, deberá ser aprobado mediante Acuerdo de Concejo Municipal, teniendo en cuenta el ingreso máximo mensual del Alcalde aprobado mediante Decreto Supremo Nº 025-2007-PCM, y contar con la disponibilidad presupuestaria. Que, después de aprobarse la remuneración del Alcalde de la Municipalidad Distrital de Umari, deberá someterse al Pleno la propuesta de remuneración del Gerente Municipal, cuyo monto es la suma de Cinco Mil Soles (S/. 5,000.00), monto que se adecua al mínimo establecido en el Anexo del Decreto Supremo Nº 023-2014. Que, en la estación de despacho en Sesión Ordinaria del Concejo Distrital de Umari de fecha 21 de diciembre del 2020 se dió lectura del Informe Nº 368-2020-MDU/GAF/RR.HH con asunto Compensación Económica del Gerente Municipal de la Municipalidad Distrital de Umari en el cual menciona que ha realizado el análisis del Decreto Supremo Nº 023-2014-E donde se aprueba los montos por conceptos de Compensaciones Económicas a Funcionarios Públicos, según tabla que adjunta: Compensación Economica Mínima Mensual S/. Compensación Economica Máxima Mensual S/.Funcionario Público de libre Designación y Remoción Ministros del Estado S/. 30,000.00 S/. 30,000.00 Vice Ministros S/. 28,000.00 S/. 28,000.00 Secretarios Generales de Ministerio S/. 25,0000.00 S/. 25,000.00 Aquellos Secretarios Generales que por ley tengan igual jerarquía S/. 15,000.00 S/. 25,000.00 Titulares y/o presidentes de los órganos colegiados de libre designación y remociónS/. 15,000.0 S/. 25,000.00 Adjunto de los Órganos colegiados de libre designación y remoción S/. 15,000.00 S/. 25,000.00 Miembros de los órganos colegiados de libre designación y remoción S/. 15,000.00 S/. 25,000.00 Gerente General del Gobierno Regional S/. 6,000.00 S/. 16,000.00 Gerente Municipal (alcalde percibe un ingreso menor que S/. 5000.00 según decreto supremo Nº 025-2007-PCM)S/. 800.00 S/. 5,000.00 Gerente Municipal (Alcalde percibe un ingreso entre S/. 5000 Y 10000 según Decreto Supremo Nº 025-2007-PCM)S/. 5,000.00 10,000.00 Gerente Municipal (Alcalde percibe un ingreso mayor que S/. 10,000.00, según decreto supremo Nº 025-2007-PCM)S/. 10,000.00 S/. 16,000.00 Asimismo el Proveído Nº 413-2020-GPP/MDU de la Gerencia de Plani fi cación y Presupuesto informa que si cuenta con disponibilidad presupuestal para la compensación económica. Por último la Opinión Legal Nº 18-2020-ALE/MDU/JBV luego de realizar el análisis de la norma (Decreto Supremo Nº 023-2014-E) concluye OPINIÓN FAVORABLE para la aprobación de la compensación económica para el puesto de Gerente Municipal y recomienda que una vez aprobada mediante Acuerdo de Concejo se realice su publicación. Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el numeral 25 del artículo 9º de la Ley Nº 27972- Ley Orgánica de las Municipalidades el Concejo Municipal con la dispensa de trámite de lectura y aprobación del acta, adoptó por UNANIMIDAD lo siguiente: ACUERDO: Artículo 1º.- APROBAR, la COMPENSACIÓN ECONÓMICA DEL GERENTE MUNICIPAL de la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE UMARI, la cual asciende a la suma de S/. 5,000.00 (Cinco Mil y 00/100 soles), monto que se adecua al mínimo establecido en el Anexo del Decreto Supremo Nº 023-2014-EF. Artículo 2º.- DEROGAR, toda norma que se aponga al presente Acuerdo de Concejo. Artículo 3º.- ENCARGAR, a todas las áreas competentes el cumplimiento del presente acuerdo de concejo. Artículo 4º.- ENCARGAR, a la Gerencia de Secretaria General la publicación del presente acuerdo de concejo. Regístrase, comuníquese y archívase.CAMILO V. CUEVA MEDINA Alcalde 1933375-1 REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos Constitucionales Autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) con o sin anexos, deberán ser remitidos al correo electrónico normaslegales@ editoraperu.com.pe. GERENCIA DE PUBLICACIONES OFICIALES