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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE MARZO DEL AÑO 2021 (13/03/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 156

TEXTO PAGINA: 154

154 NORMAS LEGALES Sábado 13 de marzo de 2021 / El Peruano Planeamiento Estratégico y Cooperación Técnica, considera necesario viabilizar la aprobación del Proyecto del Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana 2021 del CODISEC-SJM. Que, mediante Informe Nº 028-2021-SGPPI/GPP/ MDSJM, de fecha 18 de febrero de 2021, la Subgerencia de Presupuesto y Programación de Inversiones emite opinión favorable en materia presupuestal al Proyecto de Plan Distrital de Seguridad Ciudadana 2021 del CODISEC-SJM. Que, mediante Memorándum Nº 074-2021-GPP/MDSJM de fecha 18 de febrero de 2021, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, traslada ambos informes antes mencionados en todos sus extremos a la Gerencia de Asesoría Jurídica. Que, mediante Informe Nº 075-2021-GAJ/MDSJM de fecha 22 de febrero de 2021, la Gerencia de Asesoría Jurídica emite opinión legal FAVORABLE para que mediante Ordenanza, se apruebe el Proyecto de “Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana 2021 del CODISEC-SJM”. Estando a los fundamentos expuestos y en uso de las facultades conferidas por el numeral 8) del Artículo 9° y el numeral 5) del Artículo 20º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta y con cargo a redacción, el Concejo Municipal aprobó por UNANIMIDAD la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL PLAN DE ACCIÓN DISTRITAL DE SEGURIDAD CIUDADANA DEL COMITÉ DISTRITAL DE SEGURIDAD CIUDADANA DEL DISTRITO DE SAN JUAN DE MIRAFLORES 2021 Artículo Primero.- APROBAR el Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana del Distrito de San Juan de Mira fl ores 2021, aprobado por el Comité Distrital de Seguridad Ciudadana de San Juan de Mira fl ores (CODISEC - SJM), el mismo que como Anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Seguridad Ciudadana y Vial, Secretaría Técnica del Consejo Distrital de Seguridad Ciudadana (CODISEC - SJM), Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, el cumplimiento y monitoreo de la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- ENCARGAR, a la Gerencia de Seguridad Ciudadana y Vial, en su condición de Secretario Técnico del CODISEC-SJM, remitir copia certi fi cada de la presente Ordenanza a la Secretaría Técnica del Comité Regional de Seguridad Ciudadana de Lima Metropolitana en el plazo de 5 días hábiles posteriores a su aprobación. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación de la presente Ordenanza en el Diario O fi cial “El Peruano”, la cual regirá a partir del día siguiente de su publicación. El anexo que forma parte integrante de la presente norma será publicado en el portal web de la entidad (www.munisjm.gob.pe) y en los portales que corresponda. Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Subgerencia de Tecnologías de la Información y Soporte Informático la publicación de la presente Ordenanza en el portal web institucional (www.munisjm.gob.pe), en el Portal del Servicio al Ciudadano y Empresas (www.serviciosalciudadano.gob.pe) y en el portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) en la misma fecha de la publicación o fi cial. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.MARÍA CRISTINA NINA GARNICA Alcaldesa 1934526-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DE BELLAVISTA FE DE ERRATAS DECRETO DE ALCALDÍA N° 001-2021-MDB Mediante O fi cio N° 005-2021/MDB-SG, la Municipalidad Distrital de Bellavista solicita se publique Fe de Erratas del Decreto de Alcaldía N° 001-2021-MDB, publicado en la edición del día 2 de marzo de 2021. DICE: Artículo Primero.- AMPLIAR la vigencia de la Ordenanza Nº 012-2020-MDB, por noventa (90) días calendario adicionales a su fecha de vencimiento, hasta el 14 de marzo de 2021. (...) DEBE DECIR:Artículo Primero.- AMPLIAR la vigencia de la Ordenanza Nº 012-2020-MDB, por noventa (90) días calendario adicionales a su fecha de vencimiento, hasta el 14 de mayo de 2021. (...) 1934606-1 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CUSCO Aprueban la modificación del Plan Operativo Institucional (POI) 2021 de la Municipalidad Provincial del Cusco RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA N° 099-2021-MPC Cusco, veintidós de febrero del dos mil veintiunoEL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CUSCO VISTO: El Informe Nº 08-2021-MPC-OGPPI-OPL emitido por el Director de la O fi cina de Planeamiento; el Informe Nº 22-2021-MPC-OGPPI-OP emitido por el Director de la O fi cina de Presupuesto; el Informe Nº 09-2021-MPC-OGPPI emitido por el Director de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto e Inversiones; el Informe Nº 060-2021-OGAJ/MPC emitido por el Director de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, sobre la modi fi cación del Plan Operativo Institucional 2021, y; CONSIDERANDO: Que, la norma del artículo 194 de la Constitución Política del Perú, modi fi cada por Ley Nº 30305 - Ley de reforma de los artículos 191, 194 y 203 de la Constitución Política del Perú, señala: “Las municipalidades provinciales y distritales son Órganos de Gobierno Local. Tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. (…)”; lo que debe ser concordado con lo dispuesto por el Articulo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, el que prescribe que “Los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia”. En este entender, la autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, la Municipalidad Provincial del Cusco, es un órgano de gobierno local, emanado de la voluntad popular, con personería jurídica de derecho público, con autonomía económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Los Gobiernos Locales son entidades, básicas de la organización territorial del Estado y canales inmediatos de participación vecinal en los asuntos públicos, que institucionalizan y gestionan con autonomía los intereses propios de las correspondientes colectividades; siendo elementos esenciales del gobierno local, el territorio, la población y la organización, promoviendo el desarrollo integral, para viabilizar el crecimiento económico, la justicia social y la sostenibilidad ambiental;