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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE MARZO DEL AÑO 2021 (13/03/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 156

TEXTO PAGINA: 17

17 NORMAS LEGALES Sábado 13 de marzo de 2021 El Peruano / Artículo 15.- Evaluación y resolución del expediente 15.1 La AAA realizar la evaluación del expediente y desarrolla las siguientes acciones: a) De presentarse la solicitud en su sede, traslada el expediente a la ALA para la instrucción señalada en el Artículo 14.- de la presente resolución. b) Recibido de la ALA el expediente en físico y/o a través del aplicativo MIDARH, evalúa la disponibilidad hídrica super fi cial o subterránea, sin exigir la presentación de estudios al administrado. c) Elabora el informe técnico sobre el derecho de licencia de uso de agua solicitado, que contenga la disponibilidad hídrica acreditada, a través del aplicativo MIDARH que sustente el acto resolutivo correspondiente; y, en el supuesto indicado en el literal g), h) y i) del Artículo 14.- de la presente resolución, se deniega lo peticionado. d) Emite la resolución directoral a través del aplicativo MIDARH.e) Los usos del agua proveniente de la explotación de pozos de acuífero salinizados por distintos motivos, el derecho se otorga por el “Uso de agua desalinizada”. Artículo 16.- Formatos requeridos para el procedimiento de Formalización de uso de agua 16.1 Únicamente serán considerados para el procedimiento de Formalización de uso de agua los formatos siguientes:a) Formato N° 01, solicitud de inicio de trámite. b) Formato N° 02, acreditación de disponibilidad hídrica super fi cial y de obras existentes para el aprovechamiento hídrico. c) Formato N° 03, acreditación de disponibilidad hídrica subterránea y de obras existentes para el aprovechamiento hídrico. d) Formato N° 04, obras de aprovechamiento hídrico de agua desalinizada de mar y agua de mar.e) Formato N° 05, acta de inspección ocular.16.2 La información contenida en los Formatos N° 02, 03 y 04, tienen naturaleza de declaración jurada y están sujetos a las responsabilidades correspondientes. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES Primera.- Oposiciones Las oposiciones presentadas por terceras personas, se trasladan al administrado para su absolución otorgando un plazo de cinco (05) días hábiles. La oposición es incorporada al expediente para su evaluación y resolución correspondiente por la AAA. Segunda.- Sistemas de medición para pozos Para el sistema de medición de los caudales de agua extraídos de pozos, se considerará las características de la tabla siguiente: Acuífero Tipo de Uso Tipo de pozoSistema de medición CaudalímetroMétodo volumétricoMétodo fl otadorMétodo regla escuadraEn equilibrio y sub explotadosPoblacionalPrestadoras de servicios de saneamiento mayor a 5,000 habitantesTodo tipo de pozo X Actividad productiva agrario (pecuario y agrícola)Caudales menores a 20 litros por segundoTubular X Tubular (d<8 pulgadas X X XTajo abierto X X X XMixto X X X XPozo cocha (excavación a la Napa)XX X Caudales mayores a 20 litros por segundoTodo tipo de pozo X Actividad productiva energético industrial, medicinal, minero, recreativo turístico, de transporteTodo tipo de pozo X Otros usos productivosCaudales menores a 20 litros por segundoTodo tipo de pozo X X X Caudales mayores a 20 litros por segundoTodo tipo de pozo X DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA TRANSITORIA Única.- Procedimientos en trámite La solicitud de otorgamiento de licencia de uso de agua en el marco de la formalización prevista en el Decreto Supremo N° 010-2020-MINAGRI, es considerada como desistimiento en caso se encuentre en trámite ante la AAA o ALA, un procedimiento de otorgamiento de derecho de uso de agua, el mismo que deberá ser archivado. Regístrese, comuníquese y publíquese. ROBERTO SALAZAR GONZALES JefeAutoridad Nacional del Agua