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24 NORMAS LEGALES Sábado 13 de marzo de 2021 / El Peruano 2 de la Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 31084; adjuntando, para dicho efecto, los Informes Nº 000127-2021/IN/OGPP/OP y Nº 00102-2021-MINDEF/VRD-DGPP-DIPP, de la O fi cina de Presupuesto de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio del Interior y de la Dirección de Planeamiento y Presupuesto de la Dirección General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Defensa, respectivamente, con los sustentos respectivos; Que, mediante Memorando Nº 0178-2021-EF/53.05, que adjunta el Informe Nº 0219-2021-EF/53.05, la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos emite la opinión técnica correspondiente e informa el dé fi cit mensualizado que implica el pago de las obligaciones previsionales a cargo de la Caja de Pensiones Militar Policial, para el Año Fiscal 2021; Que, en consecuencia, corresponde autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, hasta por la suma de S/ 638 930 254,00 (SEISCIENTOS TREINTA Y OCHO MILLONES NOVECIENTOS TREINTA MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO Y 00/100 SOLES), correspondiendo la suma de S/ 371 894 019,00 (TRESCIENTOS SETENTA Y UN MILLONES OCHOCIENTOS NOVENTA Y CUATRO MIL DIECINUEVE Y 00/100 SOLES) al Ministerio del Interior y la suma de S/ 267 036 235,00 (DOSCIENTOS SESENTA Y SIETE MILLONES TREINTA Y SEIS MIL DOSCIENTOS TREINTA Y CINCO Y 00/100 SOLES) al Ministerio de Defensa, para fi nanciar lo señalado en los considerandos precedentes; De conformidad con lo establecido en el numeral 2 de la Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021; y, en los artículos 53 y 54 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; DECRETA:Artículo 1. Objeto Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, hasta por la suma de S/ 638 930 254,00 (SEISCIENTOS TREINTA Y OCHO MILLONES NOVECIENTOS TREINTA MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO Y 00/100 SOLES), a favor del Ministerio del Interior y del Ministerio de Defensa, para fi nanciar las transferencias fi nancieras que dichos pliegos deben efectuar a favor de la Caja de Pensiones Militar Policial para ser destinados exclusivamente al fi nanciamiento del pago de las obligaciones previsionales a cargo de la citada Caja de Pensiones, con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, de acuerdo al siguiente detalle: DE LA: En Soles SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 009 : Ministerio de Economía y FinanzasUNIDAD EJECUTORA 001 : Administración GeneralCATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9002 : Asignaciones Presupuestarias que no Resultan en Productos ACTIVIDAD 5000415 : Administración del Proceso Presupuestario del Sector Público FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.0 Reserva de Contingencia 638 930 254,00 --------------------- TOTAL EGRESOS 638 930 254,00 ============ A LA: En SolesSECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 007 : Ministerio del InteriorUNIDAD EJECUTORA 001 : O fi cina General de Administración CATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9002 : Asignaciones Presupuestarias que no Resultan en ProductosPRODUCTO 3999999 : Sin Producto ACTIVIDAD 5000991 : Obligaciones PrevisionalesFUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.5 Otros Gastos 371 894 019,00 --------------------- TOTAL PLIEGO 007 371 894 019,00 ============ PLIEGO 026 : Ministerio de Defensa UNIDAD EJECUTORA 009 : O fi cina Previsional de las Fuerzas Armadas CATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9002 : Asignaciones Presupuestarias que no Resultan en Productos PRODUCTO 3999999 : Sin ProductoACTIVIDAD 5000991 : Obligaciones PrevisionalesFUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.5 Otros Gastos 267 036 235,00 --------------------- TOTAL PLIEGO 026 267 036 235,00 ============ TOTAL EGRESOS 638 930 254,00 ============ Artículo 2. Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1. Los Titulares de los pliegos habilitados en la presente Transferencia de Partidas, aprueban, mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1 del presente Decreto Supremo, a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia de la presente norma. Copia de la Resolución se remite dentro de los cinco (05) días calendario de aprobada a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público. 2.2. La O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados, solicita a la Dirección General de Presupuesto Público las codi fi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3. La O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados instruyen a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes “Notas para Modi fi cación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 3. Limitación al uso de los recursos3.1. Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el artículo 1 del presente Decreto Supremo no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. 3.2. El Ministerio del Interior y el Ministerio de Defensa son responsables de la veri fi cación y seguimiento del cumplimiento de la fi nalidad para la cual son transferidos los recursos, de conformidad con lo establecido en el numeral 3 de la Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021. Artículo 4. Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los doce días del mes de marzo del año dos mil veintiuno. FRANCISCO RAFAEL SAGASTI HOCHHAUSLER Presidente de la República WALDO MENDOZA BELLIDO Ministro de Economía y Finanzas 1934861-2