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26 NORMAS LEGALES Sábado 13 de marzo de 2021 / El Peruano Presupuesto Institucional de Apertura 2021 de los Pliegos de los Gobiernos Regionales y Unidades Ejecutoras de Educación de Lima Metropolitana; Que, asimismo, con Informe Nº 00316-2021-MINEDU/ SG-OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica opina que la aprobación del precitado documento normativo referido resulta legalmente viable, sugiriendo proseguir el trámite correspondiente para su aprobación; Que, de acuerdo al literal a) del numeral 1.1 del artículo 1 de la Resolución Ministerial Nº 571-2020-MINEDU, se delega en la Viceministra de Gestión Pedagógica del Ministerio de Educación, entre otras facultades y atribuciones, la de emitir y aprobar los actos resolutivos que aprueban, modi fi can o dejan sin efecto los Documentos Normativos del Ministerio de Educación en el ámbito de su competencia conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modi fi cada por la Ley Nº 26510; en la Ley Nº 30328, Ley que establece medidas en materia educativa y dicta otras disposiciones; en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU; y, en virtud de las facultades delegadas mediante Resolución Ministerial Nº 571-2020-MINEDU; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar el documento normativo denominado “Disposiciones que regulan la contratación de Técnicos Deportivos en Instituciones Educativas Públicas de los Niveles de Educación Primaria y Secundaria de la Educación Básica Regular para la implementación de los Talleres Deportivos–Recreativos”, la misma que, como anexo, forma parte de la presente resolución. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente resolución y sus anexos, en el Sistema de Información Jurídica de Educación (SIJE), ubicado en el portal institucional del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu), el mismo día de la publicación de la presente resolución en el diario o fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.KILLA SUMAC SUSANA MIRANDA TRONCOS Viceministra de Gestión Pedagógica 1934469-1 ENERGIA Y MINAS Disponen la publicación en el portal institucional del Ministerio del proyecto de “Resolución Directoral que modifica el numeral 5.4.10 de la Norma Técnica de Coordinación de la Operación en Tiempo Real de los Sistemas Interconectados”, y su Exposición de Motivos RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 054-2021-MINEM/DM Lima, 11 de marzo de 2021 VISTOS: El Informe N° 023-2020/MINEM-DGE-DNE de la Dirección General de Electricidad, y el Informe N° 074-2021-MINEM/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO:Que, el artículo 6 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por Decreto Supremo N° 031-2007-EM, establece entre las funciones rectoras de esta entidad la de dictar normas y lineamientos técnicos para la adecuada ejecución y supervisión de las políticas para la gestión de los recursos energéticos y mineros. Que, los artículos 63 y 64 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas citado en el considerando que antecede, señala que la Dirección General de Electricidad es el órgano de línea encargado de participar en la formulación de la política energética en el ámbito del Subsector Electricidad; proponer y/o expedir, según sea el caso, la normatividad necesaria del Subsector Electricidad; promover el desarrollo de las actividades de generación, transmisión, distribución y comercialización de energía eléctrica; mantener actualizado el Código Nacional de Electricidad y las normas y reglamentos técnicos de la Dirección General de Electricidad; participar en la elaboración de normas técnicas, relacionadas con el Subsector Electricidad, promoviendo el desarrollo sostenible; entre otros; Que, la Norma Técnica para la Coordinación de la Operación en Tiempo Real de los Sistemas Interconectados, aprobada mediante la Resolución Directoral N° 014-2005-DGE, y modi fi cada mediante Resolución Directoral N° 0136-2018-MEM/DGE, tiene como objetivo establecer las obligaciones del Coordinador de la Operación en Tiempo Real de los Sistemas Interconectados y de los Integrantes del mismo, con relación a los procedimientos de operación en tiempo real de dichos Sistemas; Que, el numeral 1 del artículo 14 del Reglamento que establece disposiciones relativas a la Publicidad, Publicación de Proyectos Normativos y Difusión de Normas Legales de Carácter General, aprobado mediante Decreto Supremo N° 001-2009-JUS, señala que las entidades dispondrán la publicación de los proyectos de normas de carácter general que sean de su competencia, en el Diario O fi cial “El Peruano”, en sus portales electrónicos o mediante cualquier otro medio, en un plazo no menor de treinta (30) días antes de la fecha prevista para su entrada en vigencia, salvo casos excepcionales, con la fi nalidad de permitir que las personas interesadas formulen comentarios sobre las medidas propuestas; Que, de acuerdo a los informes de vistos, como resultado del proceso de mejora del marco normativo del subsector electricidad, se sustenta la necesidad de disponer la publicación del proyecto de “Resolución Directoral que modi fi ca el numeral 5.4.10 de la Norma Técnica de Coordinación de la Operación en Tiempo Real de los Sistemas Interconectados”, así como de su Exposición de Motivos en el Portal Institucional del Ministerio de Energía y Minas, por un plazo de treinta (30) días calendario, a fi n de que las entidades públicas, privadas y la ciudadanía en general alcancen sus opiniones, comentarios y/o sugerencias; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas; el Decreto Supremo N° 031-2007-EM y sus modi fi catorias, que prueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas; y el Decreto Supremo N° 001-2009-JUS, que aprueba el Reglamento que establece disposiciones relativas a la Publicidad, Publicación de Proyectos Normativos y Difusión de Normas Legales de Carácter General; SE RESUELVE:Artículo 1.- Publicación del proyecto normativo Dispóngase la publicación del proyecto de “Resolución Directoral que modi fi ca el numeral 5.4.10 de la Norma Técnica de Coordinación de la Operación en Tiempo Real de los Sistemas Interconectados”, así como de su Exposición de Motivos, en el Portal Institucional del Ministerio de Energía y Minas (www.qob.pe/minem), el mismo día de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario O fi cial El Peruano, a efectos de recibir los comentarios y/o aportes de la ciudadanía por el plazo de treinta (30) días calendario, contado a partir del día siguiente de su publicación. Artículo 2.- Mecanismo de participación Las opiniones, comentarios y/o sugerencias sobre el proyecto normativo a que se re fi ere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, deben ser remitidas por vía electrónica, con atención a la Dirección General de Electricidad, a la siguiente dirección de correo electrónico: Prepublicaciones_DGE@minem.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese.JAIME GALVEZ DELGADO Ministro de Energía y Minas 1934334-1