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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE MARZO DEL AÑO 2021 (14/03/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 132

TEXTO PAGINA: 97

97 NORMAS LEGALES Domingo 14 de marzo de 2021 El Peruano / De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29792, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social y, su Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 094-2020-MIDIS; SE RESUELVE:Artículo 1.- Modi fi car el artículo 1 de la Resolución Ministerial N° 027-2017-MIDIS, que designa al Grupo de Comando para la Gestión de la Continuidad Operativa del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, el cual quedará conformado por: - Un/a representante de la Alta Dirección, quien lo preside. - Un/a representante de las Direcciones Ejecutivas de los Programas Nacionales Adscritos. - Un/a representante de la Dirección General de Focalización e Información Social - Un/a representante de la Dirección General de Diseño y Articulación de las Prestaciones Sociales. - Un/a representante de la O fi cina General de Administración. - Un/a representante de la O fi cina General de Recursos Humanos. - Un/a representante de la O fi cina General de Tecnología de la Información. - Un/a representante de la O fi cina General de Comunicación Estratégica. - Un/a representante de la O fi cina de Atención al Ciudadano y Gestión Documental. - Un/a representante de la O fi cina de Seguridad y Defensa Nacional, como Secretaría Técnica. Artículo 2.- El Grupo de Comando designado en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial desempeña sus funciones en el marco de los Lineamientos para la Gestión de la Continuidad Operativa de las entidades públicas en los tres niveles de Gobierno, aprobados por Resolución Ministerial N° 028-2015-PCM. Artículo 3.- Notifi car la presente resolución a las unidades de organización del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social y programas nacionales adscritos, con la fi nalidad de designar a su representante, en un plazo máximo de cuarenta (40) días hábiles, a partir de la publicación de la presente Resolución Ministerial. Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Portal Institucional del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (www.gob.pe/midis), en la misma fecha de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. SILVANA EUGENIA VARGAS WINSTANLEY Ministra de Desarrollo e Inclusión Social 1934866-1 ENERGIA Y MINAS Otorgan concesión definitiva a favor de ENGIE ENERGÍA PERÚ S.A. para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica con Recursos Energéticos Renovables en el proyecto “Central Eólica Punta Lomitas”, ubicada en el departamento de Ica RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 053-2021-MINEM/DM Lima, 9 de marzo de 2021VISTOS: El Expediente Nº 17392820, sobre la solicitud de otorgamiento de concesión de fi nitiva para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica con Recursos Energéticos Renovables en el proyecto “Central Eólica Punta Lomitas”, presentada por ENGIE ENERGÍA PERÚ S.A.; y los Informes Nº 126-2021-MINEM/DGE-DCE, y Nº 141-2021-MINEM/OGAJ, elaborados por la Dirección General de Electricidad y la O fi cina General de Asesoría Jurídica, respectivamente; CONSIDERANDO:Que, mediante documento con Registro Nº 3054534, de fecha 23 de julio de 2020, ENGIE ENERGÍA PERÚ S.A. solicita el otorgamiento de la concesión de fi nitiva para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica con Recursos Energéticos Renovables en el proyecto “Central Eólica Punta Lomitas”, con una potencia instalada de 260 MW, ubicada en el distrito de Ocucaje, provincia y departamento de Ica; Que, conforme a los Informes de Vistos, la Dirección General de Electricidad y la O fi cina General de Asesoría Jurídica, de acuerdo a sus competencias, han veri fi cado que la solicitud de ENGIE ENERGÍA PERÚ S.A. cumple con los requisitos establecidos en el Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas; y en su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-93-EM; por lo que recomiendan otorgar a ENGIE ENERGÍA PERÚ S.A. la concesión de fi nitiva para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica con Recursos Energéticos Renovables en el proyecto “Central Eólica Punta Lomitas”; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas; su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-93-EM; la Ley Nº 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado con Decreto Supremo Nº 031-2007-EM y sus modi fi catorias; y, el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Energía y Minas, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 038-2014-EM y sus modi fi catorias; SE RESUELVE:Artículo 1.- Otorgar a favor de ENGIE ENERGÍA PERÚ S.A. la concesión de fi nitiva para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica con Recursos Energéticos Renovables en el proyecto “Central Eólica Punta Lomitas”, con una potencia instalada de 260 MW, ubicada en el distrito Ocucaje, provincia y departamento de Ica, en los términos y condiciones indicados en la presente Resolución Ministerial y los que se detallan en el Contrato de Concesión que se aprueba en el artículo 2 de la presente Resolución. Artículo 2.- Aprobar el Contrato de Concesión Nº 564- 2021 a suscribirse entre ENGIE ENERGÍA PERÚ S.A. y el Ministerio de Energía y Minas, el cual consta de 19 cláusulas y 4 anexos. Artículo 3.- Autorizar al Director General de Electricidad, o quien haga sus veces, a suscribir en representación del Estado, el Contrato de Concesión aprobado en el artículo que antecede, así como la Escritura Pública correspondiente. Artículo 4.- Insertar el texto de la presente Resolución Ministerial en la Escritura Pública que dé origen al indicado Contrato de Concesión Nº 564-2021, referido en el artículo 2 de la presente Resolución, en cumplimiento del artículo 56 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas. Artículo 5.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial por una sola vez en el diario o fi cial El Peruano dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a su expedición, por cuenta de ENGIE ENERGÍA PERÚ S.A., de acuerdo a lo previsto en el artículo 54 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas. Regístrese, comuníquese y publíquese.JAIME GÁLVEZ DELGADO Ministro de Energía y Minas 1933762-1