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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE MARZO DEL AÑO 2021 (18/03/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 108

TEXTO PAGINA: 90

90 NORMAS LEGALES Jueves 18 de marzo de 2021 / El Peruano OFICINA NACIONAL DE PROCESOS ELECTORALES Aprueban el Plan Operativo Institucional 2021 RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 000070-2021-JN/ONPE Lima, 17 de marzo del 2021VISTOS: El Informe N.º 000037-2021-GG/ONPE, de la Gerencia General; el Informe N.º 000064-2021-GPP/ONPE, de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto; el Informe N.° 000391-2021-SGPL-GPP/ONPE, de la Subgerencia de Presupuesto, de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto; el Informe N.º 000143-2021-GAJ/ONPE, de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Mediante Decreto Legislativo N.° 1088, Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico, se creó el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico (CEPLAN), como órgano rector y orientador del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico (SINAPLAN); El numeral 13.3 del artículo 13 del Decreto Legislativo N.° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, entre otros, señala que el Presupuesto del Sector Público tiene como fi nalidad el logro de resultados a favor de la población y del entorno, así como mejorar la equidad en observancia a la sostenibilidad y responsabilidad fi scal conforme a la normativa vigente, y se articula con los instrumentos del SINAPLAN; Con Resolución Jefatural N.° 000462-2020-JN/ONPE se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura correspondiente al Año Fiscal 2021 del Pliego 032: Ofi cina Nacional de Procesos Electorales (ONPE), de conformidad con lo dispuesto en la Ley N.° 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021; Con Resolución Jefatural N.° 000470-2020-JN/ ONPE se aprueba el Plan Operativo Institucional 2021, modi fi cado Versión 01, de la O fi cina Nacional de Procesos Electorales; En relación a lo anterior, el CEPLAN emitió la “Guía para el Planeamiento Institucional”, aprobada con Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N.° 033-2017-CEPLAN/PCD, la cual tiene por objetivo establecer las pautas para el planeamiento institucional que comprende la política y los planes que permiten la elaboración o modi fi cación del Plan Estratégico-PEI y del Plan Operativo Institucional-POI, en el marco del ciclo de planeamiento estratégico para la mejora continua; Por su parte, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto a través del Informe N.° 000064-2021-GPP/ONPE, en el marco sus función acotada en el literal b) del artículo 39 del Reglamento de Organización y Funciones de la O fi cina Nacional de Procesos Electorales, aprobado mediante la Resolución Jefatural N.° 063-2014-J/ONPE y sus modi fi catorias, sustenta y propone la aprobación del Plan Operativo Institucional 2021, modi fi cado Versión 02, la misma que fue aceptada por la Gerencia General, mediante el Informe N.° 000037-2021-GG/ONPE; Conforme al marco legal vigente, resulta necesaria la aprobación del Plan Operativo Institucional 2021, modi fi cado Versión 02, de la O fi cina Nacional de Procesos Electorales; De conformidad con las normativa antes citada y el literal g) del artículo 5 y el artículo 13 de la Ley N.° 26487, Ley Orgánica de la O fi cina Nacional de Procesos Electorales, así como en el literal s) y t) del artículo 11 del Reglamento de Organización y Funciones de la ONPE, aprobado por Resolución Jefatural N.° 063-2014-J/ONPE y sus modi fi catorias;Con el visado de la Gerencia General, Secretaría General, Gerencia de Asesoría Jurídica y Gerencia de Planeamiento y Presupuesto; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Apruébese el Plan Operativo Institucional 2021, modi fi cado Versión 02, del Pliego 032: Ofi cina Nacional de Procesos Electorales, que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo Segundo.- Disponer que el cumplimiento del plan antes citado sea responsabilidad de todos los órganos de la entidad, debiendo formular la evaluación correspondiente en los plazos y forma que establece la normativa vigente. Artículo Tercero.- Encargar a la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto efectuar el registro del instrumento de gestión aprobado en la presente Resolución, en el aplicativo CEPLAN V.01; así como, el seguimiento y evaluación del cumplimiento del mismo. Artículo Cuarto.- Disponer que la presente Resolución Jefatural se publique en el diario o fi cial “El Peruano”; asimismo, que dicha resolución y el Plan Operativo Institucional que aprueba se publiquen en el Portal Institucional de la O fi cina Nacional de Procesos Electorales (www.onpe.gob.pe) y en la Plataforma Digital del Estado Peruano para Orientación al Ciudadano (www.gob.pe), el mismo día de su publicación en el diario o fi cial. Regístrese, comuníquese y publíquese.PIERO ALESSANDRO CORVETTO SALINAS Jefe 1935978-1 SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Autorizan inscripción de Arca Corredores de Seguros S.A.C. en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Empresas de Reaseguros del Exterior y Actividades de Seguros Transfronterizas RESOLUCIÓN SBS Nº 00676-2021 Lima, 8 de marzo de 2021EL SECRETARIO GENERALVISTA:La solicitud presentada por el señor José Gabriel Ayesta De La Piedra para que se autorice la inscripción de la empresa ARCA CORREDORES DE SEGUROS S.A.C. en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Empresas de Reaseguros del Exterior y Actividades de Seguros Transfronterizas (Registro): Sección III: De los Corredores de Seguros B: Personas Jurídicas, numeral 3 Corredores de Seguros Generales y de Personas; y, CONSIDERANDO: Que, el Reglamento del Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Empresas de Reaseguros del Exterior y Actividades de Seguros Transfronterizas, aprobado por Resolución S.B.S. Nº 808-2019, establece los requisitos formales para la inscripción de las Empresas Corredoras de Seguros en el Registro respectivo;