Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE MARZO DEL AÑO 2021 (19/03/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 7

7 NORMAS LEGALES Viernes 19 de marzo de 2021 El Peruano / CUL TURA Modifican la R.M. N° 000001-2021-DM/MC, respecto a la delegación de facultades y atribuciones en diversos funcionarios del Ministerio de Cultura durante el Ejercicio Fiscal 2021 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 000060-2021-DM/MC San Borja, 17 de marzo del 2021VISTOS; el O fi cio Nº 000189-2021-DE-PEB/MC de la Dirección Ejecutiva del Proyecto Especial Bicentenario de la Independencia del Perú; el Informe Nº 000266-2021-OGAJ/MC y la Hoja de Elevación Nº 000118-2021-OGAJ/MC de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, por la Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y su modi fi catoria, se crea el Ministerio de Cultura, como organismo del Poder Ejecutivo con personería jurídica de derecho público, estableciéndose las áreas programáticas de acción sobre las cuales ejerce sus competencias y atribuciones para el logro de los objetivos y metas del Estado; Que, el artículo 25 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, dispone en su último párrafo que los Ministros de Estado pueden delegar en los funcionarios de su cartera ministerial, las facultades y atribuciones que no sean privativas a su función, siempre que la normatividad lo autorice; Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 000001- 2021-DM/MC, modi fi cada por la Resolución Ministerial Nº 000010-2021-DM/MC, se delega facultades y atribuciones en diversos funcionarios del Ministerio de Cultura durante el Ejercicio Fiscal 2021; Que, a través del Decreto Supremo Nº 004-2018- MC, se crea el Proyecto Especial Bicentenario de la Independencia del Perú, con el objeto de formular la Agenda de Conmemoración del Bicentenario de la Independencia del Perú y para ejecutar, articular y dar seguimiento a las acciones requeridas para dicha conmemoración, con alto valor simbólico para el ejercicio de una ciudadanía democrática y de fortalecimiento de la identidad nacional; Que, con el Decreto Supremo Nº 016-2020-MC, se aprueba el cambio de dependencia del Proyecto Especial Bicentenario de la Independencia del Perú, de la Presidencia del Consejo de Ministros al Ministerio de Cultura; Que, conforme al literal c) del artículo 2 del Decreto Supremo Nº 004-2018-MC, entre las funciones del citado Proyecto se encuentra “ diseñar e implementar la estrategia de comunicación y difusión de la Agenda de Conmemoración del Bicentenario de la Independencia del Perú”; Que, mediante el O fi cio Nº 000189-2021-DE-PEB/MC, el referido Proyecto remite el Informe Nº 000034-2021-DE-UAJ-PEB/MC, por el cual propone la modi fi cación de la Resolución Ministerial Nº 000001-2021-DM/MC, modi fi cada por la Resolución Ministerial Nº 000010-2021- DM/MC, a fi n que se le delegue la facultad para suscribir los contratos, convenios y/o autorizaciones a través de las cuales el Ministerio de Cultura otorgue las licencias, derechos y autorizaciones de uso sobre la marca BICENTENARIO PERÚ 2021 y logotipo, con certi fi cado Nº S00113533, durante el Ejercicio Fiscal 2021; Que, a fi n de agilizar la gestión administrativa de la entidad, a través de la desconcentración de facultades, se estima por conveniente modi fi car la Resolución Ministerial Nº 000001-2021-DM/MC, modi fi cada por la Resolución Ministerial Nº 000010-2021-DM/MC; Con las visaciones de la Directora Ejecutiva del Proyecto Especial Bicentenario de la Independencia del Organismo Supervisor de las Contrataciones de Estado COMUNICADO N° 002-2021-OSCE USO OBLIGATORIO DE FORMULARIOS ELECTRÓNICOS PARA LA ELABORACIÓN DE BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA PARA LA EJECUCIÓN DE OBRAS El Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE) pone en conocimiento de las entidades que se encuentran bajo el ámbito de aplicación de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, y de los proveedores del Estado, lo siguiente: 1. Mediante Resolución Nº 045-2021-OSCE/PRE se ha formalizado la modi fi cación de la Directiva N° 010- 2020-OSCE/CD que regula las “Bases y Solicitud de Expresión de Interés Estándar Electrónicas para los procedimientos de selección a convocar en el marco de la Ley Nº 30225”. 2. De acuerdo con el numeral IX de la referida Directiva, el OSCE publica y difunde mediante comunicado la relación de entidades obligadas a usar las Bases Estándar Electrónicas, así como la fecha desde la cual rige tal obligación. 3. En ese sentido, el OSCE informa que, a partir del 5 de abril del 2021, las entidades indicadas en el listado que está disponible en el siguiente enlace del portal web del OSCE: http://bit.ly/38YcTVM deben utilizar los formularios electrónicos implementados en el Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado (SEACE) para elaborar las bases de las licitaciones públicas para la ejecución de obras que se convoquen a partir de tal fecha. Para cualquier consulta, comunicarse a los teléfonos (01) 613 5555 y/o (01) 614 3636; o al correo electrónico: consultas@osce.gob.pe Jesús María, 19 de marzo de 2021 DIRECCIÓN TÉCNICO NORMATIVA ORGANISMO SUPERVISOR DE LAS CONTRATACIONES DEL ESTADO 1936493-1