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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE MARZO DEL AÑO 2021 (19/03/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 9

9 NORMAS LEGALES Viernes 19 de marzo de 2021 El Peruano / organizaciones de los usuarios de agua en la gestión multisectorial promoviendo el uso e fi ciente y sostenible de los recursos hídricos, cuyas actividades están vinculadas a la gestión de la infraestructura hidráulica; Que, mediante Resolución Ministerial N° 118-2020-MINAGRI y sus modificatorias, se aprueba el Programa de Fortalecimiento de las Juntas de Usuarios como instrumento que contribuya a fortalecer las capacidades técnicas, administrativas y organizacionales de las Juntas de Usuarios, con un enfoque de modernización de las mismas, en el marco de un proceso estratégico en el cual el Estado acompaña y refuerza los mecanismos de participación de los usuarios organizados en la gestión de los recursos hídricos, así como en la operación y mantenimiento de la infraestructura hidráulica que es de interés público; Que, la Primera Disposición Complementaria Final de la citada resolución ministerial establece que, con la fi nalidad de predecir correctamente los impactos, formular medidas efectivas de actuación, mitigación y garantizar un proceso de evaluación técnicamente consistente, la Autoridad Nacional del Agua aprueba, mediante Resolución Jefatural, una Línea Base, que desarrollará, como mínimo, indicadores asociados a aspectos organizacionales, administrativos, tecnológicos y técnicos; teniendo en cuenta para dicho fi n, las variadas condiciones de disponibilidad hídrica, infraestructura física y geográ fi ca, entre otros; Que, mediante Informe del Visto, la Dirección de Organizaciones de Usuarios de Agua, indica que en el marco de la Resolución Ministerial N° 118-2020-MINAGRI, su equipo técnico conjuntamente con los usuarios de agua organizados, han contribuido en la elaboración de la Línea Base, el cual está organizado en cuatro secciones de análisis y evaluación: i) Fortalecimiento institucional y técnico; ii) Tecnologías y generación de información; iii) Desarrollo de la calidad de servicios y; iv) Asistencia técnica especializada; los mismos que permiten evaluar impactos, formular medidas de actuación, mitigación y garantizar un proceso de evaluación técnicamente consistente del Programa de Fortalecimiento de las Juntas de Usuarios, a través de indicadores de aspectos organizacionales, administrativos, tecnológicos y técnicos, por lo que resulta necesario aprobar la Línea Base del mencionado Programa; opinando por su viabilidad la O fi cina de Asesoría Jurídica a través del Informe Legal del Vistos; Con los vistos de la Dirección de Organizaciones de Usuarios de Agua, la O fi cina de Asesoría Jurídica y la Gerencia General y de conformidad con lo establecido en la Resolución Ministerial N° 118-2020-MINAGRI, que aprueba el Programa de Fortalecimiento de las Juntas de Usuarios y sus modi fi catorias, y en uso de las facultades conferidas en el artículo 11° del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua aprobado por Decreto Supremo N° 018-2017-MINAGRI; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobación de Línea Base Aprobar la Línea Base del Programa de Fortalecimiento de las Juntas de Usuarios aprobado por Resolución Ministerial N° 118-2020-MINAGRI y sus modi fi catorias, la cual, como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución. COMUNICADO REQUISITOS PARA PUBLICAR EN LA SEPARATA DE NORMAS LEGALES DURANTE LA EMERGENCIA SANITARIA Se comunica a las entidades públicas que durante la emergencia sanitaria se recibirán sólo en modo virtual las solicitudes de publicaciones en la Separata de Normas Legales, para lo cual deberá tomarse en cuenta lo siguiente: 1. La documentación a publicar se recibirá mediante correo electrónico de lunes a viernes, de 8:30 am a 5.30 pm. Sábados, domingos y feriados se recibirán únicamente publicaciones para el día siguiente y en el horario de 8:30 am a 5.30 pm. 2. La persona con fi rma registrada ante la Gerencia de Publicaciones O fi ciales, enviará la solicitud de publicación desde su cuenta de correo institucional a la siguiente cuenta electrónica: normaslegales@editoraperu.com.pe . 3. En el correo institucional se deberá adjuntar lo siguiente: a) Ofi cio fi rmado y escaneado dirigido al Gerente de Publicaciones O fi ciales, en el que solicita la publicación de las normas que se indican. b) Dispositivo legal a publicar escaneado en un único PDF y debidamente refrendado.c) Archivos electrónicos de los documentos a publicar. El o fi cio y dispositivo legal podrán ser fi rmados digitalmente. Si no se cuenta con fi rma digital, debe consignarse sello y fi rma manual del funcionario autorizado. 4. Para todo dispositivo legal, con o sin anexos, el contenido del archivo o correo electrónico será considerado COPIA FIEL DEL DOCUMENTO ORIGINAL IMPRESO que se entrega para su publicación. Cada entidad pública se hará responsable del contenido de los archivos electrónicos que entrega para su publicación. 5. En caso se requiera una cotización del dispositivo legal, deberá enviarse un archivo al correo electrónico cotizacionesnnll@editoraperu.com.pe. 6. Todo documento que contenga tablas deberá ser trabajado en una hoja de cálculo de Excel, de acuerdo al formato original y sin justi fi car. El texto deberá ser redactado en formato Word; en caso incluya grá fi cos, estos deberán ser trabajados en formato PDF o EPS a 300 DPI y en escala de grises. 7. Las publicaciones de normas legales, cotizadas y pagadas al contado, se efectuarán conforme a las medidas facturadas al cliente, pudiendo existir una variación de +/- 5% como resultado de la diagramación fi nal. 8. Este comunicado rige para las entidades públicas que no usan el Portal de Gestión de Atención al Cliente - PGA . GERENCIA DE PUBLICACIONES OFICIALES