Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE MARZO DEL AÑO 2021 (19/03/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 16

16 NORMAS LEGALES Viernes 19 de marzo de 2021 / El Peruano con Discapacidad (OMAPED) o la que se designe, es responsable de la identi fi cación del bene fi ciario. 6.1.3. El Gobierno Local producto del proceso de identi fi cación de las personas adultas mayores y personas con discapacidad, en articulación con los miembros de la Instancia de Articulación Local (IAL), deberán actualizar el padrón nominado, de manera que se pueda realizar un efectivo seguimiento nominal y entrega del paquete de servicios priorizados. 6.2 Seguimiento Nominal6.2.1. Consiste en el seguimiento individualizado de las personas adultas mayores en alto riesgo y personas con discapacidad severa, tomando como base el padrón nominado, para entrega del paquete de servicios priorizados. 6.2.2. El seguimiento nominal se realiza a través de dos modalidades: a) Comunicaciones telefónicas. Es el medio de contacto utilizado por el personal de la Gerencia de Desarrollo Social, el CIAM, la OMAPED o la que designe el gobierno local; haciendo uso de los números telefónicos registrados en el padrón nominado. b) Presencial a través de visitas domiciliarias. Es el desplazamiento físico del personal de la Gerencia de Desarrollo Social, el CIAM, la OMAPED o la que designe el gobierno local, que haciendo uso de las direcciones registradas en el padrón nominado, establece el primer contacto con la población objetivo, para que posteriormente continúe el seguimiento nominal a través de las comunicaciones telefónicas, excepto en los casos especiales en los que el seguimiento de la población objetivo solo pueda realizarse a través de visitas domiciliarias, en cuyo caso se tendrá en cuenta las disposiciones del poder ejecutivo en el marco de la emergencia sanitaria. 6.2.3. El Gobierno Local, a través de la Gerencia de Desarrollo Social, el CIAM, la OMAPED o la que se designe, en articulación con los miembros de la Instancia de Articulación Local, es responsable del seguimiento nominal. 6.2.4. El Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, en marco de la rectoría del SINADIS, de fi ne, implementa y pone a disposición una herramienta informática para el seguimiento nominal. 6.3. Entrega del paquete de servicios priorizados6.3.1. La entrega del paquete de servicios priorizados se brinda a todas las Personas Adultas Mayores y Personas con Discapacidad que son parte de la intervención, y se realiza en coordinación y aplicando los protocolos establecidos por los sectores y entidades competentes. 6.3.2. La entrega del paquete de servicios priorizados se brinda previo consentimiento de la Persona Adulta Mayor y la Persona con Discapacidad, o de sus cuidadores principales, de ser el caso. 6.2.3. Para la entrega del servicio de Identi fi cación de situaciones de riesgo de salud y de vulnerabilidad social el Gobierno Local podrá gestionar a través de las Entidades competentes la atención de las alertas que se hayan generado producto de este servicio. 6.4. Articulación intersectorial e intergubernamental6.4.1. Comprende las acciones de coordinación intersectorial (entre sectores) e intergubernamental (a nivel nacional-regional –local), que se desarrollan en el marco de las competencias, funciones y responsabilidades que tienen las Entidades que forma parte de la Red de Soporte para el Adulto Mayor con Alto Riesgo y la Persona con Discapacidad Severa, para brindar el paquete de servicios priorizados a la población objetivo, de manera articulada, complementaria y evitando duplicidades. 6.4.2. La articulación intersectorial e intergubernamental, incluye la promoción y fortalecimiento de las instancias locales y regionales e instrumentos de articulación, que faciliten el logro de resultados. 6.4.3. Las acciones de articulación, incluyen la promoción de la participación comunitaria a nivel local para contribuir con la provisión de los servicios priorizados de salud y de protección social a la población objetivo. 6.4.4. El Programa Nacional PAIS es responsable de facilitar la articulación regional y local para la operación y prestación de los servicios que implementa la Red de Soporte, a través de la asistencia técnica en el nivel regional y local. Artículo 7. De los roles de las entidades que participan en la implementación de la Red de Soporte para el Adulto Mayor con Alto Riesgo y la Persona con Discapacidad Severa 7.1. A nivel local7.1.1. El Gobierno local es responsable de la implementación de la Red de Soporte en su territorio, a través de la Gerencia de Desarrollo Social, el CIAM y la OMAPED o la que se designe, en el marco de sus competencias. 7.1.2. Asimismo, organizan y lideran la Instancia de Articulación Local u otro espacio de articulación o coordinación que esté activo, la cual constituye un espacio que congrega a los actores que intervienen en el ámbito local, incluyendo representantes de la sociedad civil y de los comités comunitarios locales; con el fi n de articular demandas, intereses, acciones, recursos y capacidades disponibles para asegurar la entrega del paquete de servicios priorizados. 7.2. A nivel regional7.2.1. El Gobierno Regional, cumple un doble rol, por un lado, articula desde el nivel regional las políticas nacionales se emiten, y por otro, articula y atiende las demandas que surgen desde el nivel local, a partir del análisis de di fi cultades en la entrega del paquete de servicios priorizado. 7.2.2. Los Gobiernos Regionales organizan y lideran la Instancia de Articulación Regional u otro espacio de articulación o coordinación que esté activo, que se confi gura como un espacio que congrega a los actores que intervienen en el ámbito regional, incluyendo representantes de la sociedad civil, con el fi n de articular demandas, intereses, acciones, recursos y capacidades disponibles para asegurar la entrega del paquete de servicios priorizados. 7.3. A nivel nacional7.3.1. Las Entidades involucradas, en el marco de sus competencias y funciones, adoptan orientaciones técnicas y regulaciones sectoriales necesarias y, establecen los canales de coordinación para asegurar la implementación de las acciones y resolver los problemas o di fi cultades que se identi fi quen en la implementación. 7.3.2. Los Programas Nacionales de Asistencia Solidaria (Pensión 65) y Programa Nacional de Entrega de la Pensión no Contributiva a Personas con Discapacidad Severa en Situación de Pobreza (CONTIGO), y el Programa Nacional Plataformas de Acción para la Inclusión Social (PAIS), articularán en el territorio, las redes de soporte en aquellos distritos donde dichos programas tienen incidencia y existen condiciones para la articulación. 7.3.3 El Programa Nacional Plataformas de Acción para la Inclusión Social (PN PAIS), a través de su recurso humano y sus bienes, deberá coadyuvar y cautelar en el marco de sus competencias, el desarrollo de las actividades vinculadas con la Red de Soporte para brindar el paquete de servicios priorizados por la población objetivo. Artículo 8. Ente articulador El Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, en el marco de la rectoría del Sistema Nacional de Desarrollo e Inclusión Social (SINADIS), constituye el ente articulador de las entidades del gobierno nacional, regional y local, que forman parte de la Red de Soporte, y coordina su diseño, plani fi cación, implementación y/o adecuación con los actores que la conforman. El Programa Nacional Plataformas de Acción para la Inclusión Social (PN PAIS) promoverá en el nivel regional y