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75 NORMAS LEGALES Viernes 19 de marzo de 2021 El Peruano / que como Anexo es parte integrante del presente Decreto, conformado por las siguientes dependencias: - 02 Procedimientos Administrativos de Sede Regional Amazonas. - 38 Procedimientos Administrativos de la Dirección Regional de Salud (Incluye Hospitales y Redes de Salud). - 38 Procedimientos Administrativos de la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones. - 19 Procedimientos Administrativos de la Dirección Regional de Agraria. - 62 Procedimientos Administrativos de la Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo. - 15 Procedimientos Administrativos de la Dirección Regional de Comercio Exterior y Turismo. - 27 Procedimientos Administrativos de la Dirección Regional de la Producción. - 56 Procedimientos Administrativos de la Dirección Regional de Energía y Minas. - 45 Procedimientos Administrativos de la Autoridad Regional Ambiental. - 37 Procedimientos Administrativos de la Dirección Regional de Educación. - 06 Procedimientos Administrativos del Archivo Regional Amazonas Artículo Segundo: DEJAR sin efecto el Decreto Regional Nº 007-2020-GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/GR, de fecha 13 de mayo de 2020. Artículo Tercero: AUTORIZAR, la publicación del presente Decreto Regional, en el diario o fi cial “El Peruano” y en la plataforma gob.pe/regionamazonas, sin perjuicio de efectuar su difusión en lugares visibles de la entidad, de conformidad con el articulo 43º, numeral 43.3) y 43.4) del T.U.O de la Ley Nº 27444 – Ley de Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS. Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese.OSCAR RAMIRO ALTAMIRANO QUISPE Gobernador Regional * El TUPA se publica en la página WEB del Diario O fi cial El Peruano, sección Normas Legales. 1936110-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE CHACLACAYO Ordenanza que modifica el Reglamento Interno del Concejo, a fin de que las sesiones de Concejo se transmitan en tiempo real ORDENANZA MUNICIPAL Nº 461-2021-MDCH Chaclacayo 26 de febrero de 2021EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE CHACLACAYO VISTO: Memorando Nº 088-2021-GM/MDCH de la Gerencia Municipal de fecha 29 de enero del 2021; Informe Nº 002-2021-SGTI-GPP/MDCH de la Subgerencia de Tecnología de la Información de fecha 28 de enero del 2021; Informe Nº 016-2021-GAJ/MDCH de la Gerencia de Asesoría Jurídica de fecha 21 de enero del 2021; Memorando Nº 134-2020-SG/MDCH de la Secretaría General de fecha 02 de setiembre del 2020; y; CONSIDERANDO:Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por la Ley de Reforma Constitucional Nº 28607, las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de gobierno local, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, el artículo 9 numeral 8 de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, señala que corresponde al Concejo Municipal, aprobar, modi fi car o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos. Asimismo, el numeral 12) del mismo artículo de la Acotada Ley, prescribe que corresponde al Concejo aprobar por Ordenanza el Reglamento del Concejo Municipal; Que el primer párrafo del artículo 40º de la Ley Nº 27972, señala que las ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración, supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la Municipalidad tiene competencia normativa; Que, mediante Ordenanza Nº 075-MDCH, se aprueba el Reglamento Interno de Concejo, del Concejo Distrital de Chaclacayo, mediante el cual se regula el régimen interno del Concejo de la Municipalidad Distrital de Chaclacayo; Que, es necesario dar continuidad y viabilidad al funcionamiento del Concejo Municipal, utilizando las herramientas tecnológicas, para las comunicaciones, documentos, citaciones y otros, en consecuencia, se debe incorporar el uso de la tecnología y Gobierno Digital, en dicho cuerpo normativo, rati fi cándose en sus demás extremos la referida Ordenanza; Que, la Gerencia de Asesoría Jurídica mediante Informe Nº 016-2021-GAJ/MDCH opina que es viable la modi fi catoria del Reglamento Interno del Concejo Distrital de Chaclacayo, en el sentido de la transmisión en tiempo real de las sesiones, dando cumplimiento así al Principio de Publicidad; Estando a los fundamentos expuestos y en uso de las facultades conferidas por el numeral 8) del artículo 9º y artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, contando con la dispensa del trámite de comisiones, el Concejo Municipal por Unanimidad y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, se ha aprobado la siguiente: ORDENANZA QUE MODIFICA EL REGLAMENTO INTERNO DEL CONCEJO, A FIN DE QUE LAS SESIONES DE CONCEJO SE TRANSMITAN EN TIEMPO REAL Artículo Primero.- INCORPÓRESE como Cuarta Disposición Final del Reglamento Interno de Concejo del Concejo Distrital de Chaclacayo, aprobado mediante la Ordenanza Nº 075-MDCH, la siguiente: “Cuarta Disposición Final.- Todas las sesiones de concejo deben de ser transmitidas en tiempo real a través de los medios locales o en su defecto en la utilización de las herramientas informáticas o de tecnologías de la comunicación, considerando su carácter público, utilizando mecanismos tecnológicos que habilita la normativa vigente aplicable para el sector público. Además, deberá quedar debidamente registradas todas las sesiones de concejo ordinarias y extraordinarias en la página web u otra herramienta digital institucional que se utilice”. Artículo Segundo.- RATIFICAR; en sus demás extremos lo dispuesto en la Ordenanza Nº 075-MDCH. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, a la Secretaria General, a la Gerencia de Admiración y Finanzas, a la Subgerencia de Tecnología de la Información y demás unidades orgánicas de la municipalidad, el estricto cumplimiento de la presente Ordenanza. Artículo Cuarto.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial “El Peruano”. Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Sub Gerencia de Tecnología de la Información su publicación en el portal institucional de la municipalidad (www.munichaclacayo.gob.pe) Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.MANUEL JAVIER CAMPOS SOLOGUREN Alcalde 1935391-1