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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE MARZO DEL AÑO 2021 (19/03/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 63

63 NORMAS LEGALES Viernes 19 de marzo de 2021 El Peruano / información y comunicación, dentro de las cuales podemos señalar como prioritaria, la necesidad de establecer la notifi cación electrónica en los procedimientos administrativos sancionadores de competencia de la ONPE, así como otros procedimientos que se identi fi quen; En este orden de ideas, se estima la necesidad de implementar el uso de casillas electrónicas para los procedimientos señalados en el párrafo precedente, atendiendo al derecho de los ciudadanos de tener el acceso a las entidades de la Administración Pública de manera segura y con fi able, y realizando la promoción del uso intensivo de tecnologías de la información y comunicación, de acuerdo a ley, resulta procedente emitir la normativa correspondiente, además de realizar la identi fi cación de los procedimientos de competencia de la ONPE, a fi n de continuar con su implementación progresiva; En uso de las facultades conferidas en el literal g) del artículo 5 y el artículo 13 de la Ley N° 26487, Ley Orgánica de la Ofi cina Nacional de Procesos Electorales, así como en los literales s) y t) del artículo 11 del Reglamento de Organización y Funciones de la ONPE aprobado por Resolución Jefatural N° 063-2014-J/ONPE y sus modi fi catorias; Con el visado de la Secretaría General, y de la Gerencia de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Aprobar el Reglamento del Sistema de Noti fi caciones Electrónicas de la O fi cina Nacional de Procesos Electorales – SISEN - ONPE, con 25 (veinticinco) artículos, 03 (tres) disposiciones transitorias y 01 (un) anexo, que es parte integrante de la presente resolución. Artículo Segundo.- Poner en conocimiento de los órganos y de la O fi cina Nacional de Procesos Electorales la aprobación del Reglamento del Sistema de Notifi caciones Electrónicas. Artículo Tercero.- Publíquese la presente Resolución en el diario o fi cial “El Peruano”, y el Reglamento sobre el Sistema de Noti fi cación Electrónica – SISEN - ONPE en: el Portal del diario o fi cial “El Peruano”; en la Plataforma Digital Única para Orientación al Ciudadano del Estado Peruano https://www.gob.pe ; en el portal institucional, www.onpe.gob.pe y en el Portal de Transparencia de la ONPE, en el plazo de tres (3) días de su emisión. Regístrese, publíquese y comuníquese.PIERO ALESSANDRO CORVETTO SALINAS Jefe REGLAMENTO SOBRE EL SISTEMA DE NOTIFICACIÓN ELECTRÓNICA DE LA OFICINA NACIONAL DE PROCESOS ELECTORALES SISEN – ONPE ÍNDICE TÍTULO PREMILIMINARArtículo 1.- Objeto Artículo 2.- FinalidadArtículo 3.- Ámbito de AplicaciónArtículo 4.- Base normativaArtículo 5.- ResponsabilidadesArtículo 6.- AbreviaturasArtículo 7.- De fi niciones TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 8.- Gratuidad Artículo 9.- Garantía del debido funcionamiento Artículo 10.- Responsabilidad de la GITE Artículo 11.- Responsabilidad de la SGArtículo 12.- Noti fi cación excepcional en domicilio procesal físico TÍTULO II DISPOSICIONES ESPECÍFICAS Artículo 13.- Obligatoriedad y exclusividad de uso de la casilla electrónica Artículo 14.- Responsabilidad de los usuarios Artículo 15.- Efectos legales de la noti fi cación Artículo 16.- Administración de la casilla electrónica Artículo 17.- Revisión diaria de la casilla electrónica Artículo 18.- Envío de alertas de noti fi cación. Artículo 19.- Constancia de noti fi cación del pronunciamiento o acto administrativo Artículo 20.- Sujetos obligados al uso de la casilla electrónica Artículo 21.- Trámite de creación de la casilla electrónica Articulo 22.- Responsabilidad del manejo de la contraseña Artículo 23.- Acto de depósito de la noti fi cación electrónica Artículo 24.- Constancia de noti fi cación Artículo 25.- Regla de supletoriedad DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS TRANSITORIAS Primera Segunda Tercera ANEXOSAnexo: Solicitud de asignación de casilla electrónica ONPE REGLAMENTO SOBRE EL SISTEMA DE NOTIFICACIÓN ELECTRÓNICA DE LA OFICINA NACIONAL DE PROCESOS ELECTORALES SISEN - ONPE TÍTULO PRELIMINAR Artículo 1.- Objeto El presente Reglamento tiene por objeto regular la implementación, el acceso y el funcionamiento del Sistema de Noti fi cación Electrónica de la O fi cina Nacional de Procesos Electorales – ONPE. Artículo 2.- Finalidad El presente Reglamento tiene por fi nalidad otorgar celeridad y economía procesal a la noti fi cación de los actos administrativos emitidos por la ONPE, mediante la implementación del Sistema de Noti fi cación Electrónica. Artículo 3.- Ámbito de Aplicación El presente Reglamento es aplicable y de obligatorio cumplimiento para: a) Los órganos, unidades orgánicas, las o fi cinas regionales de coordinación (ORC), las o fi cinas descentralizadas de procesos electorales (ODPE) de la ONPE que emiten actos administrativos o noti fi can actuaciones en el marco de su actividad administrativa. b) Las personas naturales o jurídicas a quienes la ONPE deba noti fi car actos administrativos emitidos dentro de un procedimiento administrativo o fuera de él. Artículo 4.- Base normativa a. Constitución Política del Perú. b. Ley N° 26487, Ley Orgánica de la O fi cina Nacional de Procesos Electorales y sus modi fi catorias. c. Ley Nº 27269, Ley de Firmas y Certi fi cados Digitales y sus modi fi catorias. d. Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General cuyo Texto Único Ordenado es aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-2019-JUS. e. Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado y modi fi catorias f. Ley N° 29733, Ley de Protección de datos personales. g. Decreto Supremo N° 052-2008-PCM que aprueba el Reglamento de la Ley N° 27269, Ley de Firmas y Certi fi cados Digitales y sus modi fi catorias. h. Decreto Supremo N° 004-2013-PCM que aprueba la Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública i. Decreto Supremo Nº 081-2013-PCM que aprueba la Política Nacional de Gobierno electrónico 2013-2017 j. Decreto Supremo N° 029-2021-PCM que aprueba