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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE MARZO DEL AÑO 2021 (20/03/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 5

5 NORMAS LEGALES Sábado 20 de marzo de 2021 El Peruano / DEFENSA Derogan nueve resoluciones directorales por encontrarse fuera de vigencia y contravenir el ordenamiento jurídico actual RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 172-2021 MGP/DICAPI 10 de marzo de 2021CONSIDERANDO: Que, el artículo 3° del Decreto Legislativo N° 1147 de fecha 10 de diciembre del 2012, regula el Fortalecimiento de las Fuerzas Armadas en las competencias de la Autoridad Marítima Nacional – Dirección General de Capitanías y Guardacostas, establece que corresponde a la Autoridad Marítima Nacional aplicar y hacer cumplir el presente Decreto Legislativo, las normas reglamentarias y complementarias, las regulaciones de los otros sectores y organismo competentes y los tratados o convenios en que el Perú es parte, en el ámbito de su competencia; Que, el numeral (5) del artículo 5° del referido Decreto Legislativo establece que es función de la Autoridad Marítima Nacional planear, normar, coordinar, dirigir, y controlar dentro del ámbito de su competencia, las actividades que se desarrollan en el medio acuático, sin perjuicio de las atribuciones de otros sectores competentes; Que, la Primera Disposición Complementaria Derogatoria del indicado Decreto Legislativo, dispone la derogatoria de la Ley 26620, Ley de Control y Vigilancia de las Actividades Marítima, Fluviales y Lacustre; así como, todas las normas con rango de Ley o inferior en cuanto se contrapongan a lo dispuesto en el mismo Decreto Legislativo; Que, el artículo I del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1147 aprobada por Decreto Supremo N° 015-2014 de fecha 26 de noviembre del 2014, tiene por fi nalidad establecer disposiciones sobre la administración de las áreas acuático; las actividades que se realizan en el medio acuático, las naves, los artefactos navales, instalaciones acuática, y embarcaciones en general; las operaciones que estas realizan y los servicios que prestan o reciben, con el fi n de velar por la protección y seguridad de la vida humana en el mar, ríos y lagos navegables; la protección del medio ambiente acuático y la represión de las actividades ilícitas en el ámbito de su jurisdicción y competencia, en cumplimiento de la normativa nacional e instrumentos internacionales de los que el Perú es parte y otras de derecho internacional sobre la materia que puedan ser de aplicación al Estado peruano; Que, con la publicación del nuevo marco jurídico que rige las atribuciones y competencias de la Autoridad Marítima Nacional se efectuó la revisión de las normas complementarias identi fi cando que existen resoluciones que deben ser derogadas por encontrarse fuera de vigencia y contravienen el ordenamiento jurídico actual, las mismas que se detallan a continuación; (1) Resolución Directoral N° 048-2000/DCG de fecha 17 de febrero del 2000, de fi ne el termino Viajes Próximos a Costa como el viaje en navegación de cabotaje efectuadas entre puertos mayores y menores y caletas de la República. (2) Resolución Directoral N° 049-2000/DCG de fecha 17 de febrero del 2000, dispone las dispensas se efectué de acuerdo a lo normado en el Artículo VIII del Convenio de Formacion1978, en su forma enmendada. (3) Resolución Directoral N° 0434-2003/DCG de fecha 11 de junio del 2003, autoriza la convalidación Títulos de Marina Mercante otorgados por Administradores Extranjeras. (4) Resolución Directoral N° 0850-2010/DCG de fecha 28 de octubre del 2010, aprueba las modi fi caciones a las directrices que forma parte de la Resolución Directoral N° 564-2003/DCG de 10 de Setiembre 2003, en donde se aprobó las Directrices para el otorgamiento de Títulos de acuerdo al Convenio de Formación, Titulación y Guardia para la Gente de Mar1978, en su forma enmendada en 1995. (5) Resolución Directoral N° 1442-2012 MGP/DCG de fecha de 21 de diciembre del 2012, establece la frecuencia que se realizan las auditorias de gestión a los Centros de Formación reconocidos por la Autoridad Marítima Nacional y a la Escuela Nacional de Marina Mercante, cuyos procedimientos fueron aprobadas mediante la Resolución Directorales N° 0288-2011/DCG de fecha 06 de abril 2011, será una vez cada TRES (03) años, con la fi nalidad de garantizar una vigilancia constante y sistemática, incluyendo la veri fi cación de Equipos para la Formación y Competencia, conforme al Convenio Internacional sobre Normas de Formación Titulación y Guardia para la Gente de Mar 1978, en su forma enmendada. (6) Resolución Directoral N° 0027-2013 MGP/DCG de fecha 08 de enero del 2013, aprueba las Directrices para la Formación Certi fi cación y Matrícula del Personal de Embarcaciones y Artefactos Navales de Bahía. (7) Resolución Directoral N° 0339-2013 MGP/DCG de fecha 23 de abril del 2013, aprueba las directrices complementarias a las directrices para el Otorgamiento de Titulo de acuerdo al Convenio Internacional sobre las Normas de Formación Titulación y Guardia para la Gente de Mar 1978, en su forma enmendadas. (8) Resolución Directoral N° 0389-2013 MGP/DCG de fecha 30 de abril 2013, hace de conocimiento de la comunidad marítima que las enmiendas de Manila del 2010 al Código de Formación Titulación y Guardia para la Gente de Mar (Código de Formación) y la Resolución 2 de la conferencia de las partes en el Convenio sobre Normas de Formación, Titulación y Guardia para la Gente de Mar (Convenio de Formación) han entrado en vigor al 1 de enero 2012, con un periodo de implantación progresivo hasta el 1 de enero 2017, conforme a las disposiciones transitorias consideras en las reglas I/15 del Anexo enmendado. (9) Resolución Directoral N° 0390-2013 MGP/DCG de fecha 30 de abril del 2013, aprueba la incorporación a las normas nacionales, las enmiendas adoptadas al Convenio Internacional sobre Normas de Formación Titulación y Guardia para la Gente de Mar (Convenio de Formación) 1978, aprobadas mediante las Resoluciones del Comité de Seguridad Marítima MSC.21 (59) del 22 de mayo de 1991, MSC.33 (63) del 23 de mayo de 1994, MSC.66 (68) del 4 de junio de 1997. De conformidad con lo propuesto por el Jefe del Departamento de Personal Acuático, con el visto bueno del Jefe de la O fi cina de Asesoría Jurídica y del Jefe de la Ofi cina de Normativa, y lo recomendado por el Director de Control de Actividades Acuáticas; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Derogar NUEVE (9) resoluciones directorales que se indican a continuación, por los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Directoral: 1. Resolución Directoral N° 048-2000/DCG 2. Resolución Directoral N° 049-2000/DCG3. Resolución Directoral N° 0434-2003/DCG4. Resolución Directoral N° 0850-2010/DCG 5. Resolución Directoral N° 1442-2012 MGP/DCG6. Resolución Directoral N° 0027-2013 MGP/DCG7. Resolución Directoral N° 0339-2013 MGP/DCG8. Resolución Directoral N° 0389-2013 MGP/DCG9. Resolución Directoral N° 0390-2013 MGP/DCG Artículo 2°.- Publicar la presente resolución directoral en el Portal Electrónico de la Autoridad Marítima Nacional w.w.w.dicapi.mil.pe Artículo 3°.- La presente resolución directoral entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial “El Peruano”. Regístrese y comuníquese como documento O fi cial Público ALBERTO ALCALÁ LUNA Director General de Capitanías y Guardacostas 1936640-1