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14 NORMAS LEGALES Sábado 20 de marzo de 2021 / El Peruano la Presidencia del Consejo de Ministros cuando esta lo requiera; y, j. Las demás funciones que le sean encomendadas por el(la) Director(a) General y las que le corresponda por mandato legal expreso. Artículo 91.- Dirección de Promoción de la Mujer Productora Agraria La Dirección de Promoción de la Mujer Productora Agraria es la unidad orgánica de línea que depende de la Dirección de General de Gestión Territorial, encargada de promover la participación de la mujer productora agraria, en el desarrollo de la agricultura familiar. Artículo 92.- Funciones de la Dirección de Promoción de la Mujer Productora Agraria La Dirección de Promoción de la Mujer Productora Agraria tiene las siguientes funciones: a. Articular, proponer y promover que los instrumentos técnico normativos y mecanismos para el desarrollo de la actividad agraria y de riego, incorporen la participación de las mujeres productoras agrarias en las intervenciones en los tres niveles de gobierno; b. Diseñar los bienes y servicios para la participación de las mujeres productoras agrarias en la actividad agraria, considerando sus intereses y necesidades en el marco de la política sectorial; c. Supervisar la implementación de los instrumentos y mecanismos para la promoción de la mujer productora agraria en la actividad agraria y de riego; d. Brindar asistencia técnica y capacitación a los programas, proyectos especiales y organismos públicos adscritos al Ministerio, gobiernos regionales y locales, para la mejor provisión de servicios a las mujeres productoras agrarias; e. Proponer los contenidos técnicos de comunicación y sensibilización sobre las brechas de género en el Sector; así como las iniciativas y prácticas innovadoras de las mujeres productoras agrarias y las acciones de promoción de la participación de las mujeres productoras agrarias en la política sectorial, en coordinación con la Ofi cina de Comunicaciones e Imagen Institucional; f. Las demás funciones que le sean encomendadas por el(la) Director(a) General y las que le corresponda por mandato legal expreso. Artículo 93.- Dirección General de Estadística, Seguimiento y Evaluación de Políticas Son unidades orgánicas de la Dirección General de Estadística, Seguimiento y Evaluación de Políticas las siguientes: 06.3.1 Dirección de Estadística e Información Agraria 06.3.2 Dirección de Seguimiento y Evaluación de Políticas Artículo 94.- Dirección de Estadística e Información Agraria La Dirección de Estadística e Información Agraria es la unidad orgánica de línea que depende de la Dirección General de Estadística, Seguimiento y Evaluación de Políticas, encargada de coordinar la recopilación, acopio, procesamiento y consolidación de la información estadística agraria que produzcan las entidades conformantes del Sistema Integrado de Estadística Agraria; así como de formular e implementar lineamientos, estrategias y otros, para el desarrollo, generación y difusión de la información agraria en el Sector. Artículo 95.- Dirección de Estadística e Información Agraria La Dirección de Estadística e Información Agraria tiene las siguientes funciones: a. Coordinar, a nivel nacional, la recopilación, acopio, procesamiento; así como consolidar y almacenar la información estadística que produzcan las entidades conformantes del Sistema Integrado de Estadística Agraria;b. Producir las estadísticas básicas a través de la implementación de censos, encuestas por muestreo, registros administrativos, teledetección satelital, entre otros estudios estadísticos de carácter sectorial, directamente o a través de terceros; c. Evaluar las fuentes estadísticas del Sector, a través de la aplicación de instrumentos y métodos armonizados para el mejoramiento de la calidad de la información; d. Determinar e integrar las necesidades de información agraria, en coordinación con las unidades de organización, programas y proyectos especiales del Ministerio y sus organismos públicos adscritos; e. Desarrollar e implementar metodologías para la generación de la información estadística sobre las principales variables del Sector; f. Elaborar las propuestas de normas, coordinar y ejecutar la actualización cartográ fi ca y la administración de la base de datos geográ fi ca del Sistema Integrado de Estadística Agraria, así como supervisar y evaluar la elaboración de los diseños y marcos muestrales para las investigaciones estadísticas sectoriales; g. Elaborar los lineamientos de implementación y las funcionalidades de la Infraestructura de Datos Espaciales (IDE) del Ministerio y sus nodos institucionales, conforme al marco normativo vigente; h. Fortalecer las capacidades del personal del Sistema Integrado de Estadística Agraria para la adecuada aplicación de las metodologías y técnicas estadísticas; i. Formular y evaluar la implementación del Plan Estadístico Agrario Nacional y los Programas Operativos Anuales, en coordinación con las entidades conformantes del Sistema Integrado de Estadística Agraria y el INEI; j. Formular estrategias e implementar lineamientos y proyectos orientados a soluciones de inteligencia de negocios (BI) y la analítica de datos, para optimizar el proceso de toma de decisiones en el Sector; k. Plani fi car, organizar y desarrollar proyectos relacionados a Minería de Datos, Machine Learning, Inteligencia Arti fi cial y Data Science, especializados para el fortalecimiento del Sistema Integrado de Estadística Agraria y optimización del proceso de toma de decisiones en el sector, en coordinación con las unidades de organización; l. Diseñar y administrar los tableros de control y otras herramientas para facilitar el análisis de las principales variables que incidan en el desempeño del Sector; m. Diseñar e implementar el Sistema Integrado de Información Sectorial Agrario, mediante el uso de herramientas de inteligencia de negocios y la analítica de datos para fortalecer la plani fi cación y la toma de decisiones en el Sector; n. Diseñar, coordinar e implementar estrategias de difusión de las estadísticas e información agraria especializada y otras variables que incidan en el desempeño del Sector, así como la oferta de productos agrarios, en coordinación con las entidades conformantes del Sistema Integrado de Estadística Agraria y la Red Nacional de Difusión de Información Agraria Especializada; ñ. Administrar la Red Nacional de Difusión de Información Agraria Especializada, en coordinación con las entidades competentes del Sector; así como el Centro de Documentación del Sector y custodiar la colección nacional de información agraria especializada; o. Emitir opinión en el ámbito de su competencia; y, p. Las demás funciones que le sean encomendadas por el(la) Director(a) General y las que le corresponda por mandato legal expreso. Artículo 96.- Dirección de Seguimiento y Evaluación de Políticas La Dirección de Seguimiento y Evaluación de Políticas es la unidad orgánica de línea que depende de la Dirección General de Estadística, Seguimiento y Evaluación de Políticas, encargada de efectuar el seguimiento y evaluación a la implementación, resultado e impacto respecto al cumplimiento de las políticas nacionales,