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15 NORMAS LEGALES Miércoles 31 de marzo de 2021 El Peruano / que debe ser publicada en el Diario O fi cial “El Peruano” y remitida a PERÚ COMPRAS el mismo día de su publicación; De conformidad con lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 082-2019-EF; el Reglamento de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo N° 344-2018-EF y modi fi catorias; la Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, y sus modi fi catorias, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2002-MINCETUR y sus modi fi catorias; y la Directiva N° 006-2020-PERÚ COMPRAS, aprobada por Resolución Jefatural N° 069-2020-PERÚ COMPRAS; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobación de Fichas de Homologación Aprobar seis (6) Fichas de Homologación de “Servicios de Asistencia Técnica en Artesanía”, las mismas que, como Anexo, forman parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Remisión de Resolución aprobatoria y Fichas de Homologación Disponer que la Secretaría General del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo remita a la Dirección de Estandarización y Sistematización de la Central de Compras Públicas – PERÚ COMPRAS, el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”, la presente Resolución Ministerial y las Fichas de Homologación de “Servicios de Asistencia Técnica en Artesanía”, aprobadas en el artículo 1 que antecede, a efectos de gestionar su incorporación en la “Relación de Fichas de Homologación vigentes” publicadas en el portal institucional de dicha Entidad. Artículo 3.- Publicación Disponer que la presente Resolución Ministerial y su Anexo se publiquen en el Portal Web Institucional del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (www.gob.pe/mincetur), en la misma fecha de publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.CLAUDIA CORNEJO MOHME Ministra de Comercio Exterior y Turismo 1939884-1 DESARROLLO AGRARIO Y RIEGO Designan Director Ejecutivo del Proyecto Especial Jequetepeque - Zaña - PEJEZA RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0084-2021-MIDAGRI Lima, 30 de marzo de 2021CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Ministerial N° 0480-2019-MIDAGRI, se designó al señor Manuel Barreno Rodrigo, en el cargo de Director Ejecutivo del Proyecto Especial Jequetepeque – Zaña del Ministerio de Agricultura y Riego (Ahora Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego); siendo necesario dar por concluida dicha designación; así como, designar a la persona que ejercerá dicho cargo; De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 31075, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego; y, el Reglamento de Organización y Funciones aprobado por el Decreto Supremo N° 004-2021-MIDAGRI y por la Resolución Ministerial N° 0073-2021-MIDAGRI; SE RESUELVE:Artículo 1.- Dar por concluida la designación del señor Manuel Barreno Rodrigo, como Director Ejecutivo del Proyecto Especial Jequetepeque – Zaña – PEJEZA del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar al señor Segundo Leopoldo Fernández León, en el cargo de Director Ejecutivo del Proyecto Especial Jequetepeque – Zaña – PEJEZA del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego. Regístrese, comuníquese y publíqueseFEDERICO TENORIO CALDERÓN Ministro de Desarrollo Agrario y Riego 1939881-1 DESARROLLO E INCLUSION SOCIAL Aprueban el “Plan de Gobierno Digital 2021 – 2023 del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social” RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 049-2021-MIDIS Lima, 30 de marzo de 2021VISTOS: El Informe N° D000002-2021-MIDIS-OGTI, emitido por la O fi cina General de Tecnologías de la Información; el Memorando N° D000299-2021-MIDIS-OGPPM, de la O fi cina General de Planeamiento Presupuesto y Modernización; y; el Informe N° D000141-2021-MIDIS-OGAJ, emitido por la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1412, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Gobierno Digital, se establece el marco de gobernanza del gobierno digital para la adecuada gestión de la identidad digital, servicios digitales, arquitectura digital, interoperabilidad, seguridad digital y datos, así como el régimen jurídico aplicable al uso transversal de tecnologías digitales en la digitalización de procesos y prestación de servicios digitales por parte de las entidades de la Administración Pública en los tres niveles de gobierno; Que, por Decreto Supremo Nº 118-2018-PCM, se declara de interés nacional las estrategias, acciones, actividades e iniciativas para el desarrollo del gobierno digital, la innovación y la economía digital en el Perú con enfoque territorial; Que, con Resolución Ministerial Nº 119-2018-PCM, modi fi cada por Resolución Ministerial Nº 087-2019-PCM, se dispone la creación de un Comité de Gobierno Digital en cada entidad de la Administración Pública; Que, la Resolución de Secretaría de Gobierno Digital N° 005-2018-PCM-SEGDI, que aprueba los Lineamientos para la formulación del Plan de Gobierno Digital, prevé en sus artículos 2 y 3, que es de alcance obligatorio para todas las entidades de la Administración Pública y que el Plan de Gobierno Digital es el único instrumento para la gestión y plani fi cación del Gobierno Digital de la Administración Pública, y es aprobado por el titular de la entidad para un periodo mínimo de tres (03) años, debiendo ser actualizado y evaluado anualmente; Que, mediante Ley N° 29792, se crea el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, determinándose su ámbito, competencias, funciones y estructura orgánica básica; asimismo, se establece que el sector Desarrollo e Inclusión Social comprende todas las entidades del Estado, de los tres niveles de gobierno vinculados con