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16 NORMAS LEGALES Miércoles 31 de marzo de 2021 / El Peruano el cumplimiento de las políticas nacionales en materia de promoción del desarrollo social, inclusión y equidad; Que, mediante Resolución Ministerial N° 192-2018-MIDIS, modi fi cada mediante Resolución Ministerial N° 169-2019-MIDIS, se constituyó el Comité de Gobierno Digital del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social y se establecieron las funciones que debe ejercer, entre ellas, la formulación del Plan de Gobierno Digital, y la gestión, mantenimiento y documentación del Modelo de Gestión Documental; Que, bajo ese marco y atendiendo a las competencias y funciones establecidas, el Comité de Gobierno Digital remitió la propuesta de Plan de Gobierno Digital 2021 – 2023 del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, la misma que cuenta con la aprobación de todos sus miembros; Que, en consecuencia, resulta necesario que se emita el acto de administración mediante el cual se apruebe el Plan de Gobierno Digital 2021 – 2023 del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; Que, con los visados de la O fi cina General de Tecnologías de la Información, de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y, de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29792, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, la Resolución Ministerial N° 094-2020-MIDIS, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; y, Resolución la Ministerial N° 192-2018-MIDIS y modi fi catoria, que constituyó el Comité de Gobierno Digital del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobar el Plan de Gobierno Digital 2021 – 2023 del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social Aprobar el “Plan de Gobierno Digital 2021 – 2023 del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social”; según el texto que, en Anexo, forma parte de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Noti fi cación Notifi car la presente Resolución a la Secretaría de Gobierno Digital (SEGDI) de la Presidencia del Consejo de Ministros, para los fi nes pertinentes. Artículo 3.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y su Anexo en el portal institucional del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (www.gob.pe/midis), en la misma fecha de publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.SILVANA EUGENIA VARGAS WINSTANLEY Ministra de Desarrollo e Inclusión Social 1939876-1 ECONOMIA Y FINANZAS Aprueban Listado de entidades que podrán ser exceptuadas de la percepción del Impuesto General a las Ventas DECRETO SUPREMO Nº 054-2021-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICACONSIDERANDO:Que, el Capítulo II del Título II de la Ley Nº 29173 regula el Régimen de Percepciones del Impuesto General a las Ventas (IGV) aplicable a las operaciones de venta gravadas con dicho impuesto de los bienes señalados en el Apéndice 1 de la indicada Ley, por el cual el agente de percepción percibirá del cliente un monto por concepto de IGV que este último causará en sus operaciones posteriores; Que, el artículo 11 de la citada Ley señala que no se efectuará la percepción, entre otras, en las operaciones respecto de las cuales se emita un comprobante de pago que otorgue derecho al crédito fi scal y el cliente tenga la condición de agente de retención del IGV o fi gure en el “Listado de entidades que podrán ser exceptuadas de la percepción del IGV”; Que, con relación al referido Listado, el mencionado artículo 11 dispone que será aprobado mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y señala las entidades que podrán ser incluidas en aquel; asimismo, indica que la SUNAT elaborará la relación de tales entidades y detalla las condiciones que deben veri fi carse para tal efecto; Que, según lo indicado en el citado artículo, el Ministerio de Economía y Finanzas publicará el referido listado, a través de su portal en internet, a más tardar el último día hábil de los meses de marzo, junio, setiembre y diciembre de cada año, el cual regirá a partir del primer día calendario del mes siguiente a la fecha de su publicación; Que, en consecuencia, resulta necesario aprobar el “Listado de entidades que podrán ser exceptuadas de la percepción del IGV”; De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú y en el artículo 11 de la Ley Nº 29173; DECRETA:Artículo 1. Aprobación del Listado Apruébase el “Listado de entidades que podrán ser exceptuadas de la percepción del IGV” a que se re fi ere el artículo 11 de la Ley Nº 29173, que como anexo forma parte integrante del presente decreto supremo. Artículo 2. Publicación El “Listado de entidades que podrán ser exceptuadas de la percepción del IGV” aprobado en el artículo precedente se publica en el Portal Institucional del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef), a más tardar el último día hábil del mes de marzo de 2021 y rige a partir del primer día calendario del mes siguiente a la fecha de su publicación. Artículo 3. Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los treinta días del mes de marzo del año dos mil veintiuno. FRANCISCO RAFAEL SAGASTI HOCHHAUSLER Presidente de la República WALDO MENDOZA BELLIDO Ministro de Economía y Finanzas 1939914-5 Nombran miembro del Consejo Fiscal RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 008-2021-EF Lima, 30 de marzo de 2021CONSIDERANDO: Que, el artículo 15 del Decreto Legislativo Nº 1276, que aprueba el Marco de la Responsabilidad y Transparencia Fiscal del Sector Público No Financiero, establece que el Consejo Fiscal creado mediante la Ley Nº 30099, Ley de Fortalecimiento de la Responsabilidad y Transparencia Fiscal, es una comisión autónoma, dependiente del Ministerio de Economía y Finanzas, cuyo objeto es contribuir con el análisis técnico independiente de la política fi scal, mediante la emisión de opinión no vinculante a través de informes, en materias como la modi fi cación y el cumplimiento de las reglas macro fi scales