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38 NORMAS LEGALES Miércoles 31 de marzo de 2021 / El Peruano ProductoMargen Comercial (Soles por Galón) Diesel B5 (0-2500) 0,13 Diesel B5 (2500-5000) 0,14 Artículo 2.- Fijar la Banda de Precios para el Diesel B5 para uso vehicular, según lo siguiente: Productos LS LI Diesel B5 8,00 7,50 Notas: 1. Los valores se expresan en Soles por Galón. 2. LS = Límite Superior de la Banda. 3. LI = Límite Inferior de la Banda. 4. Diésel B5: De acuerdo al artículo 2 del Decreto Supremo N° 006-2021-EM, la Banda del Diésel B5 solo será aplicable al Diésel B5 destinado al Uso Vehicular. Artículo 3.- El Margen Comercial y la Banda de Precios aprobados en los artículos 1 y 2 precedentes, estarán vigentes a partir del jueves 01 de abril de 2021 hasta el jueves 27 de mayo de 2021. Artículo 4.- Publicar la presente Resolución en el Diario O fi cial “El Peruano” en el Portal Institucional de Osinergmin: https://www.osinergmin.gob.pe/Resoluciones/Resoluciones-GRT-2021.aspx LUIS GRAJEDA PUELLES GerenteGerencia de Regulación de TarifasOsinergmin 1939749-1 ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS CONSEJO NACIONAL DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION TECNOLOGICA Aprueban transferencias financieras a favor de entidades públicas y otorgamiento de subvenciones a personas jurídicas privadas RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 025-2021-CONCYTEC-P Lima, 29 de marzo de 2021 VISTOS: Los Informes Técnico - Legal Nº 011-2021-FONDECYT-USM-OGPP-OGAJy 012-2021-FONDECYT-USM-OGPP-OGAJ,y los Proveídos Nº 035-2021-FONDECYT-DE y 036-2021-FONDECYT-DE de la Unidad Ejecutora Fondo Nacional de Desarrollo Cientí fi co, Tecnológico y de Innovación Tecnológica - FONDECYT, y; CONSIDERANDO:Que, la Trigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, en su Numeral 1) autoriza excepcionalmente al CONCYTEC, a partir de la vigencia de la citada Ley, con la fi nalidad de co fi nanciar programas y proyectos en materia de ciencia, tecnología e innovación tecnológica, a: a) Efectuar transferencias fi nancieras a favor de entidades públicas del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales; y b) Otorgar subvenciones a favor de personas jurídicas privadas, domiciliadas y no domiciliadas en el país. Asimismo, dispone que las referidas transferencias y subvenciones se aprueban mediante resolución del Titular del Pliego CONCYTEC, previa suscripción de convenio e informe favorable de la o fi cina de presupuesto o la que haga sus veces, debiéndose publicar en el Diario O fi cial El Peruano; Que, mediante Resolución de Presidencia Nº 156-2018-CONCYTEC-P de fecha 11 de setiembre de 2018, se aprueba la Directiva Nº 003-2018-CONCYTEC-OGPP, “Disposiciones para la aprobación de Transferencias Financieras y/u Otorgamiento de Subvenciones en el marco de lo dispuesto en la Trigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016”, en adelante la Directiva, la cual ha sido modi fi cada mediante Resoluciones de Presidencia Nº 092-2019-CONCYTEC-P y 038-2020-CONCYTEC-P; Que, el Numeral 6.3.1 de la Directiva establece que la Dirección Ejecutiva del FONDECYT y la Unidad de Seguimiento y Monitoreo son los responsables de verifi car que se cumplan todos los requisitos establecidos en el convenio o contrato respectivo, los requisitos establecidos en las Bases del Instrumento Financiero, en el Plan Operativo del Proyecto, en las Directivas, Guías y Lineamientos u otros documentos normativos similares para proceder a los desembolsos solicitados por el FONDECYT, así como de precisar si se trata de un Instrumento/Esquema Financiero que se encuentra en ejecución cuyo convenio ha sido suscrito con entidades públicas o personas jurídicas privadas domiciliadas y no domiciliadas en el país, o si se trata de un Esquema Financiero proveniente de un concurso; Que, el Numeral 6.3.2 de la Directiva señala que la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto es responsable de la emisión del Certi fi cado de Crédito Presupuestario y de veri fi car que se esté cumpliendo con las disposiciones contenidas en la Directiva; Que, conforme al Numeral 6.3.3 de la Directiva, la Ofi cina General de Asesoría Jurídica es responsable de: i) Veri fi car la vigencia del convenio o contrato materia de subvención o transferencia, ii) Veri fi car que la entidad o persona jurídica a quien se propone transferir o subvencionar, cuente con la Resolución que lo declare ganador del Instrumento Financiero respectivo, y iii) Verifi car que se esté cumpliendo con las disposiciones contenidas en la Directiva; Que, mediante el Proveídos Nº 035-2021-FONDECYT- DE y 036-2021-FONDECYT-DE, la Dirección Ejecutiva de la Unidad Ejecutora FONDECYT solicita se aprueben las transferencias fi nancieras a favor de entidades públicas y el otorgamiento de subvenciones a personas jurídicas privadas por un importe total ascendente a S/ 2’172,682.01 (Dos Millones Ciento Setenta y Dos Mil Seiscientos Ochenta y Dos y 01/100 Soles), señalando que permitirá cofi nanciar los proyectos ganadores de los concursos de los Esquemas Financieros E041-2018-01-BM denominado “Subproyectos de Investigación Aplicada y Desarrollo Tecnológico” y E038-2019-01-BM – 2 Corte denominado “Incorporación de Investigadores”, para lo cual remite los Informes Técnico - Legal Nº 011-2021-FONDECYT-USM-OGPP-OGAJ y 012-2021-FONDECYT-USM-OGPP-OGAJ , mediante los cuales el Responsable de la Unidad de Seguimiento y Monitoreo de la Unidad Ejecutora FONDECYT, el Jefe (e) de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto y el Jefe (e) de la O fi cina General de Asesoría Jurídica del CONCYTEC, determinan la viabilidad técnica, presupuestal y legal para efectuar las transferencias fi nancieras a favor de entidades públicas y el otorgamiento de subvenciones a personas jurídicas privadas , para el desarrollo de los proyectos señalados en los Informes Técnico - Legal, para tal efecto adjunta los Certi fi cados de Crédito Presupuestario Nº 239-2021, 240-2021, 241-2021, 242-2021, 243-2021, 244-2021, 245-2021, 246-2021, 247-2021, 248-2021, 249-2021, 250-2021, 251-2021, 252-2021 y 253-2021, y copia de las Resoluciones de Dirección Ejecutiva Nº 1 09-2018-FONDECYT-DE, 110-2018-FONDECYT-DE, 111-2018-FONDECYT-DE, 112-2018-FONDECYT-DE, 113-2018-FONDECYT-DE, 115-2018-FONDECYT-DE y 086-2019-FONDECYT-DE, que aprueban los resultados de las convocatorias de los citados esquemas fi nancieros; Que, los Informes Técnico - Legal concluyen que la Unidad de Seguimiento y Monitoreo de la Unidad Ejecutora