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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE MARZO DEL AÑO 2021 (31/03/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 53

53 NORMAS LEGALES Miércoles 31 de marzo de 2021 El Peruano / solicitud de autorización previa para publicidad estatal por radio o televisión, cuya representación habilita a participar en los demás trámites contenidos en el Reglamento; Que, el numeral 78.1 del artículo 78 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, establece que procede la delegación de competencia de un órgano a otro al interior de una misma entidad; disponiéndose en el artículo 79 de la citada norma, que el delegante tendrá siempre la obligación de vigilar la gestión del delegado, y podrá ser responsable con éste por culpa en la vigilancia; Que, sobre el particular, conforme a lo establecido en los artículos 39 y 40 del Reglamento de Organización y Funciones de Sunarp, aprobado por Decreto Supremo N° 012-2013-JUS, la O fi cina General de Comunicaciones, es el órgano de apoyo encargado de promover, dirigir y ejecutar las políticas comunicacionales y de imagen institucional; y tiene entre sus funciones, diseñar y proponer la estrategia y política comunicacional y de relaciones públicas; así como dirigir, coordinar y ejecutar las estrategias de publicidad, marketing, comunicación, de relaciones públicas y protocolo; Que, mediante el Informe N° 234-2021-SUNARP/ OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica concluye que resulta viable emitir el acto resolutivo de delegación de facultades en la señora Cecilia Elizabeth Limo Dueñas, Comunicadora Social de la O fi cina General de Comunicaciones, para la presentación del formato de solicitud de autorización previa para publicidad estatal por radio o televisión, y el formato de reporte posterior de publicidad estatal al JEE; así como para participar en los demás trámites contenidos en el Reglamento; Que, con fecha 04 de febrero de 2021, se publicó en el Diario O fi cial “El Peruano” la Resolución Suprema N° 019-2021-JUS, a través de la cual se designa al señor Jorge Antonio Martín Ortiz Pasco, en el cargo de Superintendente Adjunto de los Registros Públicos; Que, en tal contexto, el órgano de asesoramiento concluye que en el presente caso se ha con fi gurado el supuesto de impedimento temporal previsto en artículo 15 de la Ley N° 26366, Ley de creación del Sistema Nacional de los Registros Públicos y de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, en concordancia con lo señalado por el artículo 10 del Reglamento de Organización y Funciones de la Sunarp, aprobado a través del Decreto Supremo N° 012-2013-JUS; razón por la cual, corresponde que el acto resolutivo que apruebe la delegación de facultades en la señora Cecilia Elizabeth Limo Dueñas, Comunicadora Social de la O fi cina General de Comunicaciones, para la presentación del formato de solicitud de autorización previa para publicidad estatal por radio o televisión, y el formato de reporte posterior de publicidad estatal al Jurado Electoral Especial – JEE; así como para participar en los demás trámites contenidos en el Reglamento; se materialice a través de una Resolución del Superintendente Adjunto; De conformidad con lo previsto en el artículo 15 de la Ley N° 26366, Ley de creación del Sistema Nacional de los Registros Públicos y de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos; el artículo 10 del Reglamento de Organización y Funciones de la Sunarp, aprobado a través del Decreto Supremo N° 012-2013-JUS; el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS; y el Decreto Supremo N° 01-2009-JUS, que aprueba el Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General; Con el visado de la Gerencia General, de la O fi cina General de Comunicaciones y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE:Artículo 1.-. Delegación de facultades Delegar en la señora Cecilia Elizabeth Limo Dueñas, Comunicadora Social de la O fi cina General de Comunicaciones, para el ejercicio fi scal 2021, las siguientes facultades: 1.1 Presentar el formato de solicitud de autorización previa para publicidad estatal por radio o televisión al Jurado Electoral Especial – JEE, establecido en el numeral 23.1 del artículo 23 del Reglamento sobre Propaganda Electoral, Publicidad Estatal y Neutralidad en Periodo Electoral, aprobado mediante la Resolución Nº 0306-2020-JNE. 1.2 Presentar el formato de reporte posterior de publicidad estatal al Jurado Electoral Especial – JEE, establecido en el numeral 24.1 del artículo 24 del Reglamento sobre Propaganda Electoral, Publicidad Estatal y Neutralidad en Periodo Electoral, aprobado mediante la Resolución Nº 0306-2020-JNE. La facultad delegada en el numeral 1.2 del presente artículo, incluye la realización de toda acción orientada a la absolución de observaciones, así como del cumplimiento de las disposiciones y/o medidas correctivas que, de ser el caso, ordene el Jurado Nacional de Elecciones – JNE, conforme a las competencias establecidas en el Reglamento sobre Propaganda Electoral, Publicidad Estatal y Neutralidad en Periodo Electoral, aprobado mediante la Resolución Nº 0306-2020-JNE. Artículo 2.- Rendición de cuentas Disponer que la profesional de la O fi cina General de Comunicaciones emita a la Gerencia General un informe sobre las acciones realizadas en el marco de la delegación efectuada en el artículo 1 de la presente resolución, el mismo que es remitido a la Superintendencia Adjunta. Artículo 3.- Comunicación Disponer que la presente resolución sea puesta en conocimiento del Jurando Nacional de Elecciones – JNE, para los fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE ANTONIO MARTÍN ORTIZ PASCO Superintendente Adjunto de los Registros Públicos 1939879-1 Autorizan incorporación de mayores ingresos públicos en el Presupuesto Institucional de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos para el Año Fiscal 2021 RESOLUCIÓN DEL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE LOS REGISTROS PÚBLICOS N° 048 -2021-SUNARP/SA Lima, 30 de marzo de 2021VISTOS; el Informe Técnico N° 011-2021-SUNARP- OGPP, del 29 de marzo de 2021, de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto y el Informe Nº 251-2021-SUNARP/OGAJ, del 30 de marzo de 2021, de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución N° 194-2020-SUNARP/ SN, de fecha 30 de diciembre de 2020, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2021, del Pliego 067 Superintendencia Nacional de los Registros Públicos – Sunarp; Que, el numeral 50.1 del artículo 50 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, establece que las incorporaciones de mayores ingresos públicos que se generen como consecuencia de la percepción de determinados ingresos no previstos o superiores a los contemplados en el presupuesto inicial, se sujetan a límites máximos de incorporación determinados por el Ministerio de Economía y Finanzas, en consistencia con las reglas fi scales vigentes, los que son aprobados mediante resolución del Titular de la Entidad cuando provienen, entre otros, de los saldos de balance, constituidos por recursos fi nancieros provenientes de fuente de fi nanciamiento distinta a Recursos Ordinarios, que no