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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE MAYO DEL AÑO 2021 (06/05/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 8

8 NORMAS LEGALES Jueves 6 de mayo de 2021 / El Peruano (www.gob.pe), en el portal institucional del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef) y en el portal institucional de la Presidencia del Consejo de Ministros (www.gob.pe/pcm), el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Artículo 5.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por la Presidenta del Consejo de Ministros, el Ministro del Interior, la Ministra de Defensa, el Ministro de Relaciones Exteriores, el Ministro de Salud, el Ministro de Justicia y Derechos Humanos, la Ministra de Desarrollo e Inclusión Social, el Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo, la Ministra de Comercio Exterior y Turismo, el Ministro de Transportes y Comunicaciones, el Ministro de Educación, el Ministro de Economía y Finanzas, el Ministro de Energía y Minas, la Ministra de Vivienda, Construcción y Saneamiento, el Ministro de Desarrollo Agrario y Riego, el Ministro de la Producción, la Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, el Ministro del Ambiente, y el Ministro de Cultura. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA MODIFICATORIA Única.- Modi fi cación de los artículos 7, 10 y el numeral 1 del artículo 12 del Reglamento de la Ley N°29625, Ley de devolución de dinero del FONAVI a los trabajadores que contribuyeron al mismo, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2012-EF Modifíquese el artículo 7, el articulo 10 y el numeral 1 del artículo 12 del Reglamento de la Ley N°29625, Ley de devolución de dinero del FONAVI a los trabajadores que contribuyeron al mismo, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2012-EF, en los siguientes términos: “Artículo 7.- Conformación La Comisión es un órgano colegiado y está conformado por los representantes previstos en la Ley. El quórum para su instalación es de cinco miembros. La Comisión adopta acuerdos por mayoría calificada de sus miembros. Las Sesiones de la Comisión se rigen por lo dispuesto en el presente Reglamento, y supletoriamente por el Reglamento Interno aprobado por ésta. La acreditación de los representantes ante la Comisión se realiza por Resolución Ministerial del Sector correspondiente o por su inscripción en Registros Públicos, según sea el caso” “Artículo 10.- Creación de la Secretaria Técnica La Comisión contará con el apoyo de una Secretaría Técnica que estará adscrita a la Presidencia del Consejo de Ministros, pudiendo dicho sector constituir una Unidad Ejecutora, conforme a la normatividad vigente. La Secretaría Técnica estará a cargo de un Secretario Técnico designado por Resolución Ministerial de la Presidencia del Consejo de Ministros y tendrá las funciones establecidas en el presente Reglamento y en las normas complementarias que se dicten para tal efecto.” “Artículo 12.- Funciones del Secretario Técnico Corresponde al Secretario Técnico: 1. Cumplir con la función de enlace administrativo entre la Comisión Ad-Hoc y la Presidencia del Consejo de Ministros. (…)” Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los cinco días del mes de mayo del año dos mil veintiuno. FRANCISCO RAFAEL SAGASTI HOCHHAUSLER Presidente de la República VIOLETA BERMÚDEZ VALDIVIA Presidenta del Consejo de Ministros GABRIEL QUIJANDRÍA ACOSTA Ministro del Ambiente CLAUDIA CORNEJO MOHME Ministra de Comercio Exterior y TurismoALEJANDRO NEYRA SÁNCHEZMinistro de Cultura NURIA ESPARCH FERNÁNDEZ Ministra de Defensa FEDERICO TENORIO CALDERÓN Ministro de Desarrollo Agrario y Riego SILVANA VARGAS WINSTANLEY Ministra de Desarrollo e Inclusión Social WALDO MENDOZA BELLIDO Ministro de Economía y Finanzas RICARDO DAVID CUENCA PAREJA Ministro de Educación JAIME GÁLVEZ DELGADO Ministro de Energía y Minas JOSÉ MANUEL ANTONIO ELICE NAVARRO Ministro del Interior EDUARDO VEGA LUNA Ministro de Justicia y Derechos Humanos SILVIA LOLI ESPINOZA Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables JOSÉ LUIS CHICOMA LÚCAR Ministro de la Producción ALLAN WAGNER TIZÓN Ministro de Relaciones Exteriores ÓSCAR UGARTE UBILLUZ Ministro de Salud JAVIER EDUARDO PALACIOS GALLEGOS Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo EDUARDO GONZÁLEZ CHÁVEZ Ministro de Transportes y Comunicaciones SOLANGEL FERNÁNDEZ HUANQUI Ministra de Vivienda, Construcción y Saneamiento 1950469-4 Modifican el Plan de Estrategia Publicitaria Institucional de la Presidencia del Consejo de Ministros - Año 2021 RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 106-2021-PCM Lima, 5 de mayo de 2021CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley N° 28874, Ley que regula la publicidad estatal, se establecen los criterios generales para el uso de los recursos que las instancias del Gobierno Nacional, Gobierno Regional y Gobierno Local, destinarán al rubro de publicidad, en prensa escrita, radio y televisión; Que, el artículo 3 de la citada Ley señala que, para la autorización de la realización de publicidad estatal se debe contar, entre otros, con un Plan de Estrategia Publicitaria acorde con las funciones y atribuciones de las entidades o dependencias, las cuales deben adecuarse a los objetivos y prioridades establecidos en los programas sectoriales; Que, mediante Resolución Ministerial N° 023-2021- PCM, se aprueba el Plan de Estrategia Publicitaria Institucional de la Presidencia del Consejo de Ministros – Año 2021, que contempla las campañas: gestión de emergencias sanitarias; gestión de fomento de valores ciudadanos; gestión de emergencias y desastres de origen natural; y, contra las distintas formas de violencia de género;