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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE MAYO DEL AÑO 2021 (11/05/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 28

28 NORMAS LEGALES Martes 11 de mayo de 2021 / El Peruano Aceptan renuncia de Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Lima Sur RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 667-2021-MP-FN Lima, 10 de mayo de 2021VISTO Y CONSIDERANDO: El o fi cio N° 2290-2021-MP-FN-PJFSLIMASUR, cursado por la abogada Niccy Mariel Valencia Llerena, Presidenta de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Sur, mediante el cual, entre otros, eleva el escrito de renuncia presentado por la abogada Mary Yuviluz Alvarez Villalobos, al cargo de Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Lima Sur, y a su designación en el Despacho de la Fiscalía Provincial Corporativa Transitoria Especializada en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar de Villa María del Triunfo - Lima Sur, así como a su asignación en el Despacho de la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Sur, por motivos estrictamente personales, señalando como último día de labores el 03 de mayo de 2021. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el artículo 64° del Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público. SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aceptar la renuncia formulada por la abogada Mary Yuviluz Alvarez Villalobos, al cargo de Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Lima Sur, y a su designación en el Despacho de la Fiscalía Provincial Corporativa Transitoria Especializada en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar de Villa María del Triunfo - Lima Sur, así como a su asignación en el Despacho de la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Sur, materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nros. 1029 y 1324-2020-MP-FN, de fechas 21 de septiembre y 30 de noviembre de 2020, respectivamente, con efectividad al 04 de mayo de 2021. Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Sur, Coordinación Nacional de las Fiscalías Provinciales Transitorias Corporativas Especializadas en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar, Fiscalías Provinciales Especializadas en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar y de las Fiscalías Provinciales Corporativas en Lesiones y Agresiones en contra de las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar, Gerencia General, O fi cina General de Potencial Humano, O fi cina de Control de la Productividad Fiscal, Ofi cina de Registro y Evaluación de Fiscales y a la abogada mencionada. Regístrese, comuníquese y publíquese.ZORAIDA AVALOS RIVERA Fiscal de la Nación 1951605-1 Cesan por motivo de fallecimiento a Fiscal Superior Titular Penal del Distrito Fiscal de Ucayali RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN N° 668-2021-MP-FN Lima, 10 de mayo de 2021VISTO Y CONSIDERANDO:El ofi cio N° 240-2021-MP-FN-PJFSUCAYALI, cursado por el abogado Ricardo Pablo Jiménez Flores, Presidente de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Ucayali, mediante el cual se comunica el sensible fallecimiento del abogado Wilson Garay Bolívar, Fiscal Superior Titular Penal del Distrito Fiscal de Ucayali, designado en el Despacho de la Primera Fiscalía Superior Penal de Ucayali, y como Coordinador de las Fiscalías Provinciales Penales Corporativas del Distrito Fiscal de Ucayali, ocurrido el día 25 de abril de 2021, adjuntando para tal fi n, la copia simple del Acta de Defunción expedido por el Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil – RENIEC. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el artículo 64° del Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público. SE RESUELVE: Artículo Primero.- Cesar por motivo de fallecimiento, al abogado Wilson Garay Bolívar, Fiscal Superior Titular Penal del Distrito Fiscal de Ucayali, designado en el Despacho de la Primera Fiscalía Superior Penal de Ucayali, y como Coordinador de las Fiscalías Provinciales Penales Corporativas del Distrito Fiscal de Ucayali, materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nros. 4365-2017-MP-FN y 480-2021-MP-FN, de fechas 29 de noviembre de 2017 y 05 de abril de 2021, respectivamente; a partir del 25 de abril de 2021. Artículo Segundo.- Poner la presente Resolución a conocimiento de la Junta Nacional de Justicia, para la cancelación del Título, materia de la Resolución del Consejo Nacional de la Magistratura N° 153-2017-CNM, de fecha 09 de marzo de 2017. Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Ucayali, Gerencia General, O fi cina General de Potencial Humano, O fi cina de Control de la Productividad Fiscal y a la O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales. Regístrese, comuníquese y publíquese.ZORAIDA AVALOS RIVERA Fiscal de la Nación 1951606-1 Aceptan renuncia de Fiscal Adjunto Provincial Provisional Transitorio del Distrito Fiscal de Huánuco RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN N° 669-2021-MP-FN Lima, 10 de mayo de 2021VISTO Y CONSIDERANDO:El ofi cio N° 585-2021-MP-FN-CNFEED, cursado por el abogado Roger Solano Yauri, Fiscal Adjunto Superior Provisional Transitorio del Distrito Fiscal de Lima, encargado de la Coordinación Nacional de las Fiscalías Especializadas en Extinción de Dominio, mediante el cual eleva la carta de renuncia del abogado Elvis Contreras Tueros, al cargo de Fiscal Adjunto Provincial Provisional Transitorio del Distrito Fiscal de Huánuco y a su designación en el Despacho de la Fiscalía Provincial Transitoria de Extinción de Dominio de Huánuco, por motivos de salud, informando que su último día de labores será el 29 de abril de 2021, la misma que ha sido comunicada a la O fi cina General de Potencial Humano, vía correo electrónico, en virtud de que se trata de un personal administrativo con reserva de su plaza de origen. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el artículo 64° del Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público.