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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE MAYO DEL AÑO 2021 (14/05/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 17

17 NORMAS LEGALES Viernes 14 de mayo de 2021 El Peruano / (www.gob.pe/midis) en la misma fecha de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Artículo 5.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por la Ministra de Desarrollo e Inclusión Social. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los trece días del mes de mayo del año dos mil veintiuno. FRANCISCO RAFAEL SAGASTI HOCHHAUSLER Presidente de la República SILVANA VARGAS WINSTANLEY Ministra de Desarrollo e Inclusión Social WALDO MENDOZA BELLIDO Ministro de Economía y Finanzas 1952967-4 ECONOMIA Y FINANZAS Aprueban Convenios de Traspaso de Recursos a ser suscritos entre el Ministerio de Economía y Finanzas y diversos Gobiernos Locales en el marco de lo previsto en el Decreto Supremo Nº 079-2021-EF RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 153-2021-EF/52 Lima, 13 de mayo del 2021CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 079-2021- EF, Decreto Supremo que aprueba la Operación de Endeudamiento Interno mediante la emisión de Bonos Soberanos prevista en la Ley N° 31086, Ley de Endeudamiento del Sector Público para el Año Fiscal 2021, se aprobó la operación de endeudamiento interno, a través de la emisión de Bonos Soberanos, hasta por S/ 130 597 000,00 (CIENTO TREINTA MILLONES QUINIENTOS NOVENTA Y SIETE MIL Y 00/100 SOLES), a ser efectuada en uno o varios tramos, destinada a fi nanciar una cartera de cuarenta y nueve (49) proyectos de inversión y sesenta y siete (67) estudios de preinversión o fi chas técnicas, cuya unidad ejecutora está a cargo de la Municipalidad Provincial de Antabamba, la Municipalidad Distrital de Santa María de Chicmo, la Municipalidad Provincial de Cotabambas, la Municipalidad Distrital de Cotabambas, la Municipalidad Distrital de Challhuahuacho, la Municipalidad Distrital de Coyllurqui, la Municipalidad Distrital de Haquira, la Municipalidad Distrital de Mamara, la Municipalidad Distrital de Micaela Bastidas, la Municipalidad Distrital de San Juan de Chacña, la Municipalidad Distrital de Cotaruse y la Municipalidad Distrital de Sañayca; Que, el numeral 4.1 del artículo 4 del Decreto Supremo N° 079-2021-EF dispone que el Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Dirección General del Tesoro Público, traspasa a las citadas unidades ejecutoras, Ios recursos derivados de la aludida operación de endeudamiento interno, mediante un Convenio de Traspaso de Recursos, el mismo que es aprobado mediante Resolución Ministerial; Que, conforme a lo dispuesto en el numeral 4.2 del acotado artículo 4, los Convenios de Traspaso de Recursos, adicionalmente, establecen los términos y condiciones referidos a la atención del servicio de la deuda derivada de la citada operación de endeudamiento interno; Que, asimismo, el numeral 7.2 del punto 7 de los Lineamientos para la aplicación de la Décima Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia Nº 021-2020, Decreto de Urgencia que establece el modelo de ejecución de inversiones públicas a través de proyectos especiales de inversión pública y dicta otras disposiciones, aprobados por Resolución Ministerial N° 190-2020-EF/10, señala que el Ministerio de Economía y Finanzas, traspasa a cada entidad los recursos provenientes de las emisiones de Bonos, mediante un Convenio de Traspaso de Recursos (CTR), el mismo que establece los términos y condiciones referidos al traspaso, así como a la atención del servicio de la deuda; Que, el artículo 24 del Decreto Legislativo N° 1437, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Endeudamiento Público, establece que todo pago o reembolso a favor del Gobierno Nacional, correspondiente a obligaciones generadas en el marco de las operaciones realizadas bajo el ámbito del Sistema Nacional de Endeudamiento Público, son efectuados a través de un fideicomiso; asimismo ,señala que cuando el otorgamiento de los recursos previstos para efectuar dichos pagos o reembolsos, se realice mediante Asignaciones Financieras, la Dirección General del Tesoro Público está facultada a deducir los montos necesarios para atender las referidas obligaciones y transferirlo directamente a las cuentas previstas para el pago del servicio de deuda; Que, en ese sentido, resulta necesario aprobar los Convenios de Traspaso de Recursos a ser suscritos por las citadas unidades ejecutoras y el Ministerio de Economía y Finanzas, así como establecer el mecanismo de reembolso a favor de este último; Que, sobre el particular han opinado favorablemente la Dirección General del Tesoro Público y la O fi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Economía y Finanzas; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1437, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Endeudamiento, en el Decreto Supremo N° 079-2021-EF, Decreto Supremo que aprueba la Operación de Endeudamiento Interno mediante la emisión de Bonos Soberanos prevista en la Ley N° 31086, Ley de Endeudamiento del Sector Público para el Año Fiscal 2021 y en los Lineamientos para la aplicación de la Décima Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia Nº 021-2020, Decreto de Urgencia que establece el modelo de ejecución de inversiones públicas a través de proyectos especiales de inversión pública y dicta otras disposiciones, aprobados por Resolución Ministerial N° 190-2020-EF/10; SE RESUELVE:Artículo 1.- Objeto Apruébense los Convenios de Traspaso de Recursos a ser suscritos entre el Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Dirección General del Tesoro Público y la Municipalidad Provincial de Antabamba, la Municipalidad Distrital de Santa María de Chicmo, la Municipalidad Provincial de Cotabambas, la Municipalidad Distrital de Cotabambas, la Municipalidad Distrital de Challhuahuacho, la Municipalidad Distrital de Coyllurqui, la Municipalidad Distrital de Haquira, la Municipalidad Distrital de Mamara, la Municipalidad Distrital de Micaela Bastidas, la Municipalidad Distrital de San Juan de Chacña, la Municipalidad Distrital de Cotaruse y la Municipalidad Distrital de Sañayca, mediante los cuales se establecen los términos y condiciones para el traspaso de los recursos derivados de la operación de endeudamiento interno aprobada en el artículo 1 del Decreto Supremo N° 079-2021-EF, los mismos que como Anexo, forman parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Servicio de Deuda Dispóngase que el mecanismo de reembolso a cargo de la Municipalidad Provincial de Antabamba, la Municipalidad Distrital de Santa María de Chicmo, la Municipalidad Provincial de Cotabambas, la Municipalidad Distrital de Cotabambas, la Municipalidad Distrital de Challhuahuacho, la Municipalidad Distrital de Coyllurqui, la Municipalidad Distrital de Haquira, la Municipalidad Distrital de Mamara, la Municipalidad Distrital de Micaela Bastidas, la Municipalidad Distrital de San Juan de Chacña, la Municipalidad Distrital de Cotaruse y la Municipalidad Distrital de Sañayca, a favor del Ministerio