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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE MAYO DEL AÑO 2021 (14/05/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 29

29 NORMAS LEGALES Viernes 14 de mayo de 2021 El Peruano / TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO Autorizan transferencia financiera a favor del Seguro Social de Salud - EsSalud para la operatividad de los centros de vacunación contra la COVID-19 RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 082-2021-TR Lima, 13 de mayo de 2021VISTOS: El O fi cio Nº 375-SG-ESSALUD-2021 de la Secretaría General del Seguro Social de Salud - EsSalud; el Memorando N° 0244-2021-MTPE/4/11 de la O fi cina General de Administración; el Memorando N° 0375-2021-MTPE/4/9 de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto; y el Informe N° 395-2021-MTPE/4/8 de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, en el marco de la Ley N° 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, se aprueba, mediante Resolución Ministerial N° 308-2020-TR, el Presupuesto Institucional de Apertura del Pliego 012: Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo correspondiente al Año Fiscal 2021 por un monto de S/ 292 661 956.00 (DOSCIENTOS NOVENTA Y DOS MILLONES SEISCIENTOS SESENTA Y UN MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y SEIS Y 00/100 SOLES) por toda fuente de fi nanciamiento; Que, el numeral 7.1 del artículo 7 del Decreto de Urgencia N° 043-2021, Decreto de Urgencia que dicta medidas extraordinarias, en materia económica y fi nanciera, que permitan incrementar la capacidad logística, monitoreo del proceso logístico y de soporte de la vacunación y la implementación de la plataforma digital para el Padrón Nacional de Vacunación contra la COVID-19, autoriza, de manera excepcional, una transferencia de partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, hasta por la suma de S/ 8 450 075.00 (OCHO MILLONES CUATROCIENTOS CINCUENTA MIL SETENTA Y CINCO CON 00/100 SOLES) a favor del pliego Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, para fi nanciar hasta por noventa (90) días calendario, el arrendamiento, instalación y puesta en funcionamiento de infraestructura temporal, servicios, mobiliario, material médico y otros insumos para la operatividad de los centros de vacunación contra la COVID-19 instalados y por instalar por dicha entidad, así como su continuidad y mantenimiento, con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas; Que, asimismo, el numeral 7.7 del artículo 7 del Decreto de Urgencia N° 043-2021, Decreto de Urgencia que dicta medidas extraordinarias, en materia económica y fi nanciera, que permitan incrementar la capacidad logística, monitoreo del proceso logístico y de soporte de la vacunación y la implementación de la plataforma digital para el Padrón Nacional de Vacunación contra la COVID-19, autoriza al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, de manera excepcional, durante el Año Fiscal 2021, a realizar transferencias fi nancieras a favor del Seguro Social de Salud – EsSalud, con cargo a los recursos a los que se re fi ere el numeral 7.1, solo para los fi nes señalados en el referido artículo; además, señala que dichas transferencias fi nancieras se aprueban mediante resolución del Titular del Pliego Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, previo informe favorable de la O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en dicho pliego, y se publica en el diario o fi cial El Peruano; Que, en aplicación de las disposiciones señaladas en los considerandos precedentes, mediante Resolución Ministerial N° 076-2021-TR, se aprueba la desagregación de la transferencia de partidas autorizada, por la suma de S/ 8 450 075.00 (OCHO MILLONES CUATROCIENTOS CINCUENTA MIL SETENTA Y CINCO Y 00/100 SOLES) a favor del pliego Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, para fi nanciar hasta por noventa (90) días calendario, el arrendamiento, instalación y puesta en funcionamiento de infraestructura temporal, servicios, mobiliario, material médico y otros insumos para la operatividad de los centros de vacunación contra la COVID-19 instalados y por instalar por dicha entidad, así como su continuidad y mantenimiento, con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas; Que, mediante O fi cio Nº 375-SG-ESSALUD-2021, la Secretaria General del Seguro Social de Salud - EsSalud solicita gestionar la aprobación de la transferencia fi nanciera mencionada en el considerando precedente, remitiendo adjunto el Memorándum N° 1176-GG-ESSALUD-2021, elaborado por la Gerencia General del Seguro Social de Salud – EsSalud, la Nota Nº 704-GCAJ-ESSALUD-2021 y el Informe N° 276-GNAA-GCAJ-ESSALUD-2021 de la Gerencia Central de Asesoría Jurídica, el Memorando N° 4651-GCOP-ESSALUD-2021 de la Gerencia Central de Operaciones, y el Informe Nº 38-GCPP-ESSALUD-2021 de la Gerencia Central de Planeamiento y Presupuesto, que sustentan la viabilidad de la transferencia fi nanciera del Pliego 012: Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Trabajo – O fi cina General de Administración; Que, la O fi cina General de Administración, mediante Memorando N° 0244-2021- MTPE/4/11, remite el Informe Nº 0023-2021-MTPE/4/11.1 de la O fi cina de Finanzas, el cual contiene la Certi fi cación de Crédito Presupuestario mediante la Nota Nº 893, en la Fuente de Financiamiento 1. Recursos Ordinarios, por la suma de S/ 8 450 075.00 (OCHO MILLONES CUATROCIENTOS CINCUENTA MIL SETENTA Y CINCO Y 00/100 SOLES); Que, a través del Memorando Nº 0375-2021-MTPE/4/9, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo adjunta el Informe N° 0262-2021-MTPE/4/9.2 emitido por la O fi cina de Presupuesto, con la opinión favorable en materia presupuestal correspondiente; Que, en virtud de lo expuesto, y en el marco de las normas descritas, resulta pertinente aprobar la transferencia fi nanciera solicitada, con cargo a la fuente de fi nanciamiento 1. Recursos Ordinarios, a favor del Seguro Social de Salud - EsSalud; Que, la Titular del Seguro Social de Salud - Essalud es responsable del uso y destino de los recursos que se trans fi eren conforme a la normatividad vigente; asimismo, dichos recursos no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos, de conformidad con lo dispuesto en los numerales 7.8 y 7.9 del artículo 7 del Decreto de Urgencia N° 043-2021, Decreto de Urgencia que dicta medidas extraordinarias, en materia económica y fi nanciera, que permitan incrementar la capacidad logística, monitoreo del proceso logístico y de soporte de la vacunación y la implementación de la plataforma digital para el Padrón Nacional de Vacunación contra la COVID-19; Con las visaciones de la Secretaría General, de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, de la Ofi cina General de Administración, y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto de Urgencia N° 043-2021, Decreto de Urgencia que dicta medidas extraordinarias, en materia económica y fi nanciera, que permitan incrementar la capacidad logística, monitoreo del proceso logístico y de soporte de la vacunación y la implementación de la plataforma digital para el Padrón Nacional de Vacunación contra la COVID-19; el numeral 8 del artículo 25 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobado por Resolución Ministerial N° 308-2019-TR; SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorízase la transferencia fi nanciera del Pliego 012: Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo,