TEXTO PAGINA: 23
23 NORMAS LEGALES Viernes 14 de mayo de 2021 El Peruano / autorización de viaje deberán publicarse en el Diario Ofi cial El Peruano (…)” ; Que, a través del Informe de Vistos, la O fi cina General de Asesoría Jurídica considera legalmente viable autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicios, de los efectivos policiales antes mencionados, del 18 al 23 de mayo de 2021, a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de la República Argentina, para que ejecuten la extradición activa del ciudadano peruano Moisés Galván Rojas; Con el visado de la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos; el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, mediante el cual se aprobaron las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021; el Decreto Legislativo Nº 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; el Decreto Legislativo Nº 1267, Ley de la Policía Nacional del Perú; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado por Resolución Ministerial N° 1520-2019-IN; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicios, del Subo fi cial Brigadier de la Policía Nacional del Perú Emilio Arnaldo Chávez Andrade y de la Subo fi cial de Primera de la Policía Nacional del Perú Karen Elizabeth Román Rojas, del 18 al 23 de mayo de 2021, a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de la República Argentina, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2.- Los gastos por concepto de viáticos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, son cubiertos con cargo a la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007: Ministerio del Interior, de acuerdo al siguiente detalle: Subo fi cial Brigadier PNP Emilio Arnaldo Chávez Andrade y de la Subo fi cial de Primera PNP Karen Elizabeth Román Rojas Moneda Importe Días Personas Total Viáticos efectivos US$ 370,00 5 2 3 700,00policiales Artículo 3.- Disponer que el personal policial cuyo viaje se autoriza, presente al Titular de la Entidad, dentro de los quince (15) días calendario siguientes a la realización del viaje, un informe detallado donde describa las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, así como la rendición de cuentas debidamente documentada por los viáticos asignados. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no da derecho a exoneración o liberación del pago de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ MANUEL ANTONIO ELICE NAVARRO Ministro del Interior 1952825-1 Autorizan viaje de personal policial a Colombia, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0343-2021-IN Lima, 13 de mayo de 2021VISTOS, el O fi cio N° 226-2021-SUBCOMGEN PNP/DIRASINT-DIVABI de la Jefatura de la División de Administración de Becas Internacionales de la Dirección de Asuntos Internacionales de la Policía Nacional del Perú y el Informe N° 000608-2021/IN/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 182-2014- JUS de fecha 16 de octubre de 2014, el Estado peruano accedió a la solicitud de extradición activa del ciudadano colombiano José Isaías Monroy Morales, formulada por la Sala Penal Liquidadora de la Corte Superior de Justicia de Loreto y declarada procedente por la Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República, para ser procesado por la presunta comisión del delito contra la Salud Pública - Trá fi co Ilícito de Drogas en su modalidad agravada en agravio del Estado peruano; y, dispuso su presentación por vía diplomática a la República de Colombia, conforme con los Acuerdos vigentes y a la normativa interna aplicable al caso; Que, mediante mensajes de referencia 20211700024511/GRUIN/AAMV y 20211700024511/GRUIN/AAMV de fechas 19 y 23 de abril de 2021, respectivamente, la O fi cina Central Nacional de INTERPOL-Bogotá, comunica a la O fi cina Central Nacional de INTERPOL-Lima que, aceptan las fechas propuestas para llevar a cabo el procedimiento de entrega en extradición del ciudadano colombiano José Isaías Monroy Morales, así mismo, solicita precisar el itinerario de viaje y la lista de personal policial designado; Que, a través del O fi cio N° 4621-2021-SCGPNP/ DIRASINT PNP/OCN INTERPOL L-DEPICJE de fecha 24 de abril de 2021, la O fi cina Central Nacional INTERPOL- Lima, comunica a la Dirección de Asuntos Internacionales de la Policía Nacional del Perú, la designación del Comandante de la Policía Nacional del Perú Dreny Zahir Paz Álvarez y del Subo fi cial de Segunda de la Policía Nacional del Perú William Junior Núñez Mantilla, para que viajen en comisión de servicios, a la Ciudad de Bogotá de la República de Colombia, a fi n de recibir, custodiar y trasladar a nuestro país, al ciudadano colombiano José Isaías Monroy Morales; Que, con Hoja de Estudio y Opinión N° 44-2021-COMGEN-PNP/DIRASINT-DIVABI de fecha 5 de mayo de 2021, la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú estima conveniente se prosiga con el trámite de la expedición de la resolución que autorice el viaje al exterior, en comisión de servicios, del Comandante de la Policía Nacional del Perú Dreny Zahir Paz Álvarez y del Subo fi cial de Segunda de la Policía Nacional del Perú William Junior Núñez Mantilla, propuestos por la O fi cina Central Nacional INTERPOL - Lima, del 17 al 21 de mayo de 2021, a la Ciudad de Bogotá de la República de Colombia, para que ejecuten la extradición activa antes citada; Que, el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1267, Ley de la Policía Nacional del Perú, aprobado por Decreto Supremo Nº 026-2017-IN, establece en su artículo 13 que “La O fi cina Central Nacional INTERPOL - Lima de la Policía Nacional del Perú tiene las funciones siguientes: (…) 7) Ejecutar las extradiciones activas y pasivas de ciudadanos nacionales o extranjeros, requeridos por la autoridad judicial nacional o extranjera y que se encuentren en territorio nacional o internacional, vía los canales y procedimientos diplomáticos correspondientes, en el marco de la legislación vigente y los Tratados de Extradición de los cuales el Perú es parte (…)”; Que, en ese sentido, la participación del mencionado personal policial en la comisión asignada, se encuentra en el ámbito de competencia de la Policía Nacional del Perú, resultando por ello de interés institucional la realización del viaje al exterior antes referido, debiendo señalarse que los gastos por concepto de viáticos del citado personal policial, son asumidos por la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007: Ministerio del Interior, y los gastos por pasajes aéreos (ida y vuelta) serán asumidos por el Poder Judicial, conforme a lo señalado en el O fi cio N° 4621-2021-SCGPNP/DIRASINT PNP/OCN INTERPOL L-DEPICJE;