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44 NORMAS LEGALES Domingo 16 de mayo de 2021 / El Peruano Ordenanza, conforme a la facultad conferida en el inciso 8) del artículo 9° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; Que, mediante Dictamen N° 003-2021-MDA/CIU, la Comisión de Infraestructura y Urbanismo recomienda al Concejo Municipal aprobar el proyecto de Ordenanza que Aprueba la Actualización del Planeamiento Integral de la Zona G de Huaycán del Distrito de Ate, solicitando elevar los actuados al Pleno del Concejo Municipal para su conocimiento, debate y pronunciamiento correspondiente; ESTANDO A LOS FUNDAMENTOS ANTES EXPUESTOS Y EN USO DE LAS FACULTADES CONFERIDAS POR EL NUMERAL 8) DEL ARTICULO 9° DE LA LEY ORGÁNICA DE MUNICIPALIDADES N° 27972, CONTANDO CON EL VOTO POR UNANIMIDAD DE LOS SEÑORES REGIDORES Y CON LA DISPENSA DE LA LECTURA Y APROBACIÓN DE ACTAS, SE HA DADO LA SIGUIENTE: ORDENANZA QUE APRUEBA LA ACTUALIZACIÓN DEL PLANEAMIENTO INTEGRAL DE LA ZONA G DE HUAYCÁN DEL DISTRITO DE ATE. Artículo 1°.- APROBAR; el Planeamiento Integral de la Zona G de Huaycán del Distrito de Ate, Provincia y Departamento de Lima, con el Plano signado con el N° 001-2021-PI-GIU-SGPUC/MDA, el cual tendrá una vigencia de 10 años; en merito a las consideraciones antes expuestas. Artículo 2°.- ESTABLECER; que los módulos viales del Planeamiento Integral deberán de estar sujetos al Reglamento Nacional de Edi fi caciones (RNE), determinando así la continuidad vial y alineamiento físico de las parcelaciones que lo conforman, correspondiendo respetar los Aportes Reglamentarios y el Sistema Vial de los Procesos de Habilitación Urbana que se llevan a cabo en el sector. Artículo 3°.- ENCARGAR; a la Gerencia Municipal, para que a través de la Gerencia de Infraestructura y Urbanismo se cumpla con la inscripción del presente Planeamiento Integral en la Superintendencia Nacional de Registros Públicos, y en coordinación con la Gerencia de Desarrollo e Inclusión Social, se difunda la presente Ordenanza y el plano que forma parte de ella. Artículo 4°.- TRANSCRIBIR; la presente Ordenanza a los interesados, a la Subgerencia de Plani fi cación Urbana y Catastro y la Subgerencia de Control, Operaciones y Sanciones para su conocimiento y fi nes de acuerdo a su competencia. Artículo 5°.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial “El Peruano”. DISPOSICIÓN FINAL Primera.- DETERMINAR; que los expedientes en trámite, se adecuarán a lo dispuesto en la presente Ordenanza. POR TANTO: Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. EDDE CUELLAR ALEGRIA Alcalde 1953254-1 MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES Encargan funciones de Ejecutor Coactivo de la Subgerencia de Fiscalización y Control de la Gerencia de Autorización y Control de la Municipalidad Distrital de Miraflores RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA N° 061-2021-A/MM Mira fl ores, 14 de mayo de 2021EL ALCALDE DE MIRAFLORES: Visto: el Memorándum N° 619-2021-SGFC-GAC/MM de fecha 20 de abril de 2021 emitido por la Subgerencia de Fiscalización y Control, y; CONSIDERANDO:Que, de conformidad con lo dispuesto por los numerales 6 y 17 del artículo 20° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y modi fi catorias, es atribución del Alcalde dictar resoluciones así como designar y cesar a los funcionarios de la Municipalidad; Que, el artículo 7° de la Ley N° 26979, Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva, cuyo Texto Único Ordenado fue aprobado por Decreto Supremo N° 018-2008-JUS, establece que la designación del Ejecutor así como del Auxiliar Coactivo, se efectuará mediante concurso público de méritos y que en ambos casos ingresan como funcionarios de la entidad a la cual representan y ejercerán su cargo a tiempo completo; Que, el artículo 1° del Decreto Legislativo N° 1057, Decreto Legislativo que regula el Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios, prescribe que el régimen especial de contratación administrativa tiene por objeto garantizar los principios de méritos y capacidad, igualdad de oportunidades y profesionalismo de la administración pública; Que, a través del Informe Técnico N° 052-2015-SERVIR/GPGSC, la Autoridad Nacional del Servicio Civil – SERVIR señala que a fi n de garantizar la ejecución oportuna de las acciones coercitivas frente al incumplimiento de obligaciones legales recaídas sobre los administrados, las entidades del Sector Público, por excepción, podrán contratar Ejecutores Coactivos mediante el régimen laboral del Contrato Administrativo de Servicios (CAS); Que, mediante el documento del visto, la Subgerencia de Fiscalización y Control de la Gerencia de Autorización y Control por necesidad de servicio solicita la contratación de una persona, bajo la modalidad del régimen especial de Contratación Administrativa de Servicios, para desempeñarse como Ejecutor Coactivo, por no contar con un responsable para dicho puesto; Que, mediante la Convocatoria N° 001-2021, Proceso CAS N° 01-2021, se convocó el concurso para la contratación de un (01) Ejecutor Coactivo para la Subgerencia de Fiscalización y Control de la Gerencia de Autorización y Control, declarándose ganador al señor Jhorlan Renato Nestares Talla, el mismo que suscribió el Contrato Administrativo de Servicios el día 10 de mayo de 2021; De acuerdo a lo dispuesto en el numeral 6 del artículo 20° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y modi fi catorias; RESUELVE:Artículo Primero.- ENCARGAR a partir de la fecha las funciones de Ejecutor Coactivo de la Subgerencia de Fiscalización y Control de la Gerencia de Autorización y Control de la Municipalidad Distrital de Mira fl ores, al señor Jhorlan Renato Nestares Talla, servidor contratado bajo el régimen laboral especial regulado por el Decreto Legislativo N° 1057 y normas complementarias. Artículo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente resolución a la Subgerencia de Recursos Humanos. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaría General noti fi car la presente resolución a los órganos y unidades orgánicas competentes de la Municipalidad Distrital de Mira fl ores, para su cumplimiento. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Secretaría General publicar la presente resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”; y a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional, su publicación en el portal institucional (www.mira fl ores.gob.pe). Regístrese, comuníquese y cúmplase.JORGE DE ALBERTIS GONZÁLEZ DEL RIEGO RegidorEncargado del Despacho de Alcaldía 1953417-1