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8 NORMAS LEGALES Martes 18 de mayo de 2021 / El Peruano que corresponde a los Ministros de Estado dirigir el proceso de planeamiento estratégico sectorial, en el marco del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y determinar los objetivos sectoriales funcionales nacionales aplicables a todos los niveles de gobierno; aprobar los planes de actuación; y asignar los recursos necesarios para su ejecución, dentro de los límites de las asignaciones presupuestarias correspondientes; Que, a través del Decreto Legislativo N° 1088, Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico, se crea el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico - CEPLAN, como el órgano rector y orientador del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico, el cual tiene entre sus funciones asesorar a las Entidades del Estado y a los gobiernos regionales y orientar a los gobiernos locales en la formulación, el seguimiento y la evaluación de políticas y planes estratégicos de desarrollo, con la fi nalidad de lograr que se ajusten a los objetivos estratégicos de desarrollo nacional previstos en el Plan Estratégico de Desarrollo Nacional; Que, el literal d) del numeral 7.2 de la Directiva N° 001-2017-CEPLAN/PCD, “Directiva para la actualización del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional“, aprobada por Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 026-2017/CEPLAN/PCD, dispone que las políticas institucionales se concretan en los planes estratégicos institucionales y los planes operativos institucionales; Que, mediante Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 033-2017/CEPLAN/PCD, se aprueba la Guía para el Planeamiento Institucional, en el marco del ciclo de planeamiento estratégico para la mejora continua, aplicable para las entidades que integran el Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico en los tres niveles de gobierno, la cual ha sido modi fi cada por Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 053-2018/CEPLAN/PCD, Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 016-2019/CEPLAN/PCD y Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 013-2020/CEPLAN/PCD; Que, el numeral 4.1 de la citada Guía para el Planeamiento Institucional establece que el Plan Estratégico Institucional - PEI es un instrumento de gestión que de fi ne la estrategia del Pliego para lograr sus objetivos, en un periodo mínimo de tres (3) años, a través de iniciativas diseñadas para producir una mejora en el bienestar de la población a la cual sirve. Estos objetivos se deben re fl ejar en resultados; Que, de conformidad con el numeral 4.2 de la Guía para el Planeamiento Institucional, para el planeamiento institucional el Titular de la entidad conforma una Comisión de Planeamiento Estratégico bajo su liderazgo; asimismo, estipula que el Titular del Pliego es responsable de la aprobación, ejecución, seguimiento y evaluación del PEI en línea con la política institucional que tiene una orientación de largo plazo, en armonía con las políticas de Estado, Política General de Gobierno, políticas nacionales, sectoriales y territoriales, según corresponda; Que, el numeral 5.7 de la Guía para el Planeamiento Institucional establece que el CEPLAN veri fi ca y valida la metodología, la consistencia y coherencia del PEI con el Plan Estratégico de Desarrollo Nacional y la Política General de Gobierno, y emite un informe técnico, el cual contiene la Evaluación de Diseño del PEI. Luego de contar con dicho informe, el Titular del Pliego emite el acto resolutivo de aprobación del PEI y dispone su publicación en el Portal de Transparencia Estándar de la entidad; Que, el CEPLAN a través del O fi cio N° D000297-2021- CEPLAN-DNCP remite el Informe Técnico N° D000167-2021-CEPLAN-DNCPPEI en el cual se señala que se ha realizado la veri fi cación y validación correspondientes al Plan Estratégico Institucional - PEI 2021-2024 del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, alcanzado por la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, cuya validación fue efectuada previamente por la Comisión de Planeamiento Estratégico del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, conformada por Resolución Ministerial N° 069-2018-MIDIS; por lo que, recomienda continuar con el trámite de aprobación y publicación en el Portal de Transparencia Estándar de la entidad;Que, la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, y la O fi cina de Planeamiento e Inversiones, mediante Informe N° D000080-2021-MIDIS-OGPPM e Informe N° D000093-2021-MIDIS-OPI, respectivamente, sustentan y proponen la aprobación del Plan Estratégico Institucional – PEI 2021-2024 del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; Que, en el marco de la normativa aplicable y de los documentos de Vistos, corresponde emitir el acto resolutivo de aprobación del Plan Estratégico Institucional – PEI 2021-2024 del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; Con los visados del Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales, del Despacho Viceministerial de Políticas y Evaluación Social, de la Secretaría General, de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29792, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; el Decreto Legislativo N° 1088, Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico; el Texto Integrado Actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, aprobado por Resolución Ministerial N° 073-2021-MIDIS; y la “Guía para el Planeamiento Institucional”, aprobada por Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 033-2017/CEPLAN/PCD y modi fi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar el Plan Estratégico Institucional – PEI 2021 – 2024 del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social – MIDIS, de acuerdo con la Guía para el Planeamiento Institucional, aprobada por Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 033-2017/CEPLAN/PCD y sus modi fi catorias, según el texto que, en Anexo, forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente resolución y su Anexo, en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y en el Portal Institucional del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (www.gob.pe/midis), el mismo día de la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.SILVANA EUGENIA VARGAS WINSTANLEY Ministra de Desarrollo e Inclusión Social 1953848-1 Aprueban la Directiva N° 004 -2021-MIDIS “Directiva para la implementación de la Estrategia Gestión Territorial “Primero la Infancia” a nivel regional y local” RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 085-2021-MIDIS Lima, 15 de mayo de 2021 VISTOS:El Informe N° D000082-2021-MIDIS-DMPP, emitido por la Dirección de Modelamiento y Promoción Multisectorial de Políticas; el Informe N° D000100-2021-MIDIS-DGPE, emitido por la Dirección General de Políticas y Estrategias; el Memorando N° D000155-2021-MIDIS-VMPES, emitido por el Despacho Viceministerial de Políticas y Evaluación Social; el Memorando N° D000236-2021-MIDIS-VMPS, emitido por el Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales; el Memorando N° D000452-2021-MIDIS-OGPPM, emitido por la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; el Informe N° D000037-2021-MIDIS-OM, emitido por la O fi cina de Modernización; y, el Informe N° 000240-2021-MIDIS-OGAJ, emitido por la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y,