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22 NORMAS LEGALES Martes 18 de mayo de 2021 / El Peruano Pública deben implementar conforme a su contexto legal, tecnológico y estratégico para asegurar un nivel básico y aceptable para la recopilación, procesamiento, publicación, almacenamiento y apertura de los datos que administre; Que, el Reglamento de la Ley de Gobierno Digital, aprobado por Decreto Supremo N°029-2021-PCM, establece en el numeral 68.1 del artículo 68 que el Comité de Gobierno Digital es el responsable de la gobernanza y uso estratégico de los datos de la entidad; y, señala los roles del O fi cial de Gobierno de Datos y del O fi cial de Datos Personales de la entidad; Que, el numeral 68.2 del mencionado artículo 68 del Reglamento citado, señala que el O fi cial de Gobierno de Datos es responsable de asegurar el uso ético de las tecnologías digitales y datos de la entidad, asimismo de coordinar la implementación del Modelo de Referencia de Datos de la entidad, entre otras funciones; y, según el numeral 68.4, el titular de la entidad designa al O fi cial de Gobierno de Datos institucional y comunica a la Secretaría de Gobierno Digital dicha designación; Que, asimismo, el numeral 68.6 del artículo 68 del referido Reglamento, establece que el O fi cial de Datos Personales es el responsable de velar por el cumplimiento de las normas en materia de protección de datos personales en su entidad, y que dicho rol es ejercido por un funcionario o servidor público designado por la máxima autoridad administrativa de la entidad, el mismo que puede recaer en el titular de la o fi cina de asesoría jurídica de la entidad o en el titular de la o fi cina de tecnologías de la información de la misma, o quienes hagan sus veces; Que, la transformación digital es un proceso crítico para el bienestar de la población y la con fi anza digital es un componente de dicha transformación digital que tiene como ámbitos la protección de datos, transparencia, seguridad digital y protección del consumidor en el entorno digital; y atendiendo a ello, mediante Decreto de Urgencia N° 006-2020 se creó el Sistema Nacional de Transformación Digital, y mediante Decreto de Urgencia N° 007-2020 se establecieron medidas necesarias para garantizar la con fi anza de las personas en su interacción con los servicios digitales prestados por entidades públicas y organizaciones del sector privado en el territorio nacional; Que, para dar cumplimiento a la normativa vigente expuesta, la O fi cina General de Información y Sistemas a través del Informe del visto, sustenta la necesidad de designar al O fi cial de Gobierno de Datos y al O fi cial de Datos Personales del Instituto Nacional de Salud, presentando para ello la propuesta del Comité de Gobierno Digital del Instituto Nacional de Salud, de designar al Director General de Información y Sistemas como O fi cial de Gobierno de Datos y al Director General de Asesoría Jurídica como O fi cial de Datos Personales del Instituto Nacional de Salud; Que, estando a los considerandos precedentes, resulta necesario designar al O fi cial de Gobierno de Datos y al O fi cial de Datos Personales, del Instituto Nacional de Salud; Con el visado de los Directores Generales de la Ofi cina General de Información y Sistemas y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, del Sub Jefe del Instituto Nacional de Salud; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1412, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Gobierno Digital, en el Decreto Supremo N° 029-2021-PCM, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de la Ley de Gobierno Digital; y, en uso de las atribuciones establecidas en el inciso h) del artículo 12 del Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2003-SA; SE RESUELVE:Artículo 1.- Designar como O fi cial de Gobierno de Datos del Instituto Nacional de Salud, al/ a la Director/a General de la O fi cina General de Información y Sistemas del Instituto Nacional de Salud. Artículo 2.- Designar como O fi cial de Datos Personales del Instituto Nacional de Salud, al/a la Director/a General de la O fi cina General de Asesoría Jurídica.Artículo 3.- Notifi car la presente Resolución a la Autoridad Nacional de Protección de Datos Personales del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, así como a los funcionarios designados de las O fi cinas Generales de Información y Sistemas y de Asesoría Jurídica, para los fi nes correspondientes. Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial “El Peruano” y en el Portal institucional del Instituto Nacional de Salud (www.ins.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese.VICTOR SUÁREZ MORENO Jefe 1953875-2 Designan funcionario responsable del software público del INS RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 106-2021-J-OPE/INS Lima, 17 de mayo de 2021VISTO:El Expediente N° 10341-2021, que contiene el Informe N° 004-2021-DG-OGIS/INS de fecha 30 de abril de 2021, emitido por el Director General de la O fi cina General de Información y Sistemas del Instituto Nacional de Salud; y, CONSIDERANDO:Que, el artículo 2 del Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2003-SA, establece que el Instituto Nacional de Salud es un Organismo Público Descentralizado del Ministerio de Salud, que tiene como misión la promoción, desarrollo y difusión de la investigación cientí fi ca-tecnológica y la prestación de servicios de Salud en los campos de la salud pública, el control de las enfermedades transmisibles y no transmisibles, la alimentación y nutrición, la producción de biológicos, el control de calidad de alimentos, productos farmacéuticos y a fi nes, la salud ocupacional y protección del ambiente centrado en la salud de las personas y la salud intercultural, para contribuir a mejorar la calidad de vida de la población; Que, el Decreto Supremo N° 051-2018-PCM, publicado en el Diario O fi cial el Peruano el 15 de mayo de 2018, creó el Portal de Software Público Peruano (PSPP), como plataforma o fi cial que facilita el acceso a Software Público Peruano, administrado por la Secretaría de Gobierno Digital (SEGDI) de la Presidencia del Consejo de Ministros, y que las entidades de la Administración Pública están en condiciones de compartir bajo licencias libres o abiertas que permitan (i) usarlo o ejecutarlo, (ii) copiarlo o reproducirlo, (iii) acceder al código fuente, código objeto, documentación técnica y manuales de uso, (iv) modi fi carlo o transformarlo en forma colaborativa, y (v) distribuirlo, en bene fi cio del Estado Peruano; Que, el artículo 4 del referido Decreto Supremo, estableció que el Software Público Peruano (SPP) es aquel software o programa de ordenador de titularidad de una entidad de la Administración Pública, cuyo desarrollo es contratado o efectuado directamente por el personal de dicha entidad para soportar sus procesos o servicios, es fi nanciado con fondos públicos, y puede ser puesto a disposición para ser usado, copiado, modi fi cado y distribuido bajo una licencia libre o abierta; Que, el artículo 7 de la citada norma, estableció a su vez, que el Titular de la entidad debe designar al responsable del área de Informática o Tecnologías de la Información o quien haga sus veces como Funcionario Responsable del Software Público de su entidad; Que, mediante Decreto Legislativo N° 1412 del 12 de setiembre de 2018, se aprobó la Ley de Gobierno Digital, que establece el marco de gobernanza del gobierno digital