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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE MAYO DEL AÑO 2021 (18/05/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 23

23 NORMAS LEGALES Martes 18 de mayo de 2021 El Peruano / para la adecuada gestión de la identidad digital, servicios digitales, arquitectura digital, interoperabilidad, seguridad digital y datos, así como el régimen jurídico aplicable al uso transversal de tecnologías digitales en la digitalización de procesos y prestación de servicios digitales por parte de las entidades de la Administración Pública en los tres niveles de gobierno. Que, el numeral 90.1 del artículo 90 del Reglamento de la Ley de Gobierno Digital, aprobado por Decreto Supremo N° 029-2021-PCM de fecha 18 de febrero de 2021, establece que la Plataforma Nacional de Software Público Peruano (PSPP) es la plataforma digital que facilita el acceso y reutilización del Software Público Peruano (SPP), conforme a lo establecido en el Decreto Supremo Nº 051-2018-PCM, Decreto Supremo que crea el Portal de Software Público Peruano y establece disposiciones adicionales sobre el Software Público Peruano y normas complementarias; Que, la transformación digital es un proceso crítico para el bienestar de la población y la con fi anza digital es un componente de dicha transformación digital que tiene como ámbitos la protección de datos, transparencia, seguridad digital y protección del consumidor en el entorno digital; y atendiendo a ello, mediante Decreto de Urgencia N° 006-2020 se creó el Sistema Nacional de Transformación Digital, y mediante Decreto de Urgencia N° 007-2020 se establecieron medidas necesarias para garantizar la con fi anza de las personas en su interacción con los servicios digitales prestados por entidades públicas y organizaciones del sector privado en el territorio nacional; Que, para dar cumplimiento a la normativa vigente expuesta, la O fi cina General de Información y Sistemas, a través del Informe del visto sustenta la necesidad de designar al funcionario responsable del Software Público del Instituto Nacional de Salud, proponiendo para dicho efecto, al Director Ejecutivo de Estadística e Informática de la O fi cina General de Información y Sistemas del Instituto Nacional de Salud; Que, estando a los considerandos expuestos, resulta necesario designar al Funcionario Responsable del Software Público del Instituto Nacional de Salud; Con el visado de los Directores Generales de la Ofi cina General de Información y Sistemas y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, del Sub Jefe del Instituto Nacional de Salud; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1412, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Gobierno Digital, en el Decreto Supremo N° 051-2018-PCM, Decreto Supremo que crea el Portal de Software Público Peruano y establece disposiciones adicionales sobre el Software Público Peruano; y, en uso de las atribuciones establecidas en el inciso h) del artículo 12 del Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2003-SA; SE RESUELVE:Artículo 1.- Designar como Funcionario Responsable del Software Público del Instituto Nacional de Salud, al/a la Director/a Ejecutivo/a de la O fi cina Ejecutiva de Estadística e Informática de la O fi cina General de Información y Sistemas del Instituto Nacional de Salud. Artículo 2.- Notifi car la presente Resolución a la Secretaría de Gobierno Digital (SEGDI) de la Presidencia del Consejo de Ministros, así como al funcionario designado y a la O fi cina General de Información y Sistemas del Instituto Nacional de Salud, para los fi nes correspondientes. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial “El Peruano” y en el Portal institucional del Instituto Nacional de Salud (www.ins.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese.VICTOR SUÁREZ MORENO Jefe 1953875-3ORGANISMOS REGULADORES ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA Aprueban Precios Máximos del Servicio Integral de Instalación Interna para uno (1) punto, dos (2) y tres (3) puntos, empotrados y a la vista, que serán cubiertos por el FISE y se aplicarán en las Concesiones de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos Norte y Sur Oeste RESOLUCIÓN DEL CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN N° 093-2021-OS/CD Lima, 17 de mayo de 2021 VISTOS: Los Informes N° 286-2021-GRT y N° 287-2021- GRT, elaborados por la División de Gas Natural y la Asesoría Legal de la Gerencia de Regulación de Tarifas; del Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería (en adelante “Osinergmin”). CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 29852 se creó el Sistema de Seguridad Energética en Hidrocarburos y el Fondo de Inclusión Social Energético (en adelante “Ley FISE”). Asimismo, en el artículo 5 de la mencionada ley, se dispuso que el FISE será destinado, entre otros fi nes, para la masi fi cación del uso del gas natural de acuerdo con el Plan de Acceso Universal a la Energía aprobado por el Ministerio de Energía y Minas (en adelante “Minem”); Que, mediante Decreto Supremo N° 021-2012-EM se aprobó el Reglamento de la Ley FISE (en adelante “Reglamento FISE”), el cual fue modi fi cado con Decreto Supremo N° 012-2016-EM, estableciendo que el FISE puede cubrir el Servicio Integral de Instalación Interna utilizando el Precio Máximo determinado por Osinergmin aplicable durante la vigencia de cada Programa Anual de Promociones, cuyo cálculo, de acuerdo con el numeral 10.5 del Reglamento FISE, debe considerar las especi fi caciones técnicas de fi nidas por el Administrador FISE; Que, con Resolución Ministerial N° 037-2021-MINEM/ DM, publicada el 22 de febrero de 2021, el Minem aprobó el Programa Anual de Promociones 2021, en virtud de lo cual mediante Resolución N° 065-2021-OS/CD, se aprobaron los precios máximos para uno (1), dos (2) y tres (3) puntos, empotrados y a la vista, que se aplicarán en las Concesiones de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos de Lima y Callao y del departamento de Ica; Que, mediante Resolución Ministerial N° 086-2021-MINEM/DM publicada el 2 de abril de 2021, se modi fi có el Anexo 1 del Programa Anual de Promociones 2021 incorporándose el Programa de Promoción de nuevos suministros residenciales en el área de las Concesiones Norte y Sur Oeste, y precisándose que Osinergmin debe establecer el precio máximo del servicio integral de instalación interna para dichas concesiones, que será cubierto por el FISE; Que, mediante el O fi cio N° 284-2021/MINEM- DGH-FISE, el Minem solicitó que, de acuerdo a la modi fi cación del Programa Anual de Promociones 2021, se aprueben los precios máximos que se aplicarán para las Concesiones Norte y Sur Oeste considerando las especi fi caciones señaladas en el Informe Técnico Legal N° 064-2021/MINEM-DGH-FISE; Que, según el literal b) del artículo 71 del TUO del Reglamento de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos, las instalaciones internas son de cargo y