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11 NORMAS LEGALES Miércoles 19 de mayo de 2021 El Peruano / S/ 23 183 412,00 (VEINTITRÉS MILLONES CIENTO OCHENTA Y TRES MIL CUATROCIENTOS DOCE Y 00/100 SOLES), del Ministerio de Salud a favor del Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas y de los Gobiernos Regionales para fi nanciar los fi nes señalados en los considerandos precedentes; De conformidad con lo establecido en el literal b) del numeral 32.1 y numeral 32.4 del artículo 32 y en la Nonagésima Sexta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021; DECRETA:Artículo 1.- Objeto1.1 Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, hasta por la suma de S/ 23 183 412,00 (VEINTITRÉS MILLONES CIENTO OCHENTA Y TRES MIL CUATROCIENTOS DOCE Y 00/100 SOLES), a favor del Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas y de los Gobiernos Regionales, para fi nanciar la continuidad del proceso de nombramiento de hasta el 40% del personal de la salud que resultaron aptos durante el proceso iniciado en el año 2019 en el marco de la Ley Nº 30957, con cargo a los recursos del Ministerio de Salud, a los que se re fi ere el literal b) del numeral 32.1 del artículo 32 de la Ley Nº 31084, de acuerdo al siguiente detalle: DE LA: En Soles SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 011 : Ministerio de SaludUNIDAD EJECUTORA 001 : Administración Central - MINSACATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9001 : Acciones CentralesACTIVIDAD 5000005 : Gestión de Recursos HumanosFUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.1 Personal y Obligaciones Sociales 23 183 412,00 ============ TOTAL EGRESOS 23 183 412,00 ============ A LA: En Soles SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 136 : Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas – INEN UNIDAD EJECUTORA 001 : Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas CATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9001 : Acciones CentralesACTIVIDAD 5000005 : Gestión de Recursos HumanosFUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.1. Personal y Obligaciones Sociales 233 989,00 SECCION SEGUNDA : Instancias Descentralizadas PLIEGO : Gobiernos RegionalesCATEGORIA PRESUPUESTARIA 9001 : Acciones CentralesACTIVIDAD 5000005 : Gestión de Recursos HumanosFUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.1. Personal y Obligaciones Sociales 22 949 423,00 ============ TOTAL EGRESOS 23 183 412,00 ============ 1.2 Los pliegos habilitados en el numeral 1.1 del presente artículo y los montos de la transferencia de partidas por unidades ejecutoras, se consignan en el Anexo “Transferencia de Partidas a favor del Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas y diversos Gobiernos Regionales para fi nanciar la continuidad del proceso de Nombramiento”, que forma parte del presente Decreto Supremo, el cual se publica en los portales institucionales del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef) y del Ministerio de Salud (www.gob.pe/minsa), en la misma fecha de publicación de la presente norma en el Diario O fi cial El Peruano. Artículo 2.- Procedimiento para la aprobación institucional 2.1 El Titular del Pliego habilitador y de los Pliegos habilitados en la presente Transferencia de Partidas, aprueban, mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el numeral 1.1 del artículo 1, a nivel programático, dentro de los cinco (5) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución se remite dentro de los cinco (5) días calendario de aprobada a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público. 2.2 La O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados, solicita a la Dirección General de Presupuesto Público las codi fi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3 La O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados, instruye a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes “Notas para Modi fi cación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el numeral 1.1 del artículo 1 del presente Decreto Supremo no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro de Salud. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dieciocho días del mes de mayo del año dos mil veintiuno. FRANCISCO RAFAEL SAGASTI HOCHHAUSLER Presidente de la República WALDO MENDOZA BELLIDO Ministro de Economía y Finanzas ÓSCAR UGARTE UBILLUZ Ministro de Salud 1954330-3 Aprueban la Directiva N° 003-2021-EF/45.01 “Directiva para el uso de la Ventanilla Electrónica del Ministerio de Economía y Finanzas” RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA GENERAL Nº 018-2021-EF/13 Lima, 17 de mayo del 2021 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, declara al Estado Peruano en proceso de modernización en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones y procedimientos, con la fi nalidad de mejorar la gestión pública y construir un Estado democrático, descentralizado y al servicio del ciudadano; Que, mediante Decreto Legislativo N° 1412, se aprueba la Ley de Gobierno Digital, la misma que establece un marco de gobernanza del gobierno digital para la adecuada gestión de la identidad digital, servicios digitales, arquitectura digital, interoperabilidad, seguridad