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14 NORMAS LEGALES Miércoles 19 de mayo de 2021 / El Peruano la semana para la presentación de documentos, no tiene restricción de horarios. No obstante, la presentación de los documentos entre las 00:00 horas y las 16:30 horas de un día hábil, se consideran recibidos en el mismo día hábil. La presentación de documentos realizados entre las 16:31 horas hasta las 23:59 horas de un día hábil se consideran recibidos el día y hora hábil siguiente, salvo aquellos documentos remitidos por entidades públicas que, previa autorización de la Alta Dirección, requieran ser considerados recibidos en el mismo día de acuerdo a lo señalado en la normativa interna vigente. Los documentos presentados los sábados, domingos y feriados o cualquier otro día inhábil, se consideran presentados el primer día hábil siguiente, de conformidad a lo dispuesto en el TUO de la Ley N° 27444, salvo aquellos documentos remitidos por entidades públicas que, previa autorización de la Alta Dirección, requieran ser recibidos en el mismo día. 5.1.2. Para la presentación de documentos a través de la Ventanilla Electrónica se debe tener en cuenta lo siguiente: El/los documento/s presentado/s deben ser enviados en formato PDF con fi rma digital o fi rma manuscrita escaneada, cuyo tamaño máximo no debe exceder los 25 MB. El sistema permite al usuario reemplazar el documento por otro, antes de con fi rmar el envío. a. Se puede agregar hasta un máximo de 10 anexos del documento principal, en los siguientes formatos: PDF, TXT, Word, Excel, Power Point y JPG. El tamaño máximo de cada anexo no debe ser mayor de 25 MB. b. Realizada la presentación del/los documento/s en la Ventanilla Electrónica, se envía de manera automática, a la casilla electrónica y correo electrónico del usuario, una constancia de recepción, la cual contiene entre otros, el número de solicitud a través del cual, el usuario puede realizar el seguimiento de su trámite y muestra el siguiente mensaje: “Su solicitud ha sido registrada con fecha dd/ mm/aaaa hh:mm:ss y se procederá a validar el cumplimiento de los requisitos previstos en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. Los resultados del proceso de validación le serán comunicados a través de su Casilla Electrónica.” c. Luego de que el personal de Mesa de Partes valide el cumplimiento de los requisitos de Ley se genera una comunicación la misma que es remitida a la Casilla Electrónica del Administrado, consignándose la Hoja de Ruta correspondiente, como constancia de que el documento ha sido recibido por el MEF y mediante el cual el usuario puede realizar el seguimiento de su trámite. d. Si la validación efectuada determina que la solicitud no es conforme, se procede a observar la solicitud, señalándose los motivos de la misma. Adicionalmente, se procede a enviar una comunicación a la casilla electrónica y al correo electrónico del Administrado, informando sobre el estado asignado a su solicitud. e. Si transcurrido el plazo de dos (2) días hábiles sin que el Administrado haya procedido a subsanar las observaciones encontradas a su solicitud, se procede a cambiar el estado automáticamente a “No Presentado”. f. Los documentos presentados a través de la Ventanilla Electrónica se presumen veraces e íntegros, conforme a las disposiciones contenidas en el TUO de la Ley N° 27444. g. El ciudadano recibe las noti fi caciones automáticas cuando se haya recibido el documento presentado sin que ello signi fi que la conformidad del mismo, la cual se realiza una vez validado el cumplimiento de los requisitos establecidos en el TUO de la Ley N°27444. h. Para realizar el seguimiento de los expedientes ingresados a través de la Ventanilla Electrónica del MEF el/la ciudadano/a debe utilizar el número de la Hoja de Ruta asignada a su solicitud. 5.1.3. Para la recepción y asignación de expediente virtual (Hoja de Ruta) se debe tener en cuenta lo siguiente:a) Realizada la validación de los documentos con los requisitos establecidos en el TUO de la Ley N° 27444, el usuario recibe una noti fi cación en su casilla electrónica y en su correo electrónico registrado, indicando que la solicitud ha sido veri fi cada y aceptada, así como el N° de HR (expediente) asignado con el cual puede realizar el seguimiento de su trámite. El mensaje enviado es el siguiente: SU SOLICITUD HA SIDO VERIFICADA Y ACEPTADA CON FECHA (ejemplo:10-03-2021 15:16:45). ASIMISMO, SE LE COMUNICA QUE SE LE HA ASIGNADO LA HOJA DE RUTA (ejemplo: 034004-2021). b) Para el caso de las solicitudes observadas, por incumplimiento a los requisitos establecidos en el TUO de la Ley N°27444, el usuario recibe una noti fi cación en su casilla electrónica y en su correo electrónico registrado, indicando el detalle de la observación y que posee un plazo de 2 días hábiles para subsanarlas. c) Generado el N° de HR (Expediente), se da por recibida la solicitud, y se inicia la contabilización de los plazos establecidos. d) Con el N° de HR (Expediente) asignado, el usuario puede realizar el seguimiento de su trámite a través de los medios de consulta que el MEF ha puesto a disposición, tales como la misma Ventanilla Electrónica, Portal Web (https://apps4.mineco.gob.pe/st/), y el Aplicativo Móvil. 5.1.4. la subsanación de documentos presentados a través de la Ventanilla Electrónica: a) Las subsanaciones de los documentos observados que aún no cuentan con N° de HR (expediente), serán realizadas a través de la Ventanilla Electrónica, y directamente en la misma solicitud observada, levantando las observaciones indicadas. El plazo máximo para la subsanación de la solicitud, es de 2 días hábiles, caso contrario, la solicitud se anula. b) En caso se requiera, ampliar la información o efectuar una subsanación de una solicitud que ya cuenta con N° de HR (Expediente), serán realizadas a través de la Ventanilla Electrónica, consignando el número de hoja de ruta (expediente) original. c) Los plazos para realizar estas acciones son considerados a partir del siguiente día hábil de depositada la noti fi cación en la casilla electrónica del usuario. 5.2. DISPOSICIONES PARA EL USO DE LA CASILLA ELECTRÓNICA 5.2.1. El/la ciudadano/a que inicie el trámite de un procedimiento administrativo, ante el MEF y desea ser notifi cado usando la casilla electrónica, puede solicitar su a fi liación y autorizar ser noti fi cado por dicho medio, para lo cual se compromete a mantener activo su correo electrónico a efectos de recibir las alertas de noti fi cación y de modi fi carlo debe actualizar su nuevo correo electrónico a través de la Ventanilla Electrónica. 5.2.2. El/la ciudadano/a al que se le asigne una Casilla Electrónica tiene las siguientes obligaciones: a. Revisar frecuentemente la Casilla Electrónica asignada una vez que ésta haya sido activada, a efectos de tomar conocimiento oportuno de los documentos que le hayan sido noti fi cados. b. Mantener activo el correo electrónico consignado en la solicitud de a fi liación, a efectos de recibir las alertas de noti fi cación a la Casilla Electrónica que remita el MEF. c. Asegurarse que la cuenta de correo electrónico consignada cuente con espacio disponible su fi ciente en el correo electrónico donde se reciben las alertas de notifi cación. 5.2.3. Para la noti fi cación a través de la casilla electrónica debe tener en cuenta las siguientes consideraciones: a. La noti fi cación a la casilla electrónica autorizada por el/la ciudadano/a, surte efectos legales cuando el acto administrativo emitido por el MEF se deposita en la casilla