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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE MAYO DEL AÑO 2021 (19/05/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 28

28 NORMAS LEGALES Miércoles 19 de mayo de 2021 / El Peruano Que, cabe señalar además que los cargos clasi fi cados exigen requisitos mínimos expresados en términos de formación, experiencia y habilidades en razón de la naturaleza de las funciones y grado de responsabilidad, los mismos que sirven de insumo para la formulación de otros instrumentos de gestión entre ellos para el Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP-P), conforme a lo establecido en el en el Numeral 2.3 del Anexo 2, versión actualizada de la Directiva Nº 002-2015-SERVIR/GDSRH “Normas para la gestión del proceso de administración de puestos, y elaboración y aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad – CPE”, aprobada por Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 057-2016-SERVIR-PE; Que, conforme a lo dispuesto en el del artículo 23 del Reglamento de Organizaciones y Funciones del INDECI, la O fi cina General de Administración es el órgano de apoyo, responsable de la administración de los recursos humanos, en ese sentido, siendo el Clasi fi cador de Cargos un documento técnico normativo que establece la descripción de cargos que requiere el INDECI para el cumplimiento de sus objetivos, competencias y funciones asignadas, propone un proyecto de modi fi cación, en razón a los argumentos desarrollados en el Informe Nº 160-2021-INDECI/6.1, elaborado por la O fi cina de Recursos Humanos; Que, mediante el Informe Nº 094-2021-INDECI/4.0, la Ofi cina General de Plani fi cación y Presupuesto otorga su conformidad a la propuesta de modi fi cación del Manual de Clasi fi cador de Cargos, al cumplir con las disposiciones establecidas por la R.S. Nº 013-75-PM/INAP, que aprueba el Manual Normativo de Clasi fi cación de Cargos de la Administración Pública y modi fi catorias, señalando que en esencia ha incorporado el cargo de “Coordinador/a del Centro de Operaciones de Emergencia Nacional –COEN”; Que, así mismo cabe señalar que de conformidad a lo establecido en los numerales 2.3 y 2.4 del Anexo Nº 04 de la citada Directiva Nº 002-2015-SERVIR/GDSRH, corresponde cambiar la denominación de “Manual de Clasi fi cador de Cargos” por “Clasi fi cador de Cargos”; Que, en tal sentido, en virtud de los argumentos expuestos resulta necesario aprobar el nuevo documento denominado “Clasi fi cador de Cargos del Instituto Nacional de Defensa Civil – INDECI”; Con las visaciones del Secretario General, del Jefe de la O fi cina General de Administración, del Jefe de la Ofi cina General de Plani fi cación y Presupuesto y del Jefe de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29664 - Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 048-2011-PCM, y en uso de las facultades conferidas en el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Defensa Civil, aprobado por Decreto Supremo Nº 043-2013-PCM; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Dejar sin efecto la Resolución Jefatural Nº 007-2019-INDECI de fecha 15 de enero de 2019. Articulo Segundo .- Aprobar el “Clasi fi cador de Cargos del Instituto Nacional de Defensa Civil”, que como Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo Tercero.- Disponer la publicación de la presente Resolución en la página web e Intranet Institucional, el mismo día de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo Cuarto .- Disponer que la Secretaría General registre la presente Resolución en el Archivo General Institucional y remita copia autenticada a la O fi cina General de Administración, a la O fi cina General de Plani fi cación y Presupuesto y a la O fi cina General de Tecnologías de la información y Comunicaciones, para su conocimiento y fi nes. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALFREDO ENRIQUE MURGUEYTIO ESPINOZA Jefe del Instituto Nacional de Defensa Civil 1954172-1ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS CONSEJO NACIONAL DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION TECNOLOGICA Aprueban transferencias financieras a favor de entidades públicas y otorgamiento de subvenciones a personas jurídicas privadas RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 048-2021-CONCYTEC-P Lima, 13 de mayo de 2021VISTOS: El Informe Técnico - Legal Nº 021-2021-FONDECYT-USM-OGPP-OGAJ, y el Proveído Nº 066-2021-FONDECYT-DE de la Unidad Ejecutora Fondo Nacional de Desarrollo Cientí fi co, Tecnológico y de Innovación Tecnológica - FONDECYT, y; CONSIDERANDO: Que, la Trigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, en su Numeral 1) autoriza excepcionalmente al CONCYTEC, a partir de la vigencia de la citada Ley, con la fi nalidad de co fi nanciar programas y proyectos en materia de ciencia, tecnología e innovación tecnológica, a: a) Efectuar transferencias fi nancieras a favor de entidades públicas del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales; y b) Otorgar subvenciones a favor de personas jurídicas privadas, domiciliadas y no domiciliadas en el país. Asimismo, dispone que las referidas transferencias y subvenciones se aprueban mediante resolución del Titular del Pliego CONCYTEC, previa suscripción de convenio e informe favorable de la o fi cina de presupuesto o la que haga sus veces, debiéndose publicar en el Diario O fi cial El Peruano; Que, mediante Resolución de Presidencia Nº 156-2018-CONCYTEC-P de fecha 11 de setiembre de 2018, se aprueba la Directiva Nº 003-2018-CONCYTEC-OGPP, “Disposiciones para la aprobación de Transferencias Financieras y/u Otorgamiento de Subvenciones en el marco de lo dispuesto en la Trigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016”, en adelante la Directiva, la cual ha sido modi fi cada mediante Resoluciones de Presidencia Nº 092-2019-CONCYTEC-P y 038-2020-CONCYTEC-P; Que, el Numeral 6.3.1 de la Directiva establece que la Dirección Ejecutiva del FONDECYT y la Unidad de Seguimiento y Monitoreo son los responsables de verifi car que se cumplan todos los requisitos establecidos en el convenio o contrato respectivo, los requisitos establecidos en las Bases del Instrumento Financiero, en el Plan Operativo del Proyecto, en las Directivas, Guías y Lineamientos u otros documentos normativos similares para proceder a los desembolsos solicitados por el FONDECYT, así como de precisar si se trata de un Instrumento/Esquema Financiero que se encuentra en ejecución cuyo convenio ha sido suscrito con entidades públicas o personas jurídicas privadas domiciliadas y no domiciliadas en el país, o si se trata de un Esquema Financiero proveniente de un concurso; Que, el Numeral 6.3.2 de la Directiva señala que la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto es responsable de la emisión del Certi fi cado de Crédito Presupuestario y de veri fi car que se esté cumpliendo con las disposiciones contenidas en la Directiva; Que, conforme al Numeral 6.3.3 de la Directiva, la O fi cina General de Asesoría Jurídica es responsable de: i) Veri fi car la vigencia del convenio o contrato materia de subvención o transferencia, ii) Veri fi car que la entidad o persona jurídica