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67 NORMAS LEGALES Viernes 21 de mayo de 2021 El Peruano / 3. Aprobar Expedientes Administrativos de contratación para la Convocatoria a los diferentes Procesos de Selección que convoque la Entidad, aprobar las Bases de los Procesos de Selección, designar y/o reconformar a los comités de selección conforme lo dispuesto en la Ley y el Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado vigente y al ROF vigente de la Municipalidad distrital de San Juan de Lurigancho. 4. Designar los Comités Especiales y permanentes o Ad Hoc que conducirán los procesos de selección para la contratación de bienes, servicios, ejecución y consultoría de obras, en los diversos procesos de selección, conforme a lo prescrito en la Ley y el Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado vigente. 5. Disponer la reducción de bienes y servicios, así como la prestación de servicios adicionales de bienes y servicios, hasta por el 25% del monto contratado, siempre que se cuente con la asignación presupuestal necesaria, conforme lo prevé la Ley y el Reglamento de Contrataciones del Estado vigente. 6. Aprobar las propuestas económicas de los postores que superen el valor referencial en los procesos de selección hasta un límite del 10%, siempre que se encuentre con la asignación de recursos su fi cientes, de acuerdo al Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado vigente. 7. Aprobar la cancelación de los procesos de selección diversos, por las causales previstas en la Ley y el Reglamento de Contrataciones del Estado vigente. 8. Suscribir contratos derivados de los procesos de selección, contratos complementarios y resolver las solicitudes de ampliación de plazo y otras modi fi caciones contractuales de conformidad con lo establecido en la Ley y el Reglamento de Contrataciones del Estado vigente y del Reglamento y Organización y Funciones (ROF) vigente de la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho. 9. Aprobar las ofertas que superen el valor estimado de los procesos de selección hasta el límite previsto en la Ley y el Reglamento de Contrataciones del Estado vigente, previa certi fi cación de crédito presupuestario correspondiente. 10. Suscribir contratos de ejecución de obras, consultorías, como Addendas, prórroga, renovación que se deriven de las mismas y resolver cualquier controversia en cuanto a la ejecución de los referidos contratos, conformidad con lo establecido en la Ley y el Reglamento de Contrataciones del Estado vigente y del Reglamento y Organización y Funciones (ROF) vigente de la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho. 11. Designar al Comité de Recepción de Obras, así como aprobar la liquidación técnica y fi nanciera de obra y consultoría de obra, conforme a lo establecido en la Ley y el Reglamento de Contrataciones del Estado vigente. 12. Designar al Inspector de obras, de acuerdo a lo establecido en la Ley y el Reglamento de Contrataciones del Estado vigente. 13. Implementar, bajo responsabilidad, las recomendaciones contenidas en los informes de auditoría interna. 14. Supervisar la recaudación municipal, el buen funcionamiento y los resultados económicos y fi nancieros de la Corporación Municipal y de las obras y servicios públicos municipales ofrecidos directamente o por contrata. 15. Resolver procedimientos y/o actos de administración que hayan sido emitidos sin cumplir los procedimientos que corresponden en primera instancia, declarando nulo o sin efecto. 16. Aprobar las Modi fi caciones Presupuestarias en el Nivel Funcional Programático durante el Ejercicio Presupuestario, incluido sus anexos a propuesta y previa opinión favorable de la Gerencia de Plani fi cación y Presupuesto, así como aquellas que se requieran en el período de regularización; asimismo, adicionales y deductivos de obras ejecutadas en la modalidad de Administración Presupuestaria Directa. 17. Suscribir toda documentación pertinente ante la Superintendencia Nacional de Registros Públicos para saneamiento físico legal de bienes muebles e inmuebles de la Municipalidad. 18. Cumplir y hacer cumplir las disposiciones municipales con el auxilio de Serenazgo y la Policía Nacional del Perú.19. Conformar órganos colegiados de carácter técnico administrativo y de gestión. 20. Aprobar o disponer la reconstrucción de los expedientes administrativos y declarar su reconstrucción o imposibilidad. 21. Celebrar los Actos, Contratos y Convenios necesarios para el ejercicio de sus funciones. 22. Suscribir el Formato de Declaración Jurada (D100-Anexo 9.2) a la Unidad Central de Focalización - UCF. 23. Instruir y resolver todo lo relacionado a la conformación de los comités de gestión y la ejecución de obras comunales. 24. Autorizar al Procurador Público Municipal, para que en nombre y representación de la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho, con atribuciones especí fi cas sufi cientes pueda participar en conciliaciones y suscribir los acuerdos en el ámbito extrajudicial, en salvaguarda de los intereses de la Entidad y dentro de los parámetros establecidos por el Sistema de Defensa Jurídica del Estado. Artículo Segundo.- El cumplimiento de la delegación de facultades descrita en el artículo primero, de la presente Resolución, deberá efectuarse en el marco de las normas legales vigentes, y las facultades establecidas en el Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho, respecto de cada caso concreto. Artículo Tercero.- Dejar sin efecto sin efecto la Resolución de Alcaldía Nº 136- 2021-A/MDSJL, de fecha 23 de febrero del 2021, y todo acto administrativo o de administración que se oponga o limite la presente Resolución. Artículo Cuarto.- Encargar a la Gerencia de Plani fi cación, hacer de conocimiento la presente resolución a la Contraloría General de la Republica y a la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas. Artículo Quinto.- Disponer a Secretaría General la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial “El Peruano” y a la Secretaría de Comunicación e Imagen su publicación en el Portal Institucional (web.munisjl.gob.pe) Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese.ALEX GONZALES CASTILLO Alcalde 1954518-1 MUNICIPALIDAD DE SAN MIGUEL Ordenanza que adecúa el Consejo Distrital de Participación de la Juventud del distrito de San Miguel ORDENANZA Nº 434/MDSM San Miguel, 11 de mayo de 2021EL ALCALDE DISTRITAL DE SAN MIGUEL;POR CUANTO:El Concejo Municipal, en sesión ordinaria celebrada el 30 de abril de 2021; VISTOS, el Memorando Nº 099-2021-GM/MDSM, emitido por la Gerencia Municipal, el Informe Nº 144-2021-GAJ/MDSM, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Memorando Nº 286-2021-GPP/MDSM, emitido por la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, y el Informe Nº 036-2021-SGBSD-GDS/MDSM, emitido por la Subgerencia de Bienestar Social y DEMUNA, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú y sus modi fi catorias, Leyes de Reforma Constitucional, establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de Gobierno Local que gozan de