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58 NORMAS LEGALES Viernes 21 de mayo de 2021 / El Peruano considerándose presupuestadas las plazas de Asesor de la Jefatura Nacional del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil; Que de igual manera, con Resolución Jefatural N° 000082-2021/JNAC/RENIEC (30ABR2021), se aprobó el Presupuesto Analítico de Personal (PAP) del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, otorgándose el fi nanciamiento correspondiente a las plazas de Asesor de la Jefatura Nacional del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil; Que el literal a) del numeral 8.1 del artículo 8° de la Ley N° 31084 que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, faculta la designación en cargos de con fi anza conforme a los documentos de gestión de la entidad; Que en ese contexto, mediante el Informe de vistos, la Sub Gerencia de Personal hace de conocimiento que el señor MÁXIMO PAREDES GUTIÉRREZ y la señora MARIELLA PATRICIA ZEGARRA FLORES, cumplen con los requisitos mínimos señalados en el Clasi fi cador de Cargos para la Cobertura de Plazas del Cuadro para Asignación de Personal (CAP) del RENIEC, aprobado con Resolución Jefatural N° 104-2016/JNAC/RENIEC (09AGO2016), modi fi cado en parte por las Resoluciones Jefaturales Nº 171-2016/JNAC/RENIEC (22DIC2016) y Nº 164-2017/JNAC/RENIEC (30NOV2017), a efectos de desempeñar los cargos de Asesores de la Jefatura Nacional del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil; Que en consecuencia se considera pertinente la designación del señor MÁXIMO PAREDES GUTIÉRREZ, en el cargo de confianza de Asesor de la Jefatura Nacional del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, asignándole la plaza correspondiente del Cuadro para Asignación de Personal (CAP) Provisional; Que, de igual manera, se considera pertinente la designación de la señora MARIELLA PATRICIA ZEGARRA FLORES, en el cargo de confianza de Asesora de la Jefatura Nacional del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, asignándole la plaza correspondiente del Cuadro para Asignación de Personal (CAP) Provisional; Estando a las atribuciones conferidas en la Ley Nº 26497 - Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, el Reglamento de Organización y Funciones del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, aprobado mediante Resolución Jefatural N° 086-2021/JNAC/RENIEC (04MAY2021) y de conformidad a lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 001-2009-JUS, modificado por el Decreto Supremo N° 014-2012-JUS – Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DESIGNAR, a partir del 21 de mayo de 2021, al señor MÁXIMO PAREDES GUTIÉRREZ, en el cargo de con fi anza de Asesor de la Jefatura Nacional del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, asignándole la plaza correspondiente del Cuadro para Asignación de Personal (CAP) Provisional vigente. Artículo Segundo.- DESIGNAR, a partir del 21 de mayo de 2021, a la señora MARIELLA PATRICIA ZEGARRA FLORES, en el cargo de con fi anza de Asesora de la Jefatura Nacional del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, asignándole la plaza correspondiente del Cuadro para Asignación de Personal (CAP) Provisional vigente. Artículo Tercero.- Encargar el cumplimiento de la presente Resolución Jefatural a la Gerencia de Talento Humano. Regístrese, publíquese y cúmplase. CARMEN MILAGROS VELARDE KOECHLIN Jefa Nacional 1955158-1SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Dan por concluido el proceso liquidatorio del Banco Nuevo Mundo en Liquidación RESOLUCIÓN SBS N° 01471-2021 Lima, 17 de mayo de 2021LA SUPERINTENDENTA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOSDE PENSIONES VISTAS: Las Cartas Nº 299-2020-BNML, 021-2021-BNML y 029-2021-BNML, recibidas el 31 de diciembre de 2020, 20 y 31 de marzo de 2021, respectivamente, mediante las cuales el señor Miguel Ángel Pichilingue Neciosup, Liquidador del Banco Nuevo Mundo en Liquidación (en adelante BNML), presenta el Informe Final de Cierre del Proceso Liquidatorio; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución SBS Nº 775-2001 de fecha 18 de octubre de 2001, publicada en el diario o fi cial El Peruano el 19 de octubre de 2001, se declaró la disolución y el inicio del proceso liquidatorio del BNML; Que, al inicio del proceso liquidatorio, se determinó el listado inicial de acreedores, clasi fi cándose de acuerdo a los artículos 117 y 118 de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley N° 26702 y sus modi fi catorias (en adelante, la Ley General), obteniéndose un listado correspondiente a los acreedores incluidos dentro de la masa por el orden de S/ 355 180,969 (trescientos cincuenta y cinco millones ciento ochenta mil novecientos sesenta y nueve soles) y US$ 180 706,598 (ciento ochenta millones setecientos seis mil quinientos noventa y ocho dólares americanos). Posteriormente, se reconocieron acreencias relacionadas a conceptos excluidos de la masa por el orden de S/ 21 355,698 (veintiún millones trescientos cincuenta y cinco mil seiscientos noventa y ocho soles) y US$ 121 127,936 (ciento veintiún millones ciento veintisiete mil novecientos treinta y seis dólares americanos); Que, al 28 de febrero de 2003, el BNML registraba Activos por S/ 746 920,698 (setecientos cuarenta y seis millones novecientos veinte mil seiscientos noventa y ocho soles), Pasivos ascendentes a S/ 1 197 949,715 (mil ciento noventa y siete millones novecientos cuarenta y nueve mil setecientos quince soles) y un patrimonio negativo de S/ 451 029,017 (cuatrocientos cincuenta y un millones veintinueve mil diecisiete soles); Que, mediante la gestión de realización de los activos del BNML, se ha logrado obtener ingresos por diferentes conceptos, siendo los más representativos los ingresos por Recuperación de Cartera, en el orden de S/ 2 781,635 (dos millones setecientos ochenta y un mil seiscientos treinta y cinco soles) y US$ 90 537,799 (noventa millones quinientos treinta y siete mil setecientos noventa y nueve dólares americanos), y la Venta de Bienes en el orden de S/ 14 931,053 (catorce millones novecientos treinta y un mil cincuenta y tres soles) y US$ 38 943,122 (treinta y ocho millones novecientos cuarenta y tres mil ciento veinte y dos dólares americanos); Que, a lo largo del proceso liquidatorio del BNML, con los recursos obtenidos, se llegaron a pagar acreencias en el orden de S/ 163 070,749 (ciento sesenta y tres millones setenta mil setecientos cuarenta y nueve soles) y US$ 49 385,658 (cuarenta y nueve millones trescientos ochenta y cinco mil seiscientos cincuenta y ocho dólares americanos). El pago de las acreencias se efectivizó