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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE MAYO DEL AÑO 2021 (21/05/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 66

66 NORMAS LEGALES Viernes 21 de mayo de 2021 / El Peruano Que dentro de dicho marco normativo, mediante Oficio Nº 582-2020-MML-GDU-SPHU recibido con fecha 14 de diciembre de 2020, la Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas de la Municipalidad Metropolitana de Lima, remite copia del expediente de Cambio de Zonificación de Industria Elemental y Complementaria (I1) a Comercio Zonal (CZ) presentada ante la Municipalidad Metropolitana de Lima por la empresa MEDROCK CORPORATION S.A.C. para un área de 6,337.91m2 ubicado en la Av. Bolívar Nº 795 y Jr. Moreyra y Riglos Nº 691-695, Pueblo Libre, Exp. Nº 137042-2020, para que se aplique la consulta vecinal y se emita la opinión técnica correspondiente, en virtud a lo establecido en la Ordenanza Nº 2086-MML; Que la Gerencia de Desarrollo Urbano y del Ambiente mediante Informes Nº 057-2021-MPL-GDUA de fecha 24 de marzo de 2021 (f. 9), Nº 071-2021-MPL-GDUA de fecha 13 de abril de 2021 (f.286) y Nº 083-2021-MPL-GDUA remitido con fecha 29 de abril de 2021 (f.297), informa a la Gerencia Municipal respecto de las acciones realizadas con relación al requerimiento remitido por la Municipalidad Metropolitana de Lima y su evaluación técnica sobre el cambio de zoni fi cación, informando que: i) Se cumplió con las publicaciones solicitadas, no habiendo ninguna observación; ii) Se realizó la consulta vecinal, con resultado DESFAVORABLE: 54.54% (54.54% 24 vecinos en contra; 36.36% 16 vecinos a favor; 9.1 % 04 predios vacíos); y, iii) Se efectuó una evaluación técnica de la petición, concluyendo que “…TECNICAMENTE sería PROCEDENTE EL CAMBIO DE ZONIFICACION SOLICITADO” Que, la Gerencia de Asesoría Jurídica mediante Informe Nº 150-2021-MPL-GAJ de fecha 03 de mayo de 2021 opina que resulta procedente someter a la aprobación del Concejo Municipal la opinión técnica emitida por la Gerencia de Desarrollo Urbano y del Ambiente, el que luego deberá ser puesto en conocimiento de la Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas de la Municipalidad Metropolitana de Lima, adjuntando la documentación pertinente; Que, mediante Dictamen Nº 003-2021-MPL/CDUA de fecha 06 de mayo del 2021 la Comisión de Desarrollo Urbano y Ambiental recomienda al Concejo Municipal, aprobar la opinión técnica emitida por la Gerencia de Desarrollo Urbano y del Ambiente; En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 41 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el concejo municipal; ACORDO:Artículo Primero.- APROBAR la opinión técnica emitida por la Gerencia de Desarrollo Urbano y del Ambiente que concluye que TECNICAMENTE sería PROCEDENTE EL CAMBIO DE ZONIFICACION de Industria Elemental y Complementaria (I1) a Comercio Zonal (CZ) y, que de acuerdo a la consulta vecinal, tiene como resultado DESFAVORABLE: 54.54 %, presentada ante la Municipalidad Metropolitana de Lima por la empresa MEDROCK CORPORATION S.A.C. para un área de 6,337.91m2 ubicado en la Av. Bolívar Nº 795 y Jr. Moreyra y Riglos Nº 691-695, Pueblo Libre, Exp. Nº 137042-2020. Artículo Segundo.- ENCÁRGASE a la Gerencia de Desarrollo Urbano y del Ambiente, remita a la Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas de la Municipalidad Metropolitana de Lima, el presente Acuerdo de Concejo adjuntando la documentación que sea pertinente, para la prosecución del trámite correspondiente. Artículo Tercero.- ENCÁRGASE a la Secretaria General la publicación del presente Acuerdo de Concejo en el diario o fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y cúmplase.STEPHEN YURI HAAS DEL CARPIO Alcalde 1955072-1MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE LURIGANCHO Delegan al Gerente Municipal diversas facultades administrativas RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 341-2021-A/MDSJL San Juan de Lurigancho, 12 de mayo del 2021EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN JUAN DE LURIGANCHO VISTO: La Resolución de Alcaldía Nº 339-2021-A/MDSJL de fecha 11 de mayo del 2021, a través de la cual se designó al señor LUIS ARMANDO MARILL DEL AGUILA, en el cargo de con fi anza de Gerente Municipal de la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho; y, CONSIDERANDO: Que, numeral 20) del artículo 20º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, señala la atribución del Alcalde, la facultad de delegar sus atribuciones políticas en un regidor hábil y las administrativas en el Gerente Municipal; Que, estando a la facultad mencionada en el párrafo anterior, en virtud a las recargadas labores administrativas del despacho de Alcaldía y con el fin de garantizar los principios administrativos de celeridad y simplicidad para brindar agilidad al aparato administrativo, a través de la Resolución de Alcaldía Nº 136-2021-A/MDSJL, de fecha 23 de febrero del 2021, se delegaron facultades administrativas al Gerente Municipal de la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho, por lo que habiéndose designado un nuevo funcionario en dicho cargo, corresponde emitir el acto administrativo que materialice la delegación de facultades al mismo; Que, de acuerdo al Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho, aprobado por Ordenanza Nº 345 publicado en el Diario O fi cial “El Peruano”, el 20 de abril 2017, la Gerencia Municipal es el órgano de dirección de más alto nivel administrativo de la municipalidad distrital, tiene entre otras conducir las actividades administrativas, económicas y fi nancieras de la gestión municipal; asimismo conducir el cumplimiento de las políticas, planes de desarrollo y presupuesto institucional, depende funcional y jerárquicamente del Alcalde; Estando a las facultades conferidas par la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, concordante con el Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, que aprueba el TUO de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento vigente, contando con el visto bueno de la Gerencia de Asesoría Jurídica y Secretaria General; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DELEGAR al Gerente Municipal de la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho, señor LUIS ARMANDO MARILL DEL AGUILA las siguientes facultades administrativas: 1. Aprobar el Plan Anual de Contrataciones de la municipalidad y sus modi fi caciones, así como efectuar la evaluación semestral del mismo. 2. Aprobar Expedientes Técnicos para la ejecución de Proyectos de Inversión Pública, ampliaciones de plazo, modi fi caciones del analítico de partidas y otros relacionados a ejecución de Obras.