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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE MAYO DEL AÑO 2021 (23/05/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 11

11 NORMAS LEGALES Domingo 23 de mayo de 2021 El Peruano / ORGANISMOS AUTONOMOS OFICINA NACIONAL DE PROCESOS ELECTORALES Aprueban los “Lineamientos para las Actividades Electorales en el Extranjero - Segunda Elección Presidencial 2021” RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 000122-2021-JN/ONPE Lima, 21 de mayo del 2021VISTOS: El Informe N° 000119-2021-GPP/ONPE de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto; el Informe N° 000072-2021-GG/ONPE de la Gerencia General; así como el Informe N° 000263-2021-GAJ/ONPE de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:En virtud de lo dispuesto en el artículo 2 del Decreto Supremo N° 122-2020-PCM, y al no haber obtenido ninguno de los candidatos a la Presidencia y Vicepresidencias de la República más de la mitad de los votos válidos emitidos en primera vuelta, el día 6 de junio de 2021 se llevará a cabo la Segunda Elección Presidencial entre los candidatos que obtuvieron las más altas mayorías relativas; El artículo 1 de la Ley N° 26487, Ley Orgánica de la Ofi cina Nacional de Procesos Electorales (LOONPE), señala que “La O fi cina Nacional de Procesos Electorales es la autoridad máxima en la organización y ejecución de los procesos electorales, de referéndum u otras consultas populares […]”. En concordancia con ello, el literal c) del artículo 5 de la LOONPE precisa la función institucional de plani fi cación, preparación y ejecución de todas las acciones necesarias para el desarrollo de los procesos a su cargo en cumplimiento estricto de la normatividad vigente; En el caso de electores peruanos residentes en el extranjero, cuyo derecho al sufragio se encuentra consagrado en el artículo 187 de la Constitución Política del Perú y en el artículo 224 de la Ley N° 26859, Ley Orgánica de Elecciones (LOE), el Título X de la LOE establece un tratamiento especial y diferenciado para facilitar el ejercicio del derecho en cuestión. Por consiguiente, resulta necesaria la emisión de lineamientos especí fi cos para dicho fi n; Es así que, de acuerdo con la función de “Coordinar, con el Ministerio de Relaciones Exteriores, la plani fi cación y organización de los procesos electorales en el extranjero”, prevista en el literal k) del artículo 39 del Reglamento de Organización y Funciones de la ONPE, aprobado por Resolución Jefatural N° 063-2014-J/ONPE y sus modi fi catorias, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto emitió el Informe N° 000119-2021-GPP/ONPE; A través de este documento, se propone a la Gerencia General los “Lineamientos para las Actividades Electorales en el Extranjero – Segunda Elección Presidencial 2021”, cuyo objeto es normar la organización y ejecución de actividades electorales en el extranjero a cargo del Ministerio de Relaciones Exteriores y de los Órganos de Servicio Exterior. Por su parte, a través del informe de vistos, la Gerencia General recomienda la aprobación de los referidos lineamientos; Siendo así, corresponde emitir la resolución jefatural que apruebe la propuesta de los “Lineamientos para las Actividades Electorales en el Extranjero – Segunda Elección Presidencial 2021”; De conformidad con lo dispuesto en los literales c) y g) del artículo 5 de la Ley N° 26487, Ley Orgánica de la O fi cina Nacional de Procesos Electorales; así como en los literales s) y t) del artículo 11 de su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Resolución Jefatural N° 063-2014-J/ONPE, y sus modi fi catorias; Con el visado de la Secretaría General, la Gerencia General, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto y de la Gerencia de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE:Artículo Primero.- APROBAR los “Lineamientos para las Actividades Electorales en el Extranjero – Segunda Elección Presidencial 2021”; cuyo texto, en anexo, forma parte integrante de la presente resolución. Artículo Segundo.- Poner en conocimiento del Ministerio de Relaciones Exteriores, del Jurado Nacional de Elecciones y del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil el contenido de la presente Resolución. Artículo Tercero.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano y en el portal institucional www.onpe.gob.pe, dentro de los tres (3) días de su emisión. Regístrese, comuníquese y publíquese. PIERO ALESSANDRO CORVETTO SALINAS Jefe Lineamientos para las Actividades Electorales en el Extranjero - Segunda Elección Presidencial 2021 Mayo, 2021 Contenido Presentación1. Objetivo 2. Base Normativa3. De fi niciones y Abreviaturas 3.1. De fi niciones 3.2. Abreviaturas 4. Disposiciones Generales 5. Miembros de Mesa 5.1. Designación de los miembros de mesa 5.2. Atención de excusas y justi fi caciones 5.3. Compensación económica 6. Personeros de Mesa de Sufragio6.1. De fi nición 6.2. Acreditación 7. Capacitación Electoral7.1. Capacitación de funcionarios consulares 7.2. Capacitación a miembros de Mesa7.3. Capacitación a electores 8. Veri fi cación de Locales de Votación 9. Despliegue del Material Electoral10. Jornada Electoral 10.1. Acondicionamiento del local de votación 10.2. Organización del personal para la atención de mesas 10.3. Procedimiento para la fusión de mesas de sufragio 10.4. Instalación de mesas de sufragio10.5. Sufragio10.6. Escrutinio de votos10.7. Acopio de actas y material electoral10.8. Traslado del material electoral desde el local de votación hasta la o fi cina consular 11. Repliegue del Material Electoral desde las O fi cinas Consulares