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40 NORMAS LEGALES Jueves 11 de noviembre de 2021 El Peruano / GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE ANCON Prorrogan plazo de vigencia de la Ordenanza Nº 455-2021-MDA, que establece Beneficios Extraordinarios sobre las Tasas de Arbitrios Municipales y Regularización de Inscripción de Predios DECRETO DE ALCALDÍA Nº 006-2021-MDA Ancón, 27 de octubre de 2021VISTO:El Informe Nº 330-2021-GATyR-MDA, de la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Ordenanza Nº 455-2021-MDA de fecha 25 de mayo de 2021, se establece Bene fi cios Extraordinarios sobre las Tasas de Arbitrios Municipales y Regularización de Inscripción de Predios; Que, mediante Informe Nº 330-2021-GATyR- MDA, de fecha 27 de octubre de 2021, la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas solicita la Prorroga de la Ordenanza Municipal Nº 455-2021-MDA, hasta el 31 de Diciembre del presente año a fi n de mantener los bene fi cios a favor de los contribuyentes del distrito; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por los artículos 20º inciso 6º, 42 º de la ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; SE DECRETA:Artículo Primero.- PRORROGAR el Plazo de Vigencia de la Ordenanza Nº º 455-2021-MDA de fecha 25 de mayo de 2021, hasta el 31 de Diciembre de 2021. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas y demás áreas competentes, el cumplimiento del presente Decreto. Regístrese, comuníquese y cúmplase.PEDRO JOHN BARRERA BERNUI Alcalde 2009305-1 Conforman el Comité de Promoción de la Inversión Privada - CPIP de la Municipalidad Distrital de Ancón y designan integrantes RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 165-2021/MDA Ancón, 20 de octubre de 2021VISTO:Memorándum Nº 578-2021-GM/MDA, de la Gerencia Municipal, Informe Legal Nº 499 –2021- GAJ/MDA de la Gerencia de Asesoría Jurídica, Informe Nº0104-2021-GPPPI/MDA de la Gerencia de Presupuesto, Planeamiento y Programación de Inversiones; y, CONSIDERANDO:Que, conforme lo establecido en el artículo 194º de la Constitución Política del Estado, modi fi cada por la Ley de Reforma Nº 28607, en concordancia con el artículo II del Título preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, se establece que, los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el Artículo 6º de la Ley Nº 27972- Ley Orgánica de Municipalidades establece: “La Alcaldía es un órgano ejecutivo del gobierno local. El Alcalde es el representante legal de la municipalidad y su máxima autoridad administrativa”. Asimismo, el artículo 39º de la referida ley Orgánica establece: (…) El Alcalde ejerce las funciones ejecutivas de gobierno señaladas en la presente ley mediante decretos de alcaldía. Por resoluciones de alcaldía resuelve los asuntos administrativos a su cargo (…)”, Así también, el artículo 43º señala:” Las resoluciones de alcaldía aprueban y resuelven asuntos de carácter administrativo”; Que, mediante el Decreto Legislativo Nº 1362, se regular el marco institucional y los procesos para el desarrollo de proyectos de inversión bajo las modalidades de Asociación Público Privada y de Proyectos en Activos y se declara de interés nacional la promoción de la inversión privada mediante Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos, para contribuir al crecimiento de la economía nacional, al cierre de brechas en infraestructura o en servicios públicos, a la generación de empleo productivo y a la competitividad del país; Que, asimismo, el artículo 6º del Decreto Legislativo Nº 1362, señala que “El Ministerio, Gobierno Regional, Gobierno Local u otra entidad pública habilitada mediante ley expresa, asume la titularidad del proyecto a desarrollarse mediante las modalidades reguladas en el presente Decreto Legislativo(…), del mismo modo el artículo 7º , numeral 7.3 de la misma norma incoada señala “ La designación de los miembros del Comité de Promoción de la Inversión Privada se efectúa mediante Resolución Ministerial, Resolución del Gobernador Regional, Resolución de Alcaldía, o resolución del titular, según se trate de Ministerios, Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales u otra entidad pública habilitada por ley, respectivamente. Dichas resoluciones se publican en el diario o fi cial El Peruano y se comunican al Registro Nacional de Contratos de Asociaciones Público Privadas”; Que, por su parte, el artículo 17 numeral 17.2 del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1362, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 240-2018-EF, establece que “ En el caso de un Gobierno Regional, un Gobierno Local o de otras entidades públicas habilitadas mediante ley expresa que pertenezcan a algún Gobierno Regional o Gobierno Local, las funciones del CPIP( Comité de Promoción de la Inversión Privada) son ejercidas por el órgano designado para tales efectos, que cuenta con las facultades, obligaciones y responsabilidades establecidas en la normativa vigente”; Que, mediante Informe Nº0104-2021-GPPPI/MDA de fecha 15 de octubre de 2021, la Gerencia de Presupuesto, Planeamiento y Programación de Inversiones concluye y recomienda que es necesario impulsar una plataforma en el marco jurídico existente que promueva la inversión privada en el Distrito de Ancón y en consecuencia la emisión del acto que la pueda constituir; Que, mediante Informe Legal Nº 499 –2021- GAJ/MDA de fecha 19 de octubre de 2021, la Gerencia de Asesoría Jurídica, concluye que es viable conformar el Comité de Promoción de la Inversión Privada de la Municipalidad Distrital de Ancón, mediante Resolución de Alcaldía; Estando a lo expuesto, conforme a lo dispuesto en el numeral 6) del artículo 20º y el artículo 43º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972 y modi fi catorias; RESUELVE:Artículo Primero.- CONFORMAR el Comité de Promoción de la Inversión Privada – CPIP de la Municipalidad Distrital de Ancón, en el marco de lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1362, Decreto Legislativo que regula la Promoción de la Inversión Privada mediante Asociaciones Público Privadas y Proyectos en